Contaminación del río Lircay por la rotura de represa de minera Caudalosa, en Huancavelica, Perú
- En Perú el Ministerio del Ambiente rebajó las exigencias de calidad en el uso industrial de agua destinada a consumo humano, de riego o ganado. Esto por medio de un decreto que beneficia a diversas compañías extractivas. Mientras que en Europa el uso indebido de agua a nivel industrial puede llegar a reportar sanciones por hasta 1,000 millones de euros.
Por José Carlos Díaz Zanelli
Servindi, 30 de diciembre, 2015.- Una raya más al tigre en la política del ministro del Ambiente (Minam), Manuel Pulgar Vidal. Y es que un decreto supremo emitido por su sector modifica los estándares de calidad de agua favoreciendo principalmente a las compañías extractivas infractoras.
El Decreto Supremo N°015-2015 Minam, salió publicado en normas legales de El Peruano el pasado 19 de diciembre. En resumen, lo que hace este dispositivo es rebajar las exigencias para el uso de agua dentro del marco de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA). Puntualmente las compañías extractivas tendrán menos obligaciones para el tratamiento de agua destinada a consumo humano, riego y ganado.
Lo llamativo es que este decreto supremo sale publicado a pocos días de que se cumpla el límite para sancionar a diversas compañías mineras que excedieron el límite de contaminación permitida en el agua o no tenían listos sus instrumentos de gestión ambiental según los anteriores estándares.
Una publicación del portal Convoca.pe revela que de hecho, son 47 las empresas beneficiadas, de las cuales 18 registraban sanciones ambientales impuestas por la OEFA entre los años 2010 y 2014. Una de las compañías favorecidas es la polémica Buenaventura.
El caso Español
Ante la poca exigencia ambiental en el uso industrial del agua, vendría al caso revisar algunos casos extranjeros. Uno de ellos es España, país adscrito a los límites de contaminación impuestos la Unión Europea. En este país existe una Orden sobre el uso de sustancias en el tratamiento de agua que establece parámetros para evitar la contaminación de este recurso.
Por ejemplo, para iniciar el tratamiento de agua para consumo humano, toda empresa debe obtener primero un Certificado de Buenas Prácticas otorgado por la Unión Europea. Asimismo debe solicitar un permiso antes de hacer uso de algún tipo de sustancia en el agua.
En caso de que no se cumpla con estos requisitos, la Ley de Aguas de España estipula una escala de sanciones económicas sumamente elevadas. Dichos montos fueron incrementados en la última modificación a esta norma que data del 2013.
Infracciones | Multas en euros (€) |
Leves | 10 millones |
Menos graves | 10 millones a 50 millones |
Graves | 50 millones a 500 millones |
Muy graves | 500 millones a 1 000 millones |
Con montos de este tamaño, el efecto disuasivo es alto en Europa. A esto se debe sumar que en todo el continente está prohibido el vertido de residuos en aguas oceánicas. Es decir, que cualquier tipo de infracción de esta envergadura significaría un juicio penal impuesto por la propia Unión Europea.
Datos:
- Una iniciativa ciudadana introducida en la Unión Europea persigue establecer el derecho universal del agua en todo el continente. En la actualidad el pedido, denominado Tratado de Lisboa, sigue en trámite y ha recolectado ya millones de firmas en todo Europa.
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Compartimos un reporte sobre la iniciativa ciudadana a nivel europeo para generar el derecho universal al agua, su no privatización. Ha sido denominado, Tratado de Lisboa, y ya se ha introducido en la agenda de la Unión Europea.
https://www.youtube.com/watch?v=CFyiDEuxU24
Afiche elaborado por la Unesco sobre la distribución del uso de agua en Europa:
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