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PJ declara nulo atentado del Congreso contra reforma universitaria

Foto: Sunedu

La norma disponía la incorporación de representantes de universidades en el Consejo Directivo de la Sunedu. Sin embargo, con esta sentencia, cambio queda anulado.

Servindi, 20 de julio, 2022.- El Segundo Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la demanda de amparo presentada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) para impedir que el Congreso implemente la ley que debilita la reforma universitaria.

Con esta decisión, queda anulado todo el procedimiento legislativo que permitió modificar artículos de la Ley Universitaria y el Congreso debería abstenerse de promulgar la mencionada norma pues ya no tendría ningún efecto.

Decisión judicial

La sentencia del Poder Judicial se dio a conocer siete días después de la audiencia única virtual del 12 de julio, en la que la Procuraduría Pública de la Sunedu y del Congreso presentaron sus alegatos.

Dicha audiencia se realizó como parte de la demanda de amparo que la Sunedu presentó contra el Congreso por el procedimiento llevado adelante para modificar la Ley Universitaria N° 30220.

De este procedimiento, surgió el proyecto de ley —ya aprobado y pendiente de promulgarse— que incorpora en el Consejo Directivo de la Sunedu a representantes de las universidades elegidos por los propios rectores, sin previo concurso público.

Esto, en perjuicio de la autonomía y facultades de supervisión de la Sunedu, así como del rol rector del Ministerio de Educación (Minedu) en las políticas de educación superior.

Motivos jurídicos

En su fallo, el Poder Judicial señaló que la aprobación del proyecto de ley “constituye una verdadera amenaza al derecho a la educación y educación de calidad, la cual corresponde a (los) estudiantes universitarios”.

Esto debido a que la iniciativa legislativa atenta contra el derecho de acceso a la educación universitaria y va contra el principio constitucional de cosa juzgada.

Precisamente, entre sus argumentos, el Poder Judicial menciona las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que reconocen la creación de una superintendencia independiente, así como su autonomía, en el marco de la Ley Universitaria.

En esa línea, ordena al Congreso cumplir con “observar el contenido de las decisiones emitidas por el TC (…)”, ya que, si bien tiene una función legisladora, las modificaciones que haga “deben estar orientadas a reconocer lo avanzado y optimizar el derecho”.

Hasta la emisión de la sentencia, el Congreso no había promulgado la ley aprobada por insistencia. Por ello, desde la Sunedu, instaron al Parlamento a “abstenerse de publicarla”.

Además, le pidieron que tome las medidas correspondientes para el cumplimiento inmediato de lo dispuesto por el Poder Judicial, y que no realice actos que impidan o retrasen el cumplimiento de esta sentencia.

 

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