Patricia Balbuena hizo su mejor esfuerzo para poner en bandeja la reserva en manos de Pluspetrol |
- Se ha convertido en "ventanilla" del Ministerio de Energía y Minas, sostiene analista.
Cuando el 13 de abril publicamos una nota titulada: Interculturalidad admite que autorizó ampliación del lote 88 sin información suficiente recibimos algunos comentarios críticos por nuestra supuesta falta de ponderación. Incluso la propia viceministra se atrevió a enviarnos una carta pidiéndonos ser "responsables" en nuestra labor informativa.
Hoy no solo reafirmamos nuestra apreciación crítica sino que la sustentamos con un artículo del abogado Juan Carlos Ruiz Molleda que sostiene cómo el Viceministerio de Interculturalidad (VMI) ha perdido el rumbo en la protección de los pueblos en aislamiento voluntario y en contacto inicial.
Servindi, 7 de mayo, 2013.- Mediante el análisis de un documento del propio Viceministerio de Interculturalidad queda en evidencia que este autorizó la ampliación de la exploración del lote 88 "sin antes tener un diagnóstico actualizado por parte del Ministerio de Salud".
Así lo sostiene el abogado Juan Carlos Ruiz Molleda, del Instituto de Defensa Legal (IDL) luego de analizar con detalle el informe 003-2014-LPC/DGPI/VMI/MC, de dicha entidad, que responde un pedido de información del Ministerio de Justicia.
El documento que habla por sí solo revela en qué condiciones se han tomado decisiones sin información completa y "a pesar de estar en peligro, la vida, la salud y en definitiva, la propia supervivencia de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario" apunta Ruiz Molleda.
El autor explica cómo el VMI "ha asumido como propia la tesis del Ministerio de Energía y Minas, según la cual solo se consultan los actos administrativos luego de la entrada en vigencia de la Ley de consulta en el año 2011, y no desde el año 1995 como lo exigen la jurisprudencia vinculante del Tribunal Constitucional".
Con tal actitud "es evidente que el Viceministerio de Interculturaludad se ha convertido en los hechos en una 'ventanilla' del Ministerio de Energía y Minas" concluye el abogado.
Todo esto es sumamente preocupante si consideramos que el citado viceministerio tiene la función de promover y garantizar "el respeto a los derechos de los pueblos del país, en conformidad con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas."
A continuación el artículo completo de Juan Carlos Ruiz Molleda:
Viceministerio de Interculturalidad reconoce “tácitamente” que autorizó la ampliación de la exploración del lote 88 sin información suficiente del MINSA sobre los PIAVCI
Por Juan Carlos Ruiz Molleda
¿Puede un médico diagnosticar una enfermedad y prescribir medicinas sin antes haber hecho un examen previo del paciente? El sentido común dice que no. ¿Puede el Estado peruano dar luz verde a la ampliación de la exploración del lote 88, en una reserva territorial Kugapakori Nahua creada para proteger a los pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial (PIAVCI) que allí viven, sin antes tener una diagnóstico objetivo y actualizado sobre los posibles impactos en la salud y en la vida de estos, a pesar que dicha exploración constituye una amenaza cierta e inminente para la supervivencia física y cultural de los PIAVCI que viven en dicha reserva?
¿La extrema vulnerabilidad y elevado riesgo de desaparición a que están expuestos los PIAVCI, dado que estos pueblos carecen de inmunidad ante enfermedades comunes y son enteramente dependientes del medio ambiente en que desarrollan sus vidas y culturas, no exigía a Estado un diagnóstico actualizado por el Ministerio de Salud antes de pronunciarse sobre la viabilidad de esta ampliación de la exploración?
