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Según las normas ambientales vigentes toda persona es sujeto de derecho en temas ambientales,ahora NO, con la Ley de consulta todos aquellos que se hallan fuera del impacto directo de explotación minera, no tienen voz ni voto,vale decir, si se instala una Minera en una cabecera de cuenca, solo podrán ser"consultados" aquellos que son dueños del territorio circundante, el resto que se encuentra en todo el trayecto de los ríos serán simplemente ignorados.

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