Servindi, 28 de febrero, 2010.- La Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) también expresó su respaldo al Informe de la Comisión de Expertos de la Organización Internacional del Trabajo, quienes han encontrado en el gobierno peruano un marcado incumplimiento respecto a sus obligaciones establecidas en el Convenio 169 sobre los pueblos indígenas.
Luego del comunicado de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) APRODEH considera que las observaciones de la citada comisión implican un pedido al gobierno peruano para que establezca "una política en relación a los pueblos indígenas andinos y amazónicos, respecto a los cuales, en la actualidad, ni siquiera existe una definición clara".
En ese sentido, la Comisión de Expertos plantea la necesidad de llegar a una definición clara y señala que para ello es fundamental la participación de los propios pueblos indígenas.
A lo largo del documento, la comisión de manera permanente insiste en la necesidad de que los pueblos indígenas participen y sean consultados antes de la adopción de medidas legislativas o administrativas que puedan afectarles directamente, incluso respecto de la elaboración de disposiciones sobre los procesos de consulta.
La comisión señala que no son un proceso de consulta ni los talleres de socialización que plantean las autoridades peruanas ni las normas existentes en materia de minería, en concreto el Decreto Supremo 012-2008-MEM (Reglamento de participación ciudadana en actividades de hidrocarburos).
La comisión requiere que se establezca un diálogo genuino entre las partes interesadas que permita buscar soluciones concertadas y que, si se cumplen estos requisitos, las consultas pueden desempeñar un papel decisivo en la prevención y resolución de conflictos.
Una reunión informativa, respecto a una decisión que ya ha sido tomada previamente por las autoridades, no cumple los requisitos del Convenio. APRODEH considera que muchos conflictos sociales en el Perú son motivados por la voluntad unilateral del Estado de aprovechar los recursos naturales existentes en tierras indígenas.
La comisión insta al Gobierno a tener en cuenta el derecho de los pueblos cubiertos por el Convenio a establecer sus propias prioridades y participar en los planes y programas de desarrollo nacional y regional.
Al respecto, APRODEH señala que la política de desarrollo ha sido trazada de manera vertical desde las autoridades, asumiendo que los indígenas no tienen ni voz ni voto en ello.
Incluso, el gobierno ha enviado un Proyecto de Ley para facilitar el desplazamiento de poblaciones debido a la ejecución de proyectos de desarrollo, lo cual puede implicar que los indígenas deban marcharse contra su voluntad de los lugares tradicionales donde viven.
APRODEH también hace suya la solicitud realizada por la comisión de suspender las actividades de exploración y explotación de recursos naturales que afectan a los pueblos indígenas, en tanto no se asegure su participación y consulta.
Esta solicitud ha sido también remarcada por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y diversas organizaciones indígenas.
La comisión recalca que las tierras indígenas se encuentran protegidas, tanto si tienen título de propiedad, como si se encuentran bajo una modalidad de ocupación tradicional.
Por eso, la comisión insta al Gobierno a que tome todas las medidas necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión.
Finalmente, APRODEH concuerda con la necesidad de establecer “medidas urgentes de carácter educativo en todos los sectores de la comunidad nacional con el fin de eliminar los prejuicios que se pudieran tener con respecto a los pueblos indígenas”.
De hecho, la crisis del año pasado reflejó que el propio gobierno tiene expresiones marcadamente discriminatorias hacia los pueblos indígenas.
APRODEH espera que el Estado peruano cumpla con las recomendaciones presentadas y que éstas permitan una nueva relación entre las autoridades estatales y los pueblos indígenas andinos y amazónicos.
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