Por Marco A. Mendoza Crespo*
29 de agosto, 2017.- En Bolivia, los principales compromisos asumidos por el Estado Plurinacional Comunitario con la comunidad internacional en materia de derechos de los pueblos indígenas se encuentran expresados en la CPE vigente(1), desde la carta ampliada de derechos en relación con la diversidad/pluralidad de las matrices culturales de los pueblos indígenas, y a partir/a través de sus especificidades/particularidades, como procesos complementarios e indivisibles, vinculando la voluntad de constituyente desde una Carta de Derechos ampliada a la misión de los poderes constituidos (Órganos), lo que obliga a un rediseño institucional y normativo, para generar nuevas/otras condiciones, términos y relaciones entre el Estado Plurinacional Comunitario y los pueblos indígenas(2).
HORIZONTE |
AVANCES |
Con el horizonte de construir el Estado Plurinacional Comunitario desde el conjunto de los órganos públicos y en los distintos niveles de gobierno sub-nacional autónomo, Bolivia se encuentra en el umbral de este proceso de transición política, normativa e institucional que está vinculado a la realización de los derechos indígenas, como uno de los temas más relevantes del proceso constituyente boliviano y de su resultante texto constitucional, de la misma manera que la acogida de los instrumentos internacionales en derechos humanos como parte del bloque de constitucionalidad(3). Este nuevo marco de derechos, supone otras formas de relacionamiento entre el Estado y los pueblos indígenas, y por esto mismo, un conjunto de desafíos que deben enfrentar los órganos públicos para su realización. |
El compromiso asumido por el constituyente, vincula la gestión pública a la realización de los derechos de los Pueblos Indígenas, en toda su extensión. La realización de estos derechos supone otros términos de participación política, de relación y de correlación del poder, de manera que se traduzcan en gestión pública intercultural(4), generando y desarrollando nuevas formas de diálogo político, social, económico, cultural, entre los Órganos Públicos y los Autogobiernos Indígenas, en clave intercultural, a partir de una agenda que obliga a fortalecer la democracia plural e intercultural; la economía plural y la interculturalidad como práctica política que reconoce y respeta la diversidad sin olvidar la especificidad/particularidad de cada uno de los Pueblos Indígenas que reclaman una igualdad de oportunidades desde el respeto a su diferencia(5). |
REGRESIONES |
DESAFIOS |
Los derechos indígenas han sufrido regresiones de carácter institucional y normativo en los términos de los compromisos asumidos por el constituyente(6). Estas afectaciones tienen tres lados y ángulos diferenciados que asumen la forma de un triángulo acutángulo escaleno.
El afán de ampliar la frontera agrícola, construir carreteras(8), montar hidroeléctricas(9), fomentar proyectos mineros y de hidrocarburos en territorios indígenas, ha reducido el derecho a la consulta a un procedimiento burocrático(10), incumpliendo el mandato expreso de los artículos 30.II.15 y 352 de la Constitución vigente. También se omite el cumplimiento del artículo 403 constitucional que contiene su derecho a constituir y ejercer su autogobierno, definir su derecho al desarrollo, el aprovechamiento exclusivo de los RR.NN. renovables, el derecho a la consulta previa e informada y a la participación en los beneficios por la explotación de los RR.NN. no renovables que se encuentran en sus territorios.
El proceso autonómico indígena está postergado y padece de regresiones institucionales y normativas. Charagua, Raqaypampa y Chipaya aún esperan los procesos de adecuación institucional y normativa de los Sistemas y Subsistemas de la Ley SAFCO que hagan posible el ejercicio de sus derechos políticos, económicos, sociales y culturales. No es suficiente pensar, decir y hacer el Estado Plurinacional desde estos tres esfuerzos en solitario y en los márgenes del Estado boliviano mientras el poder incumpla su deber.
La persistencia de la Ley 073 de Deslinde Jurisdiccional, impide hacer efectiva la función judicial única y la igualdad jerárquica de las jurisdicciones(12). Quiebra el diseño constitucional de justicia y no permite instalar, desarrollar y sostener sus procesos de coordinación y cooperación en términos de un pluralismo jurídico igualitario, en términos de interlegalidad horizontal y en clave intercultural.
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Los desafíos deben ser asumidos como un proceso de agregación en el que cada elemento es importante, complementario e indivisible.
El debilitamiento de sus estructuras de poder se explican por un cada vez mayor distanciamiento de las instancias de representación política respecto de su base social. La acción de las organizaciones políticas agudiza esta situación de crisis y desencadena los procesos de fractura interna. Frente a este hecho, una posible respuesta es trabajar para que el Autogobierno Indígena emerja de sus propias prácticas y estructuras de poder en un proceso de efectivo ejercicio de su libre determinación(14).
