Servicios en comunicación Intercultural

Perú: Obispos de la selva piden respetar derechos de los pueblos indígenas

El Encuentro de Pastoral Indígena de la Amazonía Peruana reunido este mes suscribió un comunicado en el que expresan su preocupación por los procesos de inversión privada en la selva y los proyectos de ley que pueden amenazar "la supervivencia física y sociocultural de los pueblos indígenas e incrementar los conflictos socioambientales en la Amazonía."

Comunicado de los obispos de la selva peruana frente a la situación actual de la amazonía

En el Encuentro de Pastoral Indígena de la Amazonía Peruana, realizado en la ciudad de Lima del 11 al 15 de febrero de este año, nos hemos reunido 52 participantes de seis Vicariatos de la Amazonía (Obispos, sacerdotes, religiosas e indígenas) y representantes del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP).

Este encuentro se realizó después de la V Conferencia General del Episcopado Latinoamericano y de El Caribe en Aparecida (Brasil, 2007), cuyo mensaje nos pide relanzar, en nombre del Evangelio, la acción misionera para que todos los pueblos de Latinoamérica tengan vida plena en Cristo.

Por eso, queremos compartir algunas reflexiones y desafíos relacionados con el desarrollo humano y medioambiente: Constatamos que:

En las decisiones sobre las riquezas de la biodiversidad y de la naturaleza, las poblaciones tradicionales han sido prácticamente excluidas. La naturaleza ha sido y continúa siendo agredida. La tierra fue depredada. Las aguas están siendo tratadas como si fueran una mercancía negociable por las empresas (Aparecida 2007 No. 84).

Para muchos analistas, la Amazonía es hoy en día la segunda región geopolítica más estratégica del mundo. En el Perú, representa más del 60% del territorio nacional, colocando al país como uno de los ocho países megadiversos. Unida a esta diversidad biológica, existe milenariamente una gran diversidad cultural que requiere un desarrollo con rostro humano; sin embargo, constatamos que grandes sectores de la población amazónica viven en condiciones de extrema pobreza y sin posibilidades de una vida digna.

Es importante subrayar los compromisos y tratados internacionales que el Estado peruano ha suscrito en materia de derechos humanos, derechos indígenas, biodiversidad y medio ambiente. Se destaca el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, entre otros.

En el contexto actual, expresamos nuestra honda preocupación por la situación de los pueblos indígenas y ribereños de la Amazonía peruana que mantienen condiciones de marginación, exclusión y pobreza. Como señala la V Conferencia Episcopal en Aparecida:

Hoy, los pueblos indígenas están amenazados en su existencia física, cultural y espiritual; en su modos de vida, en sus identidades; en su diversidad; en sus territorios y proyectos (No. 90).

En particular, nos preocupan los procesos de inversión privada en la selva; los proyectos de ley 840 (denominado Ley de la Selva), 1770, 1990 y 1992; las concesiones y adjudicaciones de las tierras y los bosques; la exploración y explotación minera y petrolera, porque pueden amenazar la supervivencia física y sociocultural de los pueblos indígenas e incrementar los conflictos socioambientales en la Amazonía.

La elaboración y ejecución de políticas de desarrollo nacional que involucren a la Amazonía no deben ser contrarias al respeto a las culturas existentes, al medio ambiente y a los derechos humanos. Las aspiraciones y propuestas de un Estado promotor del cambio deben responder a modelos de desarrollo basados en la inclusión, la equidad y la justicia en el marco de los derechos humanos universales.

Los argumentos para la formulación de políticas de desarrollo en selva deben considerar los siguientes elementos: la seguridad jurídica de los territorios indígenas, la relación de los pueblos indígenas con estos territorios, el respeto a sus instituciones y autoridades, el derecho de consulta, la participación ciudadana y el cuidado del medio ambiente.

