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Perú: Iniciativa legal podrÃa incentivar mayor destrucción del bosque nativo

bosque.jpgMediante un informe legal presentado al Congreso de la República, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) solicitó que se desestime el proyecto de Ley que pretende otorgar derechos de propiedad privada sobre tierras eriazas o desforestadas pero de aptitud forestal.

El informe legal de la SPDA analiza y explica las razones por las cuales se recomienda el rechazo al Proyecto de Ley que modifica el artículo 2 de la Ley 28852, Ley de la Promoción de la Inversión Privada en Reforestación y Agroforestería.

Tal modificatoria autoriza se otorguen en venta tierras eriazas del Estado, con aptitud forestal pero sin cubierta boscosa para promover la inversión en proyectos de reforestación y actividades asociadas.

El sector empresarial viene reclamando derechos de propiedad privada pues no confía en el sistema de concesiones forestales vigente regulado por la Ley Forestal y de Fauna.

No obstante el artículo 66 de la Constitución claramente establece que las tierras de aptitud forestales son patrimonio de la Nación y la única figura jurídica aceptable es la concesión, manteniéndose el dominio en el Estado.

Manuel Pulgar-Vidal, Director Ejecutivo de la SPDA señala que uno de los argumentos centrales de la SPDA es que la norma propuesta constituye un claro incentivo perverso que afectará la integridad del bosque natural.

Bastaría desforestar un área determinada para luego pedir al Estado derechos de propiedad a cambio de asumir un compromiso de inversión forestal. La norma debilita el sistema de concesiones forestales que otorga suficiente seguridad jurídica a los inversionistas. Prueba de ello es que la inversión minera se basa precisamente en concesiones similares que ofrecen a sus titulares garantías suficientes, afirmó Pulgar-Vidal.

La SPDA considera también que la participación de PROINVERSION como la entidad a cargo de la promoción de la inversión privada en estas tierras de aptitud forestal es inapropiada pues PROINVERSION no cuenta con la capacidad técnica ni el conocimiento de la problemática forestal para atender la demanda que ello representaría, al tiempo que incrementaría la superposición de funciones con el INRENA.

El proyecto de ley también propone que las solicitudes en trámite y los concesionarios de reforestación con contrato vigente se adecuen a las nuevas reglas, previo cumplimiento de algunas condiciones de carácter administrativo.

La iniciativa otorgaría casi a ciegas derechos de propiedad privada, violando normas constitucionales y perforando la política forestal que viene fallando por desidia del Estado y no por su concepción y los instrumentos previstos en la Ley Forestal y de Fauna y en la Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, comentó Pulgar-Vidal.

Las conclusiones del informe de la SPDA son las siguientes:

1. El Proyecto de Ley plantea un incentivo perverso al otorgar derechos de propiedad, poniendo en riesgo la integridad del bosque natural y promoviendo su deforestación.

El proyecto no plantea límites para el aprovechamiento maderable, ni se apoya en un catastro para identificar - de manera objetiva - las áreas sin cubierta forestal, ni exige las condiciones mínimas de un manejo forestal responsable.

2. La Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, que desarrolla el Art. 66 de la Constitución vigente, reconoce el dominio eminencial del Estado sobre los recursos naturales. Esto le permite otorgar derechos a los particulares mediante contratos de concesión, sin perder el dominio sobre ellos, pues el Estado mantiene sobre estos recursos un dominio latente.

3. El Dictamen de la Comisión Agraria de fecha 10 de abril de 2007, no corrige las deficiencias y vacíos del Proyecto de Ley. Más bien agrava la situación al pretender incluir en los beneficios de la Ley -en caso se aprobara-, a los solicitantes en trámite y a los concesionarios de reforestación vigentes, sin demostrar si vienen cumpliendo o no con sus obligaciones contractuales o un manejo forestal adecuado.

4. El Proyecto de Ley agrega al marco institucional del sector forestal a un nuevo actor, PROINVERSION, nueva autoridad que se sumaría a la ya complicada trama de autoridades relacionadas con el sector forestal, lo que representa un grave retroceso institucional.

Frente a ello, la SPDA pide al Congreso que rechace el proyecto ley y que más bien disponga la elaboración de un catastro de tierras forestales con aptitud para la reforestación.

La SPDA finalmente propone que se establezca una institucionalidad capaz de llevar a cabo un proceso de implementación idóneo y se capitalice la experiencia desarrollada en la ejecución de la actual política de reforestación, fortaleciéndose para tal fin al INRENA.

Para acceder al informe legal presentado por la SPDA, ingrese al siguiente enlace: http://www.spda.org.pe/portal/ver-noticias.php?id=369

www.conservacionprivada.org

Tf : (511) 422-2720 421-7330 Anexo 113

Fx : (511) 442-4365

Mb: (511) 9714-5564

Fuente: SPDA - Sociedad Peruana de Derecho Ambiental

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