Informe de la Defensoría del Pueblo confirmó que Estado carece de una política pública adecuada para el reconocimiento y titulación de las comunidades campesinas y nativas del Perú |
El proyecto de Ley 3941 acelerará el acceso de tierras del Estado a proyectos de inversión. Sin embargo, no aclara qué ocurrirá con las comunidades indígenas que todavía no consiguen la titulación de sus tierras. ¿Será esta una ley que genere posible conflictos sociales?
Por José Carlos Díaz Zanelli
Servindi, 13 de abril, 2015.- En manos del Pleno del Congreso ha quedado el futuro de las miles de comunidades indígenas que hay en el Perú y que aún no han alcanzado la titulación de sus territorios.
Se trata de la Ley 3941 –conocido como Cuarto Paquetazo Ambiental-, recientemente aprobada por la Comisión de Pueblos Andinos. Este proyecto, iniciativa del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), se encuentra actualmente en la agenda del Legislativo con la apostilla de “urgente”.
Pero, ¿qué implicancia tiene esta norma sobre las comunidades?
En primera instancia, varios de sus artículos están enfocados en agilizar los trámites de adquisición de certificados ambientales, esto a través de la creación de una ventanilla única para esta materia que sería el Senace, órgano adscrito al Ministerio del Ambiente que se encargaría además de revisar los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) detallados y no detallados.
Dicho esto se arriba al capítulo de la polémica, el destinado a la Servidumbre.
Servidumbre en riesgo
Lo que literalmente dice esta iniciativa es que se facilitará el otorgamiento de la servidumbre para proyectos de inversión sobre territorios de propiedad estatal. Es más, todo esto se haría en 15 días si el titular de una concesión presenta sus documentos y el Estado no responde pues primaría el principio del “silencio administrativo positivo”.
Hasta este punto uno aún podría preguntarse, ¿en qué parte se ven afectadas las comunidades?
Simple, en el Perú existen todavía hay miles de comunidades indígenas y campesinas que no tienen aclarada la posesión de un terreno y, menos aún, poseen la titulación. Es decir, que el Estado podría conceder a cualquier empresa en 15 días un terreno ocupado por alguna comunidad solo por el hecho de que esta aún no tiene regularizada su titulación.
La congresista Verónika Mendoza previó este posible conflicto mientras el proyecto se debatía en la Comisión de Pueblos Andinos.
Congresistas Eduardo Nayap y Verónika Mendoza respaldaron oposición de organizaciones indígenas pero sus colegas de la Comisión hicieron caso omiso a sus compromisos con los pueblos.
“Creo que es fundamental precisar que cerca de 4 mil comunidades campesinas y nativas aún no están tituladas. Pedimos a los ministerios de Cultura y Agricultura que nos dieran el listado de comunidades tituladas, en posesión, solicitando ampliación y etcétera. No respondieron”, se queja la parlamentaria.
A propósito, el ente que se encargará de ceder los terrenos será la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), que no es precisamente un órgano adscrito al Ministerio de Cultura, el sector que debería saber dónde y qué comunidades ocupan determinado espacio.
Es decir que se hace latente el siguiente escenario: la superposición entre el otorgamiento de un territorio para alguna actividad de inversión y la ocupación de este mismo territorio por parte de una comunidad. ¿Cuál sería la salida: un desalojo arbitrario con orden judicial o el estallido de un conflicto social?
Posición oficialista
Respecto a este tema el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar Vidal, ha señalado que la Ley 3941 no se aplicaría para la selva -donde ya se han entregado varias servidumbres gratuitas- y solo se haría en terrenos del Estado. Sin embargo, reconoció que la iniciativa aún es susceptible de mejoras en el debate del Congreso.
“Las normas sobre servidumbre solo están orientadas a tierras del Estado. Estas servidumbres no se aplican en zona de selva, salvo para proyectos de electrificación”, argumentó el último fin de semana el titular del Ambiente.
Por otra parte, el miércoles pasado en la sede del MEF hubo una reunión en la que participó también la viceministra de Interculturalidad, Patricia Balbuena, quien aseguró que se reconocerá el uso del territorio en cuestión a toda comunidad que tenga título de propiedad y posesión, como obliga al Estado peruano el Convenio sobre Pueblos Indígenas núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Sin embargo, como se ve ninguna de las dos defensas aclara qué ocurrirá con las comunidades que, justo por falta de agilidad en los trámites, aún no haya logrado la titulación de su territorio.
Comentarios
Donde ubico la relación de CCNN de la Región Loreto, que se encuentren titulados y no titulados. Si tiene favor enviarme al correo citado. Estoy pronto a escribir un articulo correspondiente a Región Étnica Ambiental de Loreto (REAL), como lo publico en este lugar.
Este proyecto de ley no debe pasar. Parafraseando la voz de los "empresarios" decimos que ese proyecto es terrorista anticomunidades o pueblos indígenas.
Nuestros "empresarios" que pretenden libre acceso a las casa de los pueblos originarios siguen siendo los encomenderos que Huamán Poma de Ayala describe. ¡Qué mal!
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