Esperamos que las actuales políticas de desarrollo de la selva se replanteen desde un modelo alternativo integral y solidario basado en una ética que incluya la responsabilidad por una auténtica ecología natural y humana que se fundamente en el evangelio de la justicia, la solidaridad y el destino universal de los bienes y que supere la lógica utilitarista e individualista, que no somete a criterios éticos los poderes económicos y tecnológicos (Aparecida 2007, 474c).

Por ello, pedimos al estado peruano promover una participación efectiva de los propios interesados en el diseño y ejecución de las políticas de desarrollo del país, en cumplimiento de las normas internacionales suscritas, que garanticen la vigencia de los derechos humanos de los pueblos indígenas. La Amazonía es parte importante de las Américas y del Perú. Estamos todos unidos por la defensa de la vida, los valores y el desarrollo de los pueblos indígenas de la Amazonía peruana.

Obispos, misioneros, misioneras y agentes de pastoral indígenas de los Vicariatos Apostólicos de la Amazonía peruana y el Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP), los cuales aparecen a continuación.

  • Monseñor Gerardo Zerdin (Obispo del Vicariato de San Ramón)
  • Monseñor Francisco González (Obispo del Vicariato de Puerto Maldonado)
  • Monseñor Alberto Campos (Obispo del Vicariato San José de Amazonas)
  • Monseñor Juan Luis Martin (Obispo del Vicariato de Pucallpa)
  • Monseñor Gaetano Galbusera (Obispo Coadjutor del Vicariato de Pucallpa)
  • Monseñor Santiago García de la Rasilla (Obispo del Vicariato de Jaén)
  • Adda Chuecas Cabrera (Directora del CAAAP)
  • P. Diego Clavijo,
  • Hna. María Dolores Pallardó
  • Francisco Ujukam Chuwin
  • P. José Luis Gordillo
  • Hna. Monserrat Ripollés
  • P. Ricardo Álvarez
  • P. Jaime Regan
  • P. Roberto Abalos
  • Luis Cushi Mariano
  • Eusebio Chineri Pinedo

siguen firmas

Valoración: 
0
Sin votos (todavía)

Comentarios

Agradezco a Servindi la oportunidad que me presta de conocer este texto tan importante. Desde hace quince años trabajo como misionero en la selva de Condorcanqui (Amazonas) Me hubiera gustado firmar esta declaración, que comparto totalmente, con el deseo de que sea expresión de la voluntad de todos y nos lleve a dar testimonio de que la Iglesia se compromete realmente con los problemas de los más pobres a quienes en Aparecida el Papa y todos los Obispos Latinoamericanos se han comprometido a servir preferencialmente.

Es una fortaleza para los pueblos indÃgenas sentir que la iglesia se suma en defensa de la amazonia y de sus habitantes. Preparemonos para enfrentar la situacion sabiamente hasta ser escuchados por el gobierno que, la amazonia no se vende, ni se hipoteca. Como se dijera en el encuentro producido en Yurimaguas; la amazonia es nuestro mercado, nuestro hogar y es nuestra vida.

Muy bueno el documento de los obispos, y oportuno, en estos tiempos de resurrección del mito de la selva vacÃa y de nuevas ventoleras neoliberales en el gobierno. Sin embargo, hay que recordar que no sólo son agredidos y amenazados los indÃgenas: miles de comunidades rurales amazónicas, descendientes en buena medida de indÃgenas (cultural y racialmente) pero que se autocalifican como "ribereños" o "mestizos", hoy están en una situación total de indefensión. Copio abajo una nota que he escrito a este respecto.