Hemos accedido a un documento del propio VMI, donde queda en evidencia que este autorizó la ampliación de la exploración del lote 88 sin antes tener un diagnóstico actualizado por parte del Ministerio de Salud. Este documento revela una vez más, la forma cómo se toman decisiones en este importante sector, que en teoría debería diseñar políticas públicas de protección a los PIAVCI, a pesar de estar en peligro, la vida, la salud y en definitiva, la propia supervivencia de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario. Se trata del informe 003-2014-LPC/DGPI/VMI/MC, que contienen la respuesta que el VMI envía al pedido de información formulado por el Ministerio de Justicia. (Ver: http://es.scribd.com/doc/217401876/Informe-003-2014-VMI).
No se trata de hechos aislados o de la negligencia ocasional de un funcionario. Todo lo contrario, parece que este es el estilo del trabajo de este sector. Si usted lo duda escuche lo siguiente: el VMI utilizó -entre otros- como argumento para autorizar la ampliación de la exploración del lote 88 en la Reserva Territorial Kugapakori Nahua Nanti, el hecho que existían “dudas razonables” de la existencia de pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial (PIAVCI) dentro del lote 88 (1).
En las facultades de derecho se enseña el principio constitucional “pro homine” o “pro libertatis”, según el cual, en caso de duda hay que optar por aquella interpretación que optimice la protección de los derechos humanos. Parece que el VMI, intenta reformular dicho principio. Todo alumno de derecho sabe que el Estado no solo no debe violar los derechos fundamentales, sino abstenerse de cualquier situación que los ponga en peligro o amenaza. No se trata de un derecho más, estamos hablando de los derechos a la vida y a la salud de ciudadanos peruanos.
1.- VMI reconoce que autorizó la ampliación de la exploración a pesar de no contar con un informe actualizado del Ministerio de Salud sobre la salud de los PIAVCI. (pág. 4)
A pesar que el anterior informe del Ministerio de Salud es del año 2003, es decir de hace 11 años y que al momento de autorizar la ampliación de las actividades de exploración no se contaba con un informe actualizado del MINSA órgano competente para emitir su opinión dada la extremada vulnerabilidad inmunológica, el VMI autorizó la realización de actividades de exploración del lote 88. El propio VMI reconoce que el “Análisis de la situación de Salud de los Pueblos Indígenas (ASIS) Nanti 2014”, aun no está terminado.
2.- El Ministerio de Salud ha reconocido en el año 2003 que los PIAVCI tienen vulnerabilidad ante enfermedades infecciosas y virales para las cuales no tienen defensas inmunológicas.
No se nos puede acusar de alarmistas, es simple sentido común. Según el informe de la Oficina General de Epidemiología del Ministerio de Salud del año 2003
“Pueblos en situación de extrema vulnerabilidad: El caso de Nanti de la reserva territorial Kugapakori Nahua Rio Camisea, Cusco” (2), “Los pueblos en situación de aislamiento y contacto inicial son desde el punto de vista de la salud poblaciones en situación de alto riesgo. Los principales riesgos a este nivel derivan de su reducida escala demográfica y su vulnerabilidad ante enfermedades infecciosas y virales para las cuales no tienen defensas inmunológicas. En el caso de pequeñas poblaciones, el impacto de las epidemias en la vida y demografía resulta dramático” (pág. 36).
Añade el informe que
“Hoy como ayer, la virulencia de una epidemia puede llegar a determinar si un pueblo sobrevive o se extingue”. Agrega el informe del MINSA que: “En base a la experiencia histórica, diversos autores ubican el umbral de sobrevivencia de un pueblo entre 600 y 200 individuos (Wagley, 1974; Ribero y Wise, 1978; 28-40; Zarzar, 200, 13). Según esto, las sociedades que han llegado a tener una población menor de 600 (o 200) individuos correrían un altísimo riesgo de no poder garantizar su reproducción como grupo social”. (pág. 36). Asimismo, según el informe han ocurrido contactos en el Timpía con participación de TGP” (pág. 50).
