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Perú: Exigen que dictamen de Constitución incorpore el consentimiento en Ley de Consulta

Fotos: Jorge Agurto / Servindi

Servindi, 18 de mayo, 2010.- Congresistas y representantes de organizaciones indígenas andinas y amazónicas exigieron que el pleno del Congreso "rectifique el craso error de la Comisión de Constitución y Reglamento" que aprobó el martes 18 de mayo un dictamen sobre la Ley de Consulta que elimina el "consentimiento" como uno de los fines de la consulta.

El dictamen se aprobó por unanimidad y pasará al Pleno del Congreso el jueves 20 de mayo, donde ya se encuentra en el orden del día.

El citado dictamen será visto por el pleno de manera principal frente al otro dictamen aprobado por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Amazonía, que es defendido por las organizaciones indígenas como el más cercano a sus propuestas.

En la conferencia de prensa realizada los dirigentes de las organizaciones AIDESEP, CONACAMI, CNA, CCP y CONAP señalaron que la omisión en el dictamen de Constitución demuestra "falta de coherencia con lo contemplado en el Convenio 169 de la OIT".

¿Qué dice el Convenio 169 de la OIT? ¿Qué dice el dictamen de la Comisión de Constitución?
"Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consetimiento de las medidas propuestas" (artículo 6 inciso 2).

"La finalidad de la consulta es alcanzar un acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente, a través de un diálogo intercultural que garantice su inclusión en los procesos de toma de decisión del Estado y la adopción de medidas respetuosas de sus derechos colectivos.

La consulta no otorga a los pueblos indígenas u originarios derecho a veto." (Artículo 3)

La eliminación del "consentimiento" es una mutilación absurda pues el consentimiento está contenido expresamente como una de las finalidades de la consulta en el artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Lo que causó extrañeza y preocupación es que la sesión de hoy dedicó mayor tiempo al "derecho a veto" a pesar que los expertos de la OIT han señalado claramente que el Convenio 169 no se refiere ni se relaciona con el veto.

Algunos observadores políticos señalaron que en la bancada aprista existe confusión entre "veto"  y "consentimiento". Por este motivo en la versión anterior del dictamen aprobado se decía: "La consulta no otorga (...) derecho a veto o consentimiento".

Lo que ha faltado es insistir de manera precisa en reubicar el término "consentimiento" en la parte inicial del artículo 3, indicaron.

A pesar de las contraversias la aprobación del dictamen fue finalmente por unanimidad

Procedimiento legislativo

Los representantes de las principales organizaciones indígenas peruanas están unidas en esta jornada común

De acuerdo al procedimiento legislativo el dictamen de la Comisión de Constitución será expuesto al pleno del Congreso quién deberá decidir sobre su aprobación o desaprobación.

Cabe la posibilidad de que algún congresista o bancada solicite un cuarto intermedio y -de ser aprobado por el pleno- permitiría un receso que permita consensuar diferencias y presentar a la sesión plenaria un dictamen de consenso.

Según especialistas consultados, para que prospere esta iniciativa será fundamental que los equipos técnicos de ambas comisiones tengan preparado para el día jueves un nuevo dictamen conjunto de ambas comisiones que permita reducir las diferencias entre una y otra versión.

El proceso de construcción de consensos ha avanzado bastante y aún no ha terminado, aunque la estructura básica del derecho a la consulta está en ambos dictámenes y puede salir un buen punto medio, señalaron.

Las reticencias de la bancada aprista

Al igual que en la sesión anterior los representantes de la bancada parlamentaria del Partido Aprista Peruano expresaron diversos argumentos orientados a postergar o delatar la aprobación del dictamen.

Tal es el caso de Javier Valle Riestra quién señaló que esta ley merece un análisis mucho mayor con apoyo de antrópologos y sociólogos especialistas.

Del mismo modo, Mauricio Mulder pidió que se desarrolle mucho más lo concerniente a los procedimientos de consulta cuando se refiera a iniciativas legislativas.

De haber prosperado una u otra petición de los parlamentarios apristas se hubiera postergado la aprobación del dictamen poniendo en riesgo que no se alcance a debatir en la actual legislatura. No se descarta que estos argumentos puedan ser reiterados en la sesión plenaria.

En diálogo con los representantes indígenas el Vicepresidente de la Comisión de Constitución y Reglamento señaló que existía el compromiso de Luis Alva Castro, Presidente del Congreso, de darle prioridad al proyecto de Ley sobre la Consulta Previa en el próximo plenario.

La bancada aprista empezó a leer la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. ¿Se convencerá?

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Acceda a los dos dictámenes finales aprobados con un clic en los siguientes enlaces:

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Comentarios

Realmente fue una decepción que el dictamen de la Comisión de Constitución y Reglamento se haya aprobado en el pleno. Basta hacer un análisis minucioso, para que se pueda advertir que existe una serie de incongruencias con el Convenio 169.

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