Por Lourdes García U.
Servindi, 14 de febrero, 2019.- Ministerio de Cultura (MINCUL) niega a las comunidades campesinas de Arboleda de Puno el derecho a la Consulta Previa sobre concesiones mineras.
El Procurador Henmer Alva Neyra, del MINCUL, declaró infundada la demanda de amparo presentada por las comunidades campesinas de Arboleda de Puno.
Dicha demanda solicitaba se consulte las concesiones mineras en su territorio, luego de haber ocurrido el Aymarazo, donde las comunidades campesinas se dan cuenta que el 60% de su territorio cuenta con concesiones mineras.
Ello, a pesar de que el artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional para el Trabajo (OIT) ordena al Estado la consulta de todo acto administrativo susceptible de afectar directamente los derechos de pueblos indígenas.
Ante ello, Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), considera que la consulta previa de las concesiones mineras pueden servir como una herramienta para la defensa del derecho al territorio.
Identificó serios problemas al respecto; primero, las concesiones mineras no se informan a las comunidades, además se agrega la falta de un ordenamiento territorial que hace que se entreguen concesiones mineras clandestinas.
"En la legislación actual, no se notifica a las comunidades campesinas en forma real y en impreso las concesiones mineras que se entregan en sus territorios", refirió Ruiz Molleda.
"La notificación a través de un aviso en los diarios como ocurre actualmente, no asegura ni garantiza que las comunidades campesinas, conozcan de las concesiones ni que puedan interponer los recursos impugnatorios necesarios", agregó.
Trasgrediendo los derechos de los Pueblos Indígenas
Por otro lado, cabe destacar que no es la primera vez que el MINCUL hace cuestionar a todos sobre su proceder en contra de los pueblos indígenas.
Ya se han registrado tres casos puntuales, además de lo ocurrido con las comunidades campesinas de Arboleda en Puno. Está el caso de Gilmer Yuimachi Díaz del pueblo indígena Shipibo Konibo y el de la Central Única de Rondas Campesina (CUNARC).
La semana pasada se supo que Gilmer Yuimachi Díaz, fue excluído por el Programa Nacional de Becas del Ministerio de Educación (MINEDU) de rendir el examen nacional de preselección Beca 18, debido a que la Comunidad Nativa Intercultural Bena Jena, a la cual pertenece, no se encuentra en la base de datos del MINCUL.
Y ahora último, los ronderos de la CUNARC han sido excluídos, también, de participar en el proceso de Consulta Previa del Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre el Cambio Climático por el Ministerio del Ambiente (MINAM).
El sector argumenta que CUNARC no integra el Grupo de Trabajo de organizaciones indígenas (GTPI) nacionales conformado por el MINCUL.
Es increíble que por una medida de orden administrativo del MINCUL se pretenda justificar la vulneración de un derecho constitucional como el derecho a la Consulta Previa, puntualizó Ruiz Molleda.
Ruiz Molleda advierte sobre el panorama, diciendo que es inaudito que el MINCUL, encargado de proteger y defender los derechos de los pueblos indígenas, los esté vulnerando.
“En verdad es surrealista que el Ministerio de Cultura, siendo el órgano rector en materia de pueblos indígenas y consulta, en el fondo se comporte como mesa de partes del MINEM, eso es lo escandaloso”, finalizó el abogado.
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