- Equipo asesor confía en que el Poder Judicial sentará un precedente histórico que será punta de lanza para el reconocimiento de los derechos territoriales de los pueblos indígenas amazónicos.
Servindi, 27 de octubre, 2015.- Son varios los efectos positivos que ha provocado la acción de amparo contra la omisión de titulación en los territorios indígenas por la imposición de servidumbres petroleras gratuitas, sin compensaciones en la Región de Loreto, observó Lilyan Delgadillo Hinostroza, abogada del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS).
La demanda exige al Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio Público y el Gobierno Regional de Loreto la adecuada e inmediata titulación de los territorios de las comunidades indígenas.
La acción fue presentada por las organizaciones Federación Indígena Quechua del Pastaza (FEDIQUEP), Federación de Comunidades Nativas del Corrientes (FECONACO) y la Asociación Cocama de Desarrollo y Conservación San Pablo de Tipishca (ACODECOSPAT) con el apoyo legal de las asociaciones IDLADS y el Instituto de Defensa Legal (IDL).
El 10 de julio de 2015, el Juzgado Mixto de Nauta, resolvió admitir la demanda en vía de proceso constitucional, abriendo el camino hacia la reivindicación de los derechos territoriales de FECONACO, FEDIQUEP y ACODECOSPAT.
Uno de los efectos positivos fue provocar que el Ejecutivo apruebe el 17 de octubre una norma que autoriza la transferencia de partidas a favor del Gobierno Regional de Loreto (D.S 292-2015-EF) para financiar la ampliación del servicio de catastro, titulación y registro de tierras en las comunidades nativas de las cuencas de los ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón de la Provincia del Datem del Marañón y Loreto.
A lo anterior se agrega que la viceministra de Interculturalidad anunció el 13 de octubre que el Gobierno emitirá en los próximos días una resolución suprema por la cual se establecerá que las “empresas de hidrocarburos que operan en la Amazonía, tendrán que pagar el derecho de servidumbre a las comunidades indígenas, tengan o no titularidad de sus tierras”.
El Equipo de IDLADS -señala Delgadillo- confía en que el Poder Judicial sentará un precedente histórico que será la punta de lanza al reconocimiento de los derechos territoriales de los pueblos indígenas amazónicos, y hace votos para que el Gobierno Regional de Loreto escuche sus demandas y trabaje con ellos de la mano para el desarrollo de sus planes de vida y el futuro de sus pueblos.
A continuación el artículo completo escrito por Lilyan Delgadillo Hinostroza:
Primeras consecuencias de la histórica demanda de titulación de Feconaco, Fediqueq y Acodecospat
Por Lilyan Delgadillo Hinostroza*
La utilización de tierras comunales y ancestrales de propiedad indígena ha beneficiado a sobremanera a los responsables y dueños de las actividades hidrocarburíferas, mineras, hidroeléctricas, entre otras, que solicitan al Estado las servidumbres gratuitas sobre territorios indígenas no inscritos, y es evidente que muchos de los territorios de posesión ancestral no se encuentran titulados porque sus costumbres de territorialidad, no son las mismas que las burocráticas de la sociedad civil.
En el caso de servidumbre de hidrocarburos en los Lotes 192, ex 1AB, y Lote 8X, los propietarios de la tierra comunal y ancestral debieron ser previamente indemnizados en efectivo por el titular de actividad, en este caso Pluspetrol, según valorización que debió incluir una compensación por el perjuicio real que ocasionó hasta la actualidad. El problema de la norma es que la propia autoridad interesada en promover esa concesión (MINEM) es el que interviene en la valorización económica de la servidumbre, y adicionalmente está el tema de que el valor del predio que se toma como referencia es el de un predio con fines agrícolas, sin tomar en consideración el valor social, cultural y ecosistémico de las tierras comprometidas, ni las dimensiones y objeto del proyecto de inversión, siendo el valor económico que se establece por la vía administrativa, ridículo e insignificante al no tener en cuenta las consideraciones antes expuestas.
