Servindi, 8 de abril, 2012.- El presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), Pedro Martínez, saludó la publicación del reglamento de la Ley de Consulta Previa la cual permitirá reactivar diversos proyectos de inversión pública y privada, agregó.
Resaltó que el reglamento recoge puntos positivos como que la consulta no tiene carácter vinculante, pero sí se alcanzan acuerdos entre las partes y sí existe obligación de cumplirlos.
En declaraciones a una emisora señaló que muchos funcionarios detuvieron la firma de trámites a la espera de la publicación de este reglamento, y por ello, se creó un Comité de Viceministros para viabilizar las inversiones.
Destacó que el reglamento fija con claridad que siempre prevalece la política nacional sobre las regionales, con lo cual “los gobiernos regionales y locales solo pueden ir hasta donde manden sus competencias”.
“Además, no está permitida la interferencia de terceros ajenos a la población que debe ser consultada y la vocería está en manos de las poblaciones consultadas y no de los asesores”, remarcó en referencia al artículo 5 inciso i.
Martínez mencionó que para complementar este dispositivo, en los próximos 30 días, debe publicarse la relación de comunidades nativas que estarán sujetas a la consulta previa así como la guía metodológica para la aplicación de este mecanismo.
---
Con información de Radio Nacional
Comentarios
No es extrañar que las transnacionales y sus testaferros estén felices con la LEY DE CONSULTA, saben que los faborece en un 100% por 100% y consagrará y legitimará la usurpación y el saqueo de los recursos naturales que pertenecen a los pueblos originarios, sin duda dicha Ley es la llave maestra para pisotear y empobrecer más a los pueblos. Sino veamos, en términos prácticos y de resultados, si aquellos pueblos en cuyos territorios se explota yacimiento mineros, dichos pueblos dejaron ya la pobreza, todo lo contrario, como el caso de los pueblos de la Oroya, terminan más contaminados, envenenados con el plomo y sin futuro y con peor pobreza: sin agua salobre, sin aire salobre, sin tierras sanas.
Según las normas ambientales vigentes toda persona es sujeto de derecho en temas ambientales,ahora NO, con la Ley de consulta todos aquellos que se hallan fuera del impacto directo de explotación minera, no tienen voz ni voto,vale decir, si se instala una Minera en una cabecera de cuenca, solo podrán ser"consultados" aquellos que son dueños del territorio circundante, el resto que se encuentra en todo el trayecto de los ríos serán simplemente ignorados.
El tema es que la Ley sufrió la interferencia de terceros para su elaboración y aprobación, esos terceros fueron las transnacionales, la Sociedad nacional de Mineria Y petroleo orgnismo que actua como testaferro de las transnacionales y desde luego sus operadores políticos vale decir la bancada de las MIneras en el Congreso.
Es cierto que hay mucho interés económico de por medio, sin embargo la cultura dominante debe proyectar y promover el aprovechamiento de los recursos naturales para el desarrollo de la nación con inclusión social y corresponde a la sociedad organizada velar por el cumplimiento de las normas de consulta y evitar la afectación de los derechos colectivos de los indígenas y comunidades campesinas; el hecho que se haya dictado una norma no garantiza su cumplimiento y respeto a los pueblos nativos, sin embargo esta norma debidamente aplicada puede ayudar muchísimo a solucionar los conflictos sociales; su desconocimiento o mal entendimiento podría generar mas conflictos y en eso se debe tener mas cuidado. Ahora, parace también que este reglamento esta orientado a que los indígenas tengan la opción de hacer prevalecer su derecho a la identidad, como se sabe existe otra problemática al respecto, es decir cambian de normbres, se les otorga DNI, etc. y no hay un buen control al respecto.
Añadir nuevo comentario