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Las Instancias pertinentes previa a la Ejecución de Proyectos Mineros o No Mineros; según La Constitución del Estado y sus Normas Jurídicas y Administrativas de nuestro País Facultan y Obligan a sus instituciones tutelares a la Revisión ,análisis y dictaminar la procedencia o no de los Estudios , Proyectos y ejecucion de Obras de acuerdo A la normatividad .Lo contrario a esto es simplemente ROBO

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