En relación con las causas de esa vulnerabilidad, señala el Ministerio de Salud que estas son exógenas:
“Diversos estudios han buscado determinar las causas de la vulnerabilidad de las poblaciones en aislamiento ante el contagio de ciertas enfermedades. Dicha vulnerabilidad está ligada en primer lugar al origen exógeno o carácter no endémico de algunos agentes infecciosos. En el caso de la Amazonía, algunos estudios han contribuido a identificar las enfermedades que posiblemente tengan un origen exógeno. Entre ellas figuran de manera prominente el sarampión, la viruela, influenza A y B, parainfluenza 2 y 3 y el rotavirus”. (pág. 36)
Y en relación a la posibilidad de desarrollar defensas inmunológicas, el MINSA precisa que
“diversos autores coinciden en señalar que cualquier sea la causa de la susceptibilidad ante determinadas enfermedades, poblaciones indígenas que en el pasado han sido vulnerables a enfermedades virales exógenas requerirían de 3 a 5 generaciones (90 a 150 años) para estabilizar su respuesta ante determinado agente infeccioso. Eso explicaría el tremendo potencial mortífero de epidemias reiteradas en tiempos históricos”. (pág. 37)
3.- En el mismo mes en que VMI dio luz verde a la ampliación de la exploración, se autorizó la “actualización” del informe de salud. (pág. 5).
El 27 de noviembre el equipo de consultores contratados por el VMI emite la Resolución Viceministerial 005-2013.VMI-MC, informe dando luz verde para la realización de actividades de ampliación de la exploración del lote 88 y ese mismo mes, el VMI autorizaba el ingreso a la Cuenca del Ministerio de Salud y a la Dirección Regional de Salud de Cusco “para realizar la actualización del Análisis de Situación de Salud (ASIS) del pueblos indígena Nanti y verificar el cumplimiento de las normas y guías de salud”.
4.- El propio Relator ha reconocido que el VMI ha decidido con información incompleta y desactualizada.
Lo que está reconociendo tácitamente el VMI en su carta al MINJUS no es novedad. El propio Relator Especial de Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas (el relator) (3) ha reconocido la carencia de información de VMI sobre los PIAVCI
- Relator reconoció la necesidad de una “evaluación exhaustiva” en los PIAVCI sobre los impactos de la ampliación de la exploración del lote 88.
Al respecto precisa lo siguiente:
“Para hacer efectiva esta disposición y salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas dentro de la reserva en el contexto específico de la ampliación del proyecto Camisea, es necesario una evaluación exhaustiva de las diferentes características de la ampliación planificada y sobre los impactos que éstas tendrán o podrían tener sobre el medio ambiente del cual dependen las diferentes agrupaciones indígenas en el área y sobre sus condiciones de salud. La elaboración del EIA por la empresa y su revisión por el Gobierno a través de sus instituciones competentes es un intento de cumplir con este objetivo”. (Párrafo 7). (Subrayado nuestro)
- El Relator “advierte” que la información que tiene el Gobierno sobre los PIAVCI, que viven en el lote 88, está desactualizada e incompleta.
Precisa el Relator lo siguiente: “si bien existe información relativamente amplia sobre asentamientos indígenas dentro de la reserva con contactos sostenidos o esporádicos, la información disponible sobre los pueblos indígenas en aislamiento está desactualizada e incompleta”. (Párrafo 17)
- El Relator reconoce que “no existe actualmente un estudio riguroso” y concluyente que descarte la presencia de pueblos en aislamiento en el lote 88.
Precisa el relator que “es evidente que no existe actualmente un estudio riguroso que hiciera posible descartar de manera conclusiva la posibilidad de la presencia de población aislada en partes del Lote 88 afuera del área identificada en el noroeste del lote”. (Párrafo 20)
5.- ¿Cuál es la obligación del Estado en materia de protección de los derechos de los pueblos indígenas?
