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Norma de registro de escuelas interculturales genera debate educativo en Perú

Imagen: Digeibir

Servindi, 10 de enero, 2014.- La necesidad de discutir el criterio que diferencia las escuelas interculturales de las escuelas bilingües interculturales (EIB) fue advertida por especialistas a fin de evitar vulnerar derechos de los pueblos indígenas en un diálogo que tiene en el correo electrónico su principal escenario.

El punto crítico se encuentra en la Resolución Ministerial Nº 630-2013-ED que crea el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educación Intercultural Bilingüe, de Instituciones Educativas de Educación Intercultural y el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias del Perú.

La norma establece que las escuelas de las comunidades cuya lengua indígena no sea la primera lengua no serán registradas como escuelas EIB sino como escuelas interculturales.

La catedrática Rosa Vallejos, de la Universidad de Nuevo México, sostuvo que la norma le resta importancia al criterio "Cultural y de Autoadscripción" y podría tener implicancia en el carácter del maestro a contratarse.

“Si esto se implementa, el impacto en muchas zonas, particularmente en la zona Kukama sería tremendo” y puede frenar los avances logrados hasta el momento, advirtió.

Dubner Tuesta, del Programa de Formación de Maestros Bilingües de la Amazonía Peruana (Formabiap) propuso reflexionar y demandar la modificación de la norma.

El profesor Carlos Lancha Manuyama, del pueblo kukama,  también expresó su malestar por lo que considera un atropello al derecho a una educación intercultural bilingüe.

Las razones de la norma

Elena Burga Cabrera, directora de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural (Digeibir), consideró justas las protestas del caso, con los fundamentos respectivos, y anunció que están evaluando como resolver el tema planteado.

Sin embargo, aclaró que la norma señala que las "escuelas interculturales" que enseñan la lengua originaria como segunda lengua "pueden llegar a convertirse en escuelas EIB, precisamente cuando empiecen a usar las dos lenguas en los procesos de enseñanza-aprendizaje".

Burga comparte la preocupación debido a que en muchas escuelas EIB se había iniciado con fuerza la enseñanza de la lengua originaria como segunda lengua, y esto de llamarlas "interculturales" puede detener el entusiasmo.

Burga expresó que se esta analizando como solucionar ese tema, quizás orientando a las UGEL para que las instituciones educativas interculturales cuenten al menos con un profesor que enseñe la lengua originaria como segunda lengua.

Evitar aprovechamiento indebido del plus

La funcionaria explicó que la intención de la norma es evitar que cualquier escuela del país se registre como escuela EIB y acceda a un plus que se otorgará a partir de 2014 a los docentes nombrados que laboran en este tipo de escuelas, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial.

Ello fue observado por expertos en normas legales y técnicos que evaluaron la aplicación de los plus bajo la primera norma de registro de 2012 (RM 008-2012-ED) en la que cualquier escuela en cualquier lugar del Perú podría registrarse como escuela EIB.

Eso ocurre por que la norma anterior posee un "criterio cultural y de autoadscripción" demasiado amplio y flexible en el que se acepta como tal a las escuelas donde los niños tienen el castellano como primera lengua.

El tema del plus es delicado pues existen más de 20 mil escuelas que tienen la lengua originaria como lengua 1 y 2 y particularmente las segundas no trabajan como EIB en el sentido estricto.

La nueva norma intenta evitar que muchas escuelas accedan a un reconocimiento EIB a fin de obtener el plus de manera interesada.

Elena Burga explicó que hacer gestión pública a favor de los derechos de los pueblos indígenas es una tarea difícil, y la tarea de implementar una política de educación intercultural bilingüe tiene que avanzar poco a poco superando, por ejemplo, este tipo de obstáculos.

¿Que es una escuela EIB?

Elena Burga aprovechó el debate generado en torno al registro de las escuelas para colocar en debate la esencia de lo que es una escuela intercultural bilingüe.

Al respecto planteó el desafío de que la lengua sea trabajada tanto como área y como medio de enseñanza, como lo señala la propuesta pedagógica. Esta situación no está ocurriendo en las escuelas que tienen la lengua originaria como segunda lengua.

Observó que incluso en escuelas que tienen la lengua originaria como primera lengua ello no se cumple, y en el mejor de los casos se enseña la lengua originaria como área unas horas a la semana, pero no es usada en la enseñanza.

Precisamente la nueva norma tiene como un elemento enormemente positivo el incluir y formalizar el registro de docentes bilingües, un proceso que se ha venido llevando a cabo sin ninguna norma técnica durante el 2013.

Ello facilitará evitar se desvirtúe el derecho a contratar a un docente indígena solo por ser indígena y no por hablar la lengua indígena de sus alumnos, en lo que habría que ser inflexible.

Lo positivo del camino emprendido -concluyó Elena Burga- es que tanto el registro de escuelas como de docentes se actualizará cada año y se podrán incorporar nuevas escuelas y nuevos docentes, lo que contribuirá a fortalecer la implememtación de la política de educación intercultural bilingüe.

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