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Perú: Expertos cuestionan decretos de urgencia que vulneran cuidado ambiental

Servindi, 27 de enero, 2011.- Expertos en temas medioambientales coinciden en señalar que los decretos de urgencia 001-2011 y 002-2011, ponen en riesgo el cuidado medioambiental, son inconstitucionales y van en contra de la consulta previa.

Ambas normas promueven 33 proyectos de inversión, como centrales hidroeléctricas, carreteras y puertos, e incluyen variaciones en la regulación de las exigencias ambientales.

Prevención ambiental y social en riesgo

Mariano Castro Sánchez Moreno, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad, Ucsur, sostuvo que el país puede desarrollarse sin necesidad de normas que disminuyan el desempeño ambiental de los inversionistas.

“Con los decretos, el actual Consejo de Ministros ha optado por reducir o eliminar requisitos que garantizan la prevención ambiental y social” sostuvo en un artículo.

Como se recuerda, el artículo 5,3 del Decreto de Urgencia 001-2011, señala que las certificaciones ambientales “(…) no serán requisito para la obtención de las autorizaciones administrativas de carácter sectorial, otorgadas por dichas entidades, para el ejercicio de las actividades económicas materia del proyecto adjudicado”.

Con estos decretos, los estudios de impacto ambiental (EIA) ya no requieren ser revisados ni aprobados antes de otorgarse las concesiones definitivas.

“Así, cualquier recomendación o decisión relacionada con la evaluación de impacto ambiental perderá oportunidad. (…) Lejos de agilizar el proceso de toma de decisiones para la promoción de proyectos de inversión, se generan incertidumbres y contradicciones” indicó.

Para evitar los costos ambientales y sociales, Mariano Castro manifiesta que urge que el Ministerio del Ambiente asuma competencia en la aprobación de los EIA y que ayude a que las normas del Consejo de Ministros no posterguen la sostenibilidad ambiental de las políticas e inversiones públicas.

Normas violan Constitución Política

Para el Decano de la Facultad de Derecho Ucsur, las normas son inconstitucionales, porque el artículo 118 (inciso 19) de la Constitución solo autoriza al Poder Ejecutivo a dictar los decretos de urgencia en materia económica y financiera, pero no en asuntos ambientales. Por ello, el Congreso debería derogar las disposiciones.

Por su parte, el abogado de la asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), César Gamboa, añade que estos decretos son de carácter excepcional y solo se aplican en estado de catástrofe o de emergencia económica.

Las normas también son incompatibles con pactos del tratado de libre comercio (TLC) con Estados Unidos.

Por ejemplo, detalla, el capítulo XVIII indica que es inapropiado promover la inversión mediante el debilitamiento o reducción de las legislaciones ambientales. Ello no se consigue al exonerar los estudios de impacto ambiental como requisito para obtener la concesión definitiva de estos proyectos.

Por otra parte, los decretos implicarían dejar de lado la opinión de los habitantes alrededor de la obra, que se incluyen en los estudios medioambientales.

“Al otorgar la autorización de empezar a planear y buscar financiamiento de un proyecto, se da luz verde a que este empiece sin haber considerado la opinión de la población”, añade Patricia Patrón, consultora ambiental de DAR.

La modificación en los requisitos puede generar que exista mayor presión de las empresas para que se aprueben los EIA y se comience la obra, porque se tiene una autorización previa para realizar planos.

“En este caso también es necesaria la figura de la ley de consulta previa”, señala Patrón. Este proyecto de ley espera ser discutido en el Congreso desde julio pasado.

Opinión estatal

Ante la polémica desatada, algunos funcionarios negaron que las normas en cuestión afecten el medio ambiente.

“Las autorizaciones administrativas, que permiten realizar planos en detalle y buscar financiamiento, se otorgarán sin los estudios de impacto ambiental (EIA). Sin embargo, ninguna obra se iniciará si no se presenta el EIA y el plan de mitigación”, sostuvo el director ejecutivo de Pro Inversión, Jorge León.

Agregó que la exoneración de EIA como requisito para obtener estas autorizaciones solo facilita que se realicen obras de importancia nacional con mayor agilidad, sin descuidar el plano ambiental.

Enfatizó que si los EIA no son aprobados, el inversionista no podrá ejecutarlos. “Es un riesgo que toma el que invierte en el sector privado, no el Estado”.

No obstante, el representante de Pro Inversión señaló que los estudios de impacto ambiental no son definitivos para el visto final de un proyecto. “Son consideraciones a tomar en cuenta y deben tener un buen plan de mitigación para contrarrestar estos impactos”, declaró León.

Asimismo, el ministro de Economía, Ismael Benavides, explicó en una entrevista radial que los EIA y las obras se realizarán en paralelo.

“Se harán de todas maneras, pero realizar estos estudios demora 18 meses. Si uno ve la lista de proyectos, no hay fundiciones mineras o que afecten el medio ambiente. Es infraestructura básica, que tiene poco o nulo impacto ambiental”, aseguró.

Derogación y marchas

A la fecha, la bancada nacionalista ya presentó al Congreso de la República del Perú el proyecto de ley 4617, que busca derogar los decretos de urgencia 001-2011 y 002-2011, por considerarlos inconstitucionales.

Además, para el 13 de febrero los trabajadores portuarios han previsto realizar una marcha en contra el decreto 001-2011 y la concesión del Terminal Norte del puerto del Callao, que es el primer proyecto priorizado en la lista de las 33 obras que se indica.

La protesta es convocada por la Federación Nacional de Trabajadores Portuarios (Fentenapu), y la apoyan diversos Frentes Regionales como la Central General de Trabajadores del Perú (CGTP) y la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP).

Lea la propuesta para derogar Decreto de Urgencia 001-2011 con un clic en el siguiene enlace:

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