LOS AMAZÓNICOS INVISIBLES Y EL PROYECTO DE LEY DE COMUNIDADES INDÃGENAS Y CAMPESINAS

José Ãlvarez Alonso

Tanto el Proyecto de Ley N° 483/2006 que están impulsando la CONAPA y algunos congresistas, Ley General de Comunidades Campesinas y Nativas, como el Proyecto de Ley 1770 (del 4 de octubre del 2006), presentado al Congreso de la República por el Presidente GarcÃa y el Premier Jorge del Castillo el 22 de octubre del 2007, adolecen de una serie de vacÃos y concepciones erradas, especialmente en la concepción y definición de las comunidades amazónicas. En el marco del “Proyecto de ley de Promoción de la inversión en reforestación y agroforesterÃa†(Proy. Ley 840) y del “Proyecto de ley de aprovechamiento de restingas o áreas inundables†(Proy. Ley Nº 2133) se podrÃan provocar una serie de conflictos por la tierra y situaciones de abuso de privación de derechos de comunidades amazónicas tradicionales que no entran en la definición como “nativas†o indÃgenas†y que carecen de tÃtulo sobre los territorios que ocupan de forma tradicional. De hecho, la mayor parte de las áreas deforestadas o intervenidas son áreas con derechos adquiridos por estas comunidades, aunque carecen de tÃtulo o derecho “firme†alguno sobre ellas.

El problema de las comunidades amazónicas que no son campesinas ni nativas (o indÃgenas)

Se calcula que estas comunidades son más de 2,500 (sólo en Loreto hay unas 2000). El mismo Censo Nacional del INEI del 2002 usa el término “Centros Poblados Ribereñosâ€, de los que cataloga sólo en Loreto 1,667 (ver GEF-PNUD-UNOPS 1997 / Mapa Digital de Centros Poblados INIEI 2002). Aunque algunas han conseguido la titulación de territorios comunales como “Comunidades Campesinas†de acuerdo con la legislación vigente (Ley General de Comunidades Campesinas, Ley N° 24656, de 1987), la mayorÃa están en un limbo legal que no favorece en absoluto ni su desarrollo ni la conservación de los recursos naturales (se produce lo que se llamada “tragedia de los bienes comunesâ€, el saqueo de los recursos que son de acceso libre o de libre disponibilidad del Estado).

Sin embargo, la ley de Comunidades Campesinas está diseñada para comunidades andinas, que tienen otra forma tradicional de organización, tanto cultural como económica. Las comunidades amazónicas son muy diferentes (los antropólogos afirman que no son “unidades sociales de producciónâ€, como las andinas tradicionales, sino agregación de familias que usan un territorio común). La ley también exige requisitos para titulación de estas comunidades que no son acordes con la realidad amazónica: se requiere más de 50 jefes de familia, cuando la mayorÃa de las comunidades rurales amazónicas no sobrepasan las 15-30 familias. Para salvar este obstáculo, algunas comunidades se han agrupado en “megacomunidades†artificiales, agrupando varias, forzando la ley y creando conflictos innecesarios (ej., Seis Hermanos del Pintuyacu, Tres Unidos del Chambira, etc.). Apenas unas decenas de comunidades han logrado titularse bajo esta modalidad. El PETT antes, y el COFOPRI ahora, son totalmente reluctantes a titular comunidades amazónicas no indÃgenas como “comunidades campesinasâ€, y hay muchos “expertos†que rechazan enérgicamente que sean consideradas como tales. Por ejemplo, el IIAP ha estado impulsando por más de 6 años la titulación de una docena de comunidades en el Nanay, sin éxito. Un ejemplo de los conflictos que provocan estas indefiniciones es el de las concesiones forestales, una parte de las cuales fueron otorgadas sobre bosques de uso tradicional de comunidades, y algunas, con comunidades enteras dentro.

La mayorÃa de estas comunidades tienen una cultura y un modelo de producción muy similar a los de las comunidades indÃgenas tradicionales. De hecho, la mayorÃa de estas comunidades, especialmente en selva baja, son descendientes de comunidades indÃgenas amestizadas o aculturadas, pero conservan buena parte de su cultura y forma de vida: su economÃa depende en gran medida de los recursos naturales renovables, en mayor o menor grado dependiendo de las zonas, siendo la agricultura una actividad complementaria, en algunos casos solamente para fines de subsistencia; tienen un uso tradicional de un amplio territorio y de una amplia gama de recursos naturales, especialmente fauna terrestre y acuática, y flora. En muchas comunidades las actividades extractivas (de madera, de recursos forestales no maderables, incluyendo fauna silvestre, plantas medicinales, frutos, lianas, peces, etc.).