Las identidades indígenas están en crisis y la economía derrumba los últimos intersticios de sus prácticas de poder. Lo que no pudo lograr el gobierno colonial y republicano, lo hizo la quinua(15), la castaña, la coca o el oro: derruir la base que constituye y sostiene los Autogobiernos Indígenas. No hay una sola respuesta posible a esta crisis. Serán distintos tiempos, diferentes soluciones. Cada pueblo indígena asumirá su proceso de reconstitución y de fortalecimiento identitario, en sus propios tiempos, con sus urgencias y emergencias.
Dada la diversidad de matrices civilizatorias(16) que han dado origen a las identidades concretas es necesario identificar y fortalecer el núcleo común de la agenda estratégica indígena contenida en los principios y valores compartidos.
Una mayor y mejor participación de jóvenes y de mujeres en las decisiones colectivas. La velocidad con la que los jóvenes se incorporan a la economía, a través del uso de tecnologías de información y comunicación, está acelerando los procesos de transformación y cambio cultural. Las modificaciones que estos hechos provocan en las comunidades, rebasa la capacidad de respuesta que tienen los Autogobiernos Indígenas en la producción y reproducción del poder. Las autoridades indígenas sienten que la rebeldía de los jóvenes está desestructurando el poder desde la base y que no tienen posibilidad de respuesta. Las mujeres, también son parte de esta dinámica de transformación: Sus voces, sus miradas y sus preocupaciones son parte de la agenda indígena en curso. |
Plan de acción
Se debe establecer una agenda estratégica que permita atender las emergencias de la coyuntura sin perder la perspectiva del horizonte, es decir, tender un puente que articule las acciones del presente (umbral) con el objetivo estratégico a largo plazo (horizonte).
- Recuperar el derecho a la libre determinación y al autogobierno como elementos centrales en el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas(17). Fortalecer las prácticas de democracia comunitaria, en términos de respeto, recuperación y revalorización de las prácticas de diálogo político y social en la construcción de acuerdos. Dentro de este ejercicio, hacer efectivo el derecho al desarrollo, al territorio y a la gestión territorial; a la consulta de buena fe, previa, libre e informada; a la participación y representación política en términos de construcción/constitución de nuevas relaciones de poder. Gestión Pública Intercultural.
- Fortalecer los Autogobiernos Indígenas a partir del ejercicio de la autonomía y de la justicia. Recuperar la agenda autonómica indígena. Profundizar, fortalecer y blindar los procesos autonómicos indígenas en transición. Iniciar nuevos procesos autonómicos. Identificar aliados estratégicos, desarrollar y sostener alianzas estratégicas. Fortalecer la participación de las estructuras comunitarias en la discusión y decisión de los actos de justicia. Mejorar la calidad de las decisiones, respetando las normas y procedimientos propios, que hacen al debido proceso. Lograr el cumplimiento de las decisiones. Fortalecer el ejercicio del Autogobierno Indígena fortaleciendo los procesos autonómicos y haciendo efectivas las buenas decisiones de justicia.
- Desarrollar acciones de litigio estratégico para el respeto a los derechos de los pueblos indígenas. Las decisiones de la jurisdicción constitucional deben ser utilizadas como precedentes para avanzar en la realización y el ejercicio de derechos. Las decisiones del Tribunal Constitucional respecto del ejercicio de Autogobierno Indígena a partir de actos de justicia, también constituyen un importante precedente. Si existen derechos vulnerados, plantear acciones constitucionales para generar precedentes que consoliden derechos y obliguen al Estado Plurinacional Comunitario en todos sus niveles e instancias a respetarlos y a hacerlos efectivos. Hacer uso estratégico de los sistemas Universal e Interamericano para realizar los derechos de los Pueblos Indígenas.
Notas:
(1) https://www.vicepresidencia.gob.bo/IMG/pdf/ncpe_cepd.pdf
(4) http://www.bivica.org/upload/gestion-publica-intercultural.pdf
y http://www.bivica.org/upload/interculturalidad-gestion-publica.pdf
(6) http://www.rebelion.org/noticia.php?id=183337
(7) http://www.rebelion.org/noticia.php?id=202366
(8) http://www.ftierra.org/index.php?option=com_mtree&task=att_download&link_id=56&cf_id=48
(9) https://funsolon.files.wordpress.com/2016/08/resumen-ejecutivo-chepete.pdf
(10) http://www.kas.de/wf/doc/kas_47345-1522-4-30.pdf?161207202112
(13) http://tbinternet.ohchr.org/Treaties/CEDAW/Shared%20Documents/BOL/INT_CEDAW_NGO_BOL_20845_S.pdf
(14) http://www.porlatierra.org/novedades/post/190
(15) http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34292015000400011
(16) http://www.iwgia.org/iwgia_files_publications_files/0603_aislados_contacto_inicial.pdf
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*Marco A. Mendoza Crespo es abogado especialista en derechos humanos.
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