Hay que recordarles a los funcionarios del VMI en especial, a los abogados, que el artículo 1 de la Constitución ha establecido que la defensa la dignidad humana es el fin supremo del Estado y de la sociedad, y que el artículo 44 ha precisado que la razón de ser del Estado, la razón de ser del Estado es la protección de los derechos fundamentales. Como diría la Corte IDH, el Estado tiene la obligación de
“garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos reconocidos en la Convención a toda persona sujeta a su jurisdicción. Esta obligación implica el deber de los Estados Partes de organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos" (4). Esto significa que los Estados, “deben prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos reconocidos por la Convención y procurar, además, el restablecimiento, si es posible, del derecho conculcado y, en su caso, la reparación de los daños producidos por la violación de los derechos humanos." (5)
Es evidente que el Viceministerio de Interculturalidad perdió rumbo. Si a este dato agregamos el hecho que el VMI ha asumido como propia la tesis del Ministerio de Energía y Minas, según el cual solo se consultan los actos administrativos luego de la entrada en vigencia de la Ley de consulta en el año 2011, y no desde el año 1995 como lo exigen la jurisprudencia vinculante del TC, es evidente que el VMI se ha convertido en los hechos en una “ventanilla” del Ministerio de Energía y Minas.
Notas:(1) Ver la Resolución Viceministerial 005-2013-VMI-MC, pagina 30, la misma que da luz verde a la ampliación de las actividades de exploración del lote 88. Disponible en: http://www.cultura.gob.pe/sites/default/files/noticia/tablaarchivos/rvnro009-2013-vmi-mc.pdf.
(2) Oficina General de Epidemiología del Ministerio de Salud, “Pueblos en situación de extrema vulnerabilidad: El caso de Nanti de la reserva territorial Kugapakori Nahua Rio Camisea, Cusco”, PERU/MINSA/OGE – 04/009 & Serie Análisis de Situación de Salud y Tendencias, diciembre 2003. Puede ser revisado en: http://www.dge.gob.pe/publicaciones/pub_asis/asis12.pdf.
(3) Ver las observaciones sobre la propuesta ampliación del proyecto de gas natural Camisea en Perú del Relator Especial sobre Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas. Disponible en: http://unsr.jamesanaya.org/esp/notes/relator-especial-emite-observaciones-sobre-la-propuesta-ampliacion-del-proyecto-de-gas-natural-camisea-en-peru
(4) Sentencias de la Corte IDH Caso Velásquez Rodríguez 166.
(5) Ibidem.
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Información relacionada publicada en Servindi:
Servindi, 13 de abril, 2014.- El informe 003-2014 del Viceministerio de Interculturalidad reconoce que ha autorizado ampliar la actividad de exploración del Lote 88 sin poseer información suficiente y actual sobre las poblaciones vulnerables que serán afectadas por dicha actividad.
Servindi, 21 de abril, 2014.- El abogado Juan Carlos Ruiz Molleda examina en un reciente artículo las tres opciones en debate referidas a la protección de los pueblos vulnerables que habitan en una reserva para pueblos en aislamiento a la cual se superpone el Lote 88, donde el gobierno autorizó ampliar actividades de exploración. Seguir leyendo…
Mapa de la reserva territorial y en círculo rojo el área donde se proyectaría el nuevo lote Fitzcarrald, peligrosamente colindante con Parque Nacional del Manu y el Santuario Megantoni. Elaboración: IBC |
- Estado, empresa Pluspetrol y misión dominica de Kirigueti con la misma mira.
