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Vídeo: El diputado español de izquierda, Toni Cantó, defiende el principio de “quien contamina paga” que representa la Ley de Responsabilidad Ambiental, ante el intento de flexibilización del gobierno de Rajoy.
- Las leyes internacionales pueden representar un buen ejemplo de cómo sancionar a quienes afecten el medio ambiente. El principio de “quien contamina paga” es una figura que aún hace falta consolidar en el Perú.
Por José Carlos Díaz Zanelli
Servindi, 10 de enero, 2016.- En los últimos años las compañías extractivas han cometido una infinidad de infracciones ambientales que no han sido reconocidas en el Perú. Un claro ejemplo de cómo evitar este tipo de situaciones es el que se da en España donde existe desde el 2007 una Ley de Responsabilidad Ambiental, que básicamente establece un marco punitivo.
El principio con que se creó esta ley es simple: “quien contamina paga”. En resumen lo que esta norma dispone es que cualquier persona (natural o jurídica) que realice una actividad contaminante, estará en la obligación de acatar una actividad reparadora con el ecosistema afectado. Esto, al margen de la sanción económica.
Es decir que este tipo de normas, que tienen un carácter preventivo y disuasivo, no solo se conforma con la sanción económica, sino además implica el cumplimiento de un acto de reparación material con el medioambiente.
Las reparaciones ambientales son de tres tipos:
1) Primarias: Restituir los recursos naturales dañados.
2) Complementarias: Reemplazar los recursos dañados hasta alcanzar la forma básica y en función de las necesidades de la comunidad afectada.
3) Compensatorias: Aportar mejoras adicionales a las especies silvestres o hábitats afectados.
Cabe mencionar que el incumplimiento de estas reparaciones implica la posibilidad de establecer un proceso penal no solo en España, sino a nivel de toda la Unión Europea.
El caso más emblemático, y que se mantiene en curso, de la aplicación de esta ley es el fraude cometido por la empresa Volkswagen, que emitió en diversas países varias líneas de autos que lanzaban emisiones contaminantes excesivas.
La compañía ya ha aceptado su obligación de realizar una reparación a las comunidades afectadas y esto se encuentra en plena negociación.
En Perú no se castiga
En Perú el intento más parecido a una norma de este tipo data de 1991, cuando Alberto Fujimori firmó el Código del Medio Ambiente, el mismo que fue derogado progresivamente por su propio gobierno.
La situación llegó al punto de que durante la década de 1990 casi ninguna actividad extractiva requirió de Estudios de Impacto Ambiental, según lo detalla un reciente artículo de la Defensoría del Pueblo, a propósito de los 25 años de dicho documento.
Con serias amputaciones, dicho código convive actualmente con la Ley General del Ambiente, la misma que de todos modos se ejecuta con dificultades.
Sin embargo, pese a esto en la actualidad lograr un carácter punitivo a las infracciones ambientales es toda una proeza en el Perú.
Un ejemplo claro es lo ocurrido en el Lote 192 (Loreto) donde la empresa Pluspetrol Norte ha abandonado sus operaciones de 15 años sin haber cumplido con los diversos fallos que la obligaban a reparar los pasivos ambientales.
Dato:
En España el gobierno de Mariano Rajoy intentó rebajar los requisitos para los pagos de contaminación y reparación. Sin embargo, la oposición logró hacer retroceder estas iniciativas.
Comentarios
No hay nada que "pague" la contaminación.
Esa es una manera sutil de introducir desde la izquierda la mercantilización de la madre tierra. Los empresarios pueden pagar grandes montos, pero la tierra y la vida no se recuperan. Me parece pésimo elogiar esas propuestas "progresistas".
Jaime Yovanovic Prieto
[email protected]
http://clajadep.lahaine.org
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