Enlace permanente Enviado por JUSTINO AYMACOP... (no verificado) el Dom, 03/27/2016 - 00:44
PPK por todas las traferías que hizo en el Perú es KKP. Norteamericano desde 1982 (hace 34 años). Sin embargo los delincuentes del RENIEC le otorgaron ilegalmente su Documento Nacional de Identidad "DNI" con la complicidad del dipsómano Alejandro Toledo. El JNE "De Oficio" debiera retirarlo de la carrera electoral por ser estadounidense. Su primer delito contra los peruanos, lo cometió en 1,969 (hace 47 años) cuando siendo Gerente del Banco Central de Reserva del Perú "BCRP", le hizo pagar $ 22'000,000 (Veintidós Millones de Dólares) a la entonces confiscada empresa petrolera norteamericana International Petroleum Company "IPC", suma que actualizada a hoy 27Mz16 son aproximadamente $ 200'000,000 (Dos Cientos Millones de Dólares). Por este delito, el gobierno lo declaró TRAIDOR A LA PATRIA, y se fugó a EEUU vía la frontera de Ecuador, escondido en la maletera de un auto. Si lo capturaban lo hacían fusilar, porque entonces estaba vigente el Art. 54° de la Constitución de 1933, que dice: "Se aplica la pena de muerte a los delitos de Traición a la Patria, Homicidios calificados y los demás que señale la Ley.
PPK por todas las traferías
PPK por todas las traferías que hizo en el Perú es KKP. Norteamericano desde 1982 (hace 34 años). Sin embargo los delincuentes del RENIEC le otorgaron ilegalmente su Documento Nacional de Identidad "DNI" con la complicidad del dipsómano Alejandro Toledo. El JNE "De Oficio" debiera retirarlo de la carrera electoral por ser estadounidense. Su primer delito contra los peruanos, lo cometió en 1,969 (hace 47 años) cuando siendo Gerente del Banco Central de Reserva del Perú "BCRP", le hizo pagar $ 22'000,000 (Veintidós Millones de Dólares) a la entonces confiscada empresa petrolera norteamericana International Petroleum Company "IPC", suma que actualizada a hoy 27Mz16 son aproximadamente $ 200'000,000 (Dos Cientos Millones de Dólares). Por este delito, el gobierno lo declaró TRAIDOR A LA PATRIA, y se fugó a EEUU vía la frontera de Ecuador, escondido en la maletera de un auto. Si lo capturaban lo hacían fusilar, porque entonces estaba vigente el Art. 54° de la Constitución de 1933, que dice: "Se aplica la pena de muerte a los delitos de Traición a la Patria, Homicidios calificados y los demás que señale la Ley.