Servindi, 11 de abril, 2014.- Un informe elaborado por la asociación Perú Equidad sugiere la existencia de una acción sistemática y concertada por el Estado peruano y Pluspetrol con la colaboración de la misión dominica de Kirigueti y algunas organizaciones para concretar el plan de disolver la Reserva Territorial Kugapakori Nahua Nanti y Otros (RTKNN). Seguir leyendo…
James Anaya inspeccionado los desastres ambientales provocados por la actividad petrolera en el lote 1AB. Foto: Bajo la Lupa |
- “… no se debería avanzar con ninguna actividad dentro del plan de ampliación que pudiera afectar los derechos de una comunidad o grupo a ser consultado, sin haberse concluido el proceso de consulta…”
Servindi, 26 de marzo de 2014.- La asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) consideró de vital importancia que el Estado peruano atienda las recomendaciones del Relator Especial de las Naciones Unidas James Anaya a fin de cumplir la normatividad que protege a los pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial (PIACI). Seguir leyendo…
- Emite observaciones sobre la propuesta que afectará a los pueblos indígenas que viven dentro y adyacentes al Lote 88, incluyendo pueblos indígenas en aislamiento voluntario y en contacto inicial.Servindi, 24 de marzo, 2014.- El Relator Especial de las Naciones Unidas James Anaya recomendó establecer una mesa de diálogo en la que se presente, analice y discuta la ampliación del proyecto Camisea y las preocupaciones de las organizaciones indígenas y la sociedad civil sobre los impactos de dicho proyecto en las poblaciones vulnerables. Seguir leyendo…
Comentarios
"se atrevió"? Creo que todos tienen derecho a expresar su postura, un poco desubicado ese comentario... lo correcto sería publicar la carta, no creen?
Miguel, definitivamente es una buena noticia, pero ........................
te has preguntado si se consultaran los actos administrativos relacionados con la actividad minera en territorio de pueblos indígenas, desde la entrada en vigencia del Convenio 169 de la OIT, esto es, desde el 2 de febrero del año 1995 como lo exige el Tribunal Constitucional en el fundamento 23 de su sentencia 00025-2009-PI y el derecho internacional, o "solo" los actos posteriores a la entrada en vigencia de la Ley de consulta en setiembre en el 2011, tal como lo ha sostenido el MINEM primero y luego el Viceministerio de Interculturalidad.
Esta pregunta no es ociosa, pues regiones como la de Puno o Apurímac tienen más de la mitad de su territorio con concesiones mineras, y teniendo en cuenta que más de la mitad del territorio de las comunidades campesinas tienen actividad minera "inconsulta".
Consulta previa en minería: “Sí o sí se realizará en las zonas andinas del Perú”
La viceministra de Interculturalidad, Patricia Balbuena, destaca que su sector esté generando confianza en el MEM. “No hay posibilidad de retroceder. Si demoras más, el costo será más alto”.
Es común que los otros sectores vean los procedimientos que implementa el viceministerio como un paso más de una lista de cosas por superar, cuando en realidad son un valor agregado.
¿Cuáles son los puntos de agenda más importantes para el viceministerio este año?
Una de las tareas más importantes es fortalecer la capacidad institucional. El viceministerio es pequeño pero con una gran complejidad de tareas, las cuales necesitan fortalecimiento del presupuesto y de recursos humanos.
Por ejemplo, nosotros debemos proteger a los pueblos en aislamiento, pero esto implica un monitoreo a cinco reservas nacionales de 2.8 millones de hectáreas, donde no hay carreteras ni una base aérea cercana. Necesitaríamos un aparato similar al del Sernanp para hacernos cargo.
No es fácil [ser el ente rector en temas de interculturalidad] cuandoel trabajo a nivel del Ejecutivo o de los gobiernos regionales está muy distanciado. Es común que los otros sectores vean los procedimientos que implementa el viceministerio como un paso más de una lista de cosas por superar, cuando en realidad son un valor agregado. Debemos lograr que los sectores tengan en claro eso.
¿Qué hitos específicos tienen para este año?
Hemos superado un hito importante en el tema de consulta previa:avanzar en procesos de consulta previa en materia de hidrocarburos. Que el Ministerio de Energía y Minas [MEM] y Perupetro confíen en su alianza con el Viceministerio de Interculturalidad favorece a que los procesos sean positivos.
Nos falta [una consulta previa en] minería y esperamos que sea pronto. Hemos estado trabajando con la Dirección de Minería [del MEM] para identificar sus principales temores y determinar parámetros comunes.
Estamos realizando el primer proceso de consulta previa en una zona andina [Huancavelica]. Está vinculado a temas ambientales, pero ya es un hito intermedio porque da el mensaje de que sí habrá consulta previa en zonas andinas, y lo que sigue es una consulta en minería.