Es en razón a ello que, las organizaciones FEDIQUEP, FECONACO y ACODECOSPAT y sus comunidades, con el apoyo legal de IDLADS e IDL presentaron el pasado 27 de mayo de 2015, una acción de amparo contra la omisión de titulación en los territorios indígenas por la imposición de servidumbres petroleras gratuitas, sin compensaciones en la Región de Loreto, demanda que exige a diferentes entidades públicas, tales como el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio Público y el Gobierno Regional de Loreto (GOREL), la adecuada e inmediata titulación de los territorios de las comunidades indígenas, esto en respeto de sus derechos territoriales frente a varias décadas de vulneración de Constitución Política del Perú, la Ley de Comunidades, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
La demanda solicita además a Pluspetrol Norte S.A. pagar las servidumbres petroleras a todas las comunidades nativas sobre las que se superponen los lotes 1AB y 8, desde que opera en las referidas concesiones hasta la actualidad. Esta demanda fue dirigida en contra de las Resoluciones Supremas del Ministerio de Energía y Minas No 060-2006-EM y N° 061-2006-EM, las cuales otorgan servidumbres gratuitas de ocupación a favor de la empresa Pluspetrol Norte S.A., y desconocen la propiedad ancestral de las comunidades indígenas, afectando su legítimo derecho a servidumbres. Frente a esta situación de inseguridad jurídica de los territorios y de derechos vulnerados, a los cuales se suman a otros aspectos políticos y jurídicos, agravados por las terribles consecuencias socio ambientales generadas por décadas de explotación petrolera en las comunidades de la zona, las federaciones indígenas y han iniciado este proceso histórico esperando la intervención de las autoridades de justicia para reivindicar sus derechos ancestrales.
La demanda también cuestiona la Ley N° 30327, Ley de la Promoción de las inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible, del 20 de mayo de 2015, por ser un obstáculo a la titulación de territorios indígenas, al impedir que la autoridad competente otorgue títulos de propiedad sobre terrenos destinados a Derechos de Vías sobre Servidumbres; así como por la modificación penal en el mismo, que criminaliza el derecho constitucional de protesta indígena, afectando y atentando gravemente a las comunidades nativas demandantes, impidiéndoles su legítimo derecho a la protesta.
Con fecha, 27 de mayo de 2015, se realizó una conferencia de prensa para la sociedad civil y los medios de comunicación, con la finalidad de socializar y precisar motivos y fundamentos de esta demanda clave para las organizaciones indígenas titulares de la demanda y su defensa legal, realizarán. Posteriormente, en un hecho sin precedentes, que exalta la labor judicial de Loreto, el 10 de julio de 2015, el Juzgado Mixto de Nauta, mediante la Resolución N° 1, resuelve admitir la demanda en vía proceso constitucional, abriendo el camino hacia la reivindicación de los derechos territoriales de FECONACO, FEDIQUEP y Acodecospat.
Bien sostiene Henry Carhuatocto, Presidente del IDLADS, que uno de los efectos positivos de esta demanda ha sido provocar que como respuesta a la misma el 17 de octubre el Ejecutivo apruebe la norma que “Autoriza la transferencia de partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto- D.S 292-2015-EF”, por la suma de CUATROCIENTOS DOCE MIL CIENTO CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 412,105.00), a favor del GORE Loreto, monto destinado a financiar el proyecto de inversión pública “Ampliación del servicio de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en las Comunidades Nativas de las Cuencas de los ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón de la Provincia del Datem del Marañón y Loreto”, ciertamente este monto es absolutamente insuficiente, pero se saluda el gesto de apertura gubernamental.
Por otra parte, otra de las consecuencias directas de la demanda es que el 13 de octubre, la Viceministra de Interculturalidad Patricia Balbuena, afirmó que el Gobierno emitirá en los próximos días una resolución suprema por la cual se establecerá que las “empresas de hidrocarburos que operan en la Amazonía, tendrán que pagar el derecho de servidumbre a las comunidades indígenas, tengas o no titularidad de sus tierras”. Asimismo, señaló que un problema latente en la Amazonía es la falta de titulación de las tierras, lo cual conlleva a una serie de conflictos sociales. Y que a la fecha son 493 comunidades indígenas que están esperando ser reconocidas con la titulación. Bien concluye, Katherine Serrato de IDLADS, que el pago de servidumbres a poblaciones indígenas se hará efectivo para comunidades que estén o no tituladas, lo que resulta un avance al estado actual de las cosas, de acorde con lo dispuesto por la Corte IDH.
El 22 de octubre, la mítica Acodecospat en su XIV Congreso en la Comunidad de Dos de Mayo se reunió con sus 64 comunidades base, y exhortó al Gobierno Regional de Loreto que promueva la titulación de sus pueblos en coordinación y consenso con las organizaciones indígenas de FECONACO, FEDIQUEP y OPIKAFPE de las Cuatro Cuencas de Loreto, y le otorgó un plazo para ello a la entidad regional que vence el 27 de octubre. El Equipo de IDLADS tiene la confianza que el Poder Judicial sentará un precedente histórico que será la punta de lanza al reconocimiento de los derechos territoriales de los pueblos indígenas amazónicos, y hacemos votos para que el Gobierno Regional de Loreto escuche sus demandas y trabaje con ellos de la mano para el desarrollo de sus planes de vida y el futuro de sus pueblos.
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*Lilyan Delgadillo Hinostroza es abogada del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS).
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