Poder Judicial admitió demanda de comunidades campesinas del distrito de Capacmarca (Cusco) contra dos normas emitidas por el MTC que los despojan de sus tierras.
Servindi, 17 de diciembre, 2020.- El Poder Judicial admitió la demanda presentada por comunidades campesinas de Chumbivilcas, región Cusco, contra normas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que los despojan de sus tierras.
Se trata de dos normas que dispusieron la reclasificación de rutas, medida que no fue consultada y afecta a comunidades del distrito de Capacmarca, pues convierte caminos comunales en vías nacionales.
Con ello, las comunidades afirman que se habrían vulnerado cinco derechos, entre los que se encuentran el derecho a la consulta previa y a la propiedad.
Otros derechos violentados serían los derechos a la identidad cultural y a la salud; así como el derecho a disfrutar de un medio ambiente equilibrado y adecuado para la vida.
Acción popular
La demanda de acción popular fue presentada con el patrocinio de Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF) de Cusco y del Instituto de Defensa Legal (IDL).
Una de las normas cuestionadas es el Decreto Supremo 001-2016-MTC que aprueba “la actualización del clasificador de rutas del sistema nacional de carreteras – SINAC”.
La otra norma es la Resolución Ministerial 372-2018-MTC/01.02 que “reclasifica de manera definitiva como ruta nacional, diversas rutas departamentales o regionales de la red vial de los departamentos de Apurímac y Cusco”.
De acuerdo al IDL, las normas expedidas por el Ministerio de Transporte afectarían a nueve comunidades.
Estas son las comunidades Sayhua, Huasbamba, Cruz Pampa, Capacmarca, Cancahuani, Yanque Lacca Lacca, Huininquiri, Idiopa Ñapu Japo, y Tincurca Laccaya.
“El problema de fondo es que la reclasificación de las rutas contenida en las normas antes mencionadas convierte caminos comunales en vías nacionales”, explicó Juan Carlos Ruiz, abogado del Área de Litigio del IDL.
Dichas normas, que no fueron consultadas con la población, “disponen, usurpan y despojan a las comunidades sin antes haberle comprado las tierras”, añade el IDL en una nota.
La institución añade que tampoco se estableció servidumbre ni se inició un proceso de expropiación con previo pago de justriprecio.
Además, apuntan que “estas disposiciones tienen como consecuencia la afectación de la salud y la contaminación del medio ambiente”.
Ello, a partir de un informe del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) que reconoce estos daños, pues se permite y autoriza el paso de unos 300 de camiones al día por caminos de tierra.
___
Añadir nuevo comentario