Como le digo al MEM, lo único que se está logrando [con retrasar la consulta previa a proyectos mineros] es paralizar cosas que deberían estar en marcha. No hay posibilidad de retroceder. Podrás demorar más, pero el costo será más alto.
Si ellos [el MEM] plantean que eso tiene que tomarse su tiempo, está bien; nosotros no vamos a forzar ese proceso. Pero sí tenemos que advertirles que la consulta previa en minería y en zonas andinas se realizará sí o sí.
¿Ya tienen identificado cuál será el siguiente proceso de consulta previa?
Nosotros no hacemos el proceso de consulta, sino que brindamos asistencia técnica y soporte a las entidades promotoras, las encargadas de desarrollar el proceso de consulta.
Implementar la ley y el reglamento no ha sido suficientepara que estas entidades sientan la confianza para avanzar en los procesos de consulta. Ya había mucha desconfianza de todos los sectores, y la ley se dio por un compromiso asumido tras el conflicto en Bagua [en el 2009].
Pero no se desarrolló una capacidad estatal que se encargue de implementar la consulta. El reglamento otorgó noventa días al Estado para prepararse. Ese tiempo es muy corto, pues se requieren presupuesto, equipos especializados, trabajar con otras organizaciones con las cuales se hará la consulta. Es decir, todo un aparato interno que no se hace en noventa días.
¿Cuánto se ha avanzado en ese aspecto?
Perupetro ha avanzado. Los gobiernos regionales recién están tratando de armar equipos, algunos más que otros, como en Loreto. El Ministerio del Ambiente también tiene un equipo. Pero son tres o cuatro sectores.
¿En el MEM se ha avanzado para una consulta en minería?
Trabajamos con ellos para poner las reglas de juego más claras, porque eso es lo primero con lo que me topé trabajando con Perupetro: sus funcionarios me decían que necesitaban esa claridad. Además de capacidades, hay que dar seguridad a las entidades promotoras.
Por ello, desde el año pasado, el viceministerio trabaja con mucha fuerza emitiendo lineamientos y criterios mínimos. Hemos aprobado una sola metodología para identificar a pueblos indígenas, pues no se puede dejar que cada sector interprete el convenio 169 como se le ocurra; y estamos por aprobar la guía de validación del uso de esos instrumentos.
Creemos que los sectores se animarán más cuando sientan que tienen un piso seguro. La sola relación con las comunidades indígenas es altamente inestable. También hay presión y preocupación de los sectores económicos. Estos factores generan mucho ruido.
Nos gustaría acelerar un poco más, pero el viceministerio ha recibido tremendos encargos sin el presupuesto adecuado, y se asume que la labor de rectoría y coordinación es básicamente tener a cuatro personas que vayan a reuniones.
¿Cuáles son los riesgos que podrían entorpecer la generación de capacidades y confianza a los sectores?
Lo primero que creo que podría generar mayor inestabilidad es retrasar procesos de consulta, porque podrían pasar a otras instancias. [Las comunidades] podrían ganar [el derecho a realizar] consultas previas vía acciones judiciales en lugar de recorrer el proceso normal. Si no se consulta un proyecto minero cuando se tiene que consultar, pueden surgir acciones de amparo[ante el Tribunal Constitucional]. La gente no se quedará parada: puede tener paciencia, ¿pero [esperar] dos años? Tampoco tanto.
Lo segundo es revisar varios temas que la ley y el reglamento de consulta previa no han dejado claro: por ejemplo, cómo hacer procesos planificados de consulta previa. El Estado asume el costo de la consulta y debe considerarlo en su presupuesto anual. Sin embargo, aquí ninguna entidad planifica ni presupuesta sus procesos de consulta, y son muy caros.
¿Cuánto cuesta un proceso de consulta previa?
Aproximadamente S/.500,000 para un proyecto de hidrocarburos.