La mayor parte de estas comunidades sólo están reconocidas polÃticamente (tienen tenientes gobernadores, escuelas, a veces postas médicas), pero en términos de territorio no tienen ni tÃtulo de propiedad ni otro amparo legal sobre los bosques y cuerpos de agua que usan tradicionalmente para fines de subsistencia. En algunas de ellas un número de moradores han accedido a tÃtulos de propiedad individuales, sobre parcelas de entre 15 y 30 ha en promedio. Dada la diversidad ecológica de la selva, y la pobreza de los suelos no inundables (los únicos en los que se puede titular ahora), estas parcelas son absolutamente insuficientes para garantizar una economÃa sostenible para las familias y las comunidades amazónicas.

Tanto el marco legal actual, y los dos proyectos de ley citados, siguen ignorando la realidad económica y sociocultural de estas comunidades, y solamente hablan de comunidades indÃgenas y campesinas. Sin embargo, el Convenio 169 de la OIT (especialmente en sus artÃculos 8° y 12°) establece la validez y legitimidad del derecho consuetudinario de estas comunidades sobre el territorio y los recursos que usan tradicionalmente. También la Constitución PolÃtica (especialmente los Art. 89 y 149°). Estos derechos están garantizados para las comunidades nativas (hoy llamadas indÃgenas) por la Ley General de Comunidades Nativas de 1978, DL N° 22175). Esta ley, que otorga a las CC.NN. la propiedad de bosques, cuerpos de aguas y tierras ocupadas tradicionalmente, utiliza amplios criterios para la delimitación del territorio de estas comunidades, incluyendo los múltiples usos del bosque (para caza, pesca, recolección de recursos no maderables, extracción maderera) y les garantiza inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptiblidad de las tierras comunales.

Es necesario modificar los dos anteproyecto de ley para incluir un nuevo concepto de comunidad, que podrÃamos llamar “comunidades rurales amazónicas, (o podrÃan ser llamadas también “comunidades ribereñasâ€, “comunidades bosquesinasâ€), o como se determine, e impulsar urgentemente un proceso de titulación de estas comunidades para que no se produzcan abusos en el nuevo escenario de promoción de inversiones, de otorgamiento de concesiones y de impulso a la titulación en la selva.

PROPUESTA

Incluir en ambos anteproyectos de ley el concepto de “comunidades rurales amazónicas†(o con el término que se acuerde), con derechos similares a las comunidades indÃgenas tradicionales en cuanto a derecho de uso del territorio y los recursos, y con el derecho de uso y/o propiedad sobre sus territorios tradicionales.

Para el caso de las comunidades rurales amazónicas, que no califican como indÃgenas ni campesinas, se puede estudiar la posibilidad de un modelo de titulación similar al que utilizó en los últimos años el PETT: se les otorgarÃa tÃtulo de propiedad comunal sobre las áreas agrÃcolas ocupadas (sea actualmente o en el pasado, las llamadas purmas) más un área de expansión razonable para las zonas agrÃcolas, considerando la aptitud de los suelos y de acuerdo con una ZEE micro), y el resto de su área de uso tradicional en cesión de uso, sobre los bosques y cuerpos de agua de uso tradicional, en cantidad suficiente que les permita tanto el desarrollo económico legÃtimo como la sostenibilidad en el uso de recursos en un ecosistema frágil como el amazónico.

Añadir nuevo comentario

CAPTCHA
This question is for testing whether or not you are a human visitor and to prevent automated spam submissions.