¿Cuáles son los siguientes procesos que se convocarán?
Hemos realizado un mapeo de todos los proyectos de hidrocarburos y mineros. Con Perupetro hemos conversado, y son 27 lotes petroleros, de los cuales 7 serán para este 1S14, pero con minería no lo tenemos aún claro.
Los petroleros tienen una diferencia: están muy acostumbrados a negociar con las comunidades porque negocian constantemente, y por ello es más sencillo [realizar la consulta]. Hace algunas semanas hubo una reunión con 13 empresas petroleras para presentarles las lecciones del primer proceso de consulta.
¿Qué aprendizaje queda de la primera consulta en una industria extractiva [lote 169]?
Un primer logro fue que el proceso se desarrolló sin ninguna tensión; con desconfianza sí, pero eso no generó un clima de tensión. En segundo lugar se logró separar la agenda social del objeto mismo del proceso de consulta. Hay dos actas al cierre del diálogo: los acuerdos que Perupetro tiene que cumplir y la agenda social, que tiene que ver con las necesidades directas de la población.
En tercer lugar, este proceso se desarrolló con cuatro pueblos al mismo tiempo, lo cual lo hizo aún más complejo, pues los cuatro hablan distintas lenguas y llegaron por necesidades distintas. Aun así nuestro marco metodológico permitió llevar a cabo el proceso.
El lote 192 iba a ser el primero a consultar, pero no se ha logrado justamente porque la agenda social y la propia consulta no se han separado: las comunidades exigen la remediación ambiental de antiguos pasivos ambientales antes de hacer la consulta.
En un primer momento, las federaciones amazónicas aceptaron la consulta, pero luego varios hechos cambiaron. Se declaró la zona en emergencia ambiental, pero sin presupuesto [para la remediación]. Dos años después, nadie [en las comunidades] siente que ha habido una respuesta efectiva. El ministro de Energía y Minas dijo que si en 15 meses no se realiza la consulta, se tendrá que parar el lote más importante del país.
Ésta es una preocupación de hace mucho tiempo. Se ha constituido una mesa de desarrollo para avanzar aceleradamente. Creo que las exigencias de la población son justas. El Estado debe poner plazos concretos a sus metas para dar tranquilidad a la gente. [Decir a la población] que un estudio demora cinco meses, otro demora ocho meses y que tendrán una escuela en dos años… Las comunidades esperan una respuesta concreta de que el problema se va a resolver.
Pero también las organizaciones deben entender que no es posible supeditar la [consulta] del lote [a la remediación ambiental]. Obviamente no resolverán los problemas [en el corto plazo] al 100%, pues la contaminación ambiental es muy alta.
¿Cuáles son los principales miedos de las empresas mineras?
Que se generen más tensiones de las que actualmente ya existen, porque el proceso de consulta implica dialogar con las comunidades y con las organizaciones, y éstas no siempre están satisfechas con lo que hay. Además, la capacidad del Estado para manejar adecuadamente la generación de espacios de tensión aún genera dudas.
El viceministerio de Interculturalidad pisa muchos callos. Los viceministros no duran mucho…
Yo ingresé al viceministerio por primera vez en el 2011, y en julio pasado regresé. Conozco el viceministerio desde adentro: me encargué de contratar al personal y conseguir el presupuestopara implementar la consulta previa. Entonces la gente está más alineada conmigo y tengo una visión más clara de lo que habría que hacer.
Semana Económica
y que argumentos menciona la Vice Ministra en su carta?
Publiquen la carta por favor para poder hacer un buen juicio del asunto.
He aquí el enlace a la carta: https://ia902506.us.archive.org/20/items/CartaServindi/CartaViceminister...
Gracias Juan Carlos!! pero me refería a la carta que hace alusión la nota en el primer párrafo. Saludos!
Estimadxs, deberían publicar la carta enviada por la viceministra. Qué se habrá creido esta señora!
Aquí esta la carta
http://es.scribd.com/doc/217401876/Informe-003-2014-VMI
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