- Declaraciones del Foro Internacional de Pueblos Indígenas en Conferencia climática de Bonn.
Servindi, 21 de junio, 2014.- A continuación publicamos las traducciones al español no oficiales de tres declaraciones del Foro Internacional de los Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático durante su participación en la Conferencia sobre el cambio climático realizada a inicios de junio en Bonn, Alemania.
Las intervenciones del Foro que presentamos corresponden al cuarenta período de sesiones del Órgano Subsidiario de Ejecución (OSE 40), al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (OSACT 40) y al período de sesiones de junio del Grupo de Trabajo Especial sobre la Plataforma de Durban para una acción reforzada (GPD).
Ellas tuvieron lugar entre el 4 y 15 de junio de 2014 en la Conferencia intersesional sobre el Cambio climático en Bonn, Alemania.
Más información puede obtenerse en la página oficial de la conferencia (https://unfccc.int/portal_espanol/items/3093.php).
Los textos originales en inglés pueden consultarse en la página de la Red de Monitoreo e Información sobre Cambio Climático de Pacto de los Pueblos Indígenas de Asia (http://ccmin.aippnet.org/)
Lea a continuación los documentos:
Declaración del Foro Internacional de los Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático (IIPFCC) ante el Plenario de Clausura de la 40ta Sesión del Órgano Subsidiario de Ejecución (OSE 40) el 15 de junio de 2014 en Bonn, Alemania
Gracias presidente por permitirme hablar en representación del Foro Internacional de los Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático.
Los pueblos indígenas reiteramos al SBI y los Estados Parte las siguientes recomendaciones:
La adopción de un enfoque integrado y holístico para la implementación de planes de trabajo de adaptación y mitigación, que promueva y respete plenamente los derechos, culturas, conocimientos y sistemas de gobierno tradicionales, instituciones, modos de vida y tecnologías de los pueblos indígenas.
La protección de los derechos de los pueblos indígenas sobre las tierras, territorios y recursos y su salvaguarda de mayor devastación por las industrias extractivas y los monocultivos, entre otros.
El desarrollo de la estructura, efectividad y plan de trabajo del mecanismo internacional de pérdidas y daños asociados a los impactos del cambio climático deben asegurar la participación activa de los pueblos indígenas.
El reconocimiento en todo nivel decisorio de nuestros derechos al consentimiento libre, previo e informado sobre toda medida, política y proyecto que afecte nuestras tierras, territorios y recursos.
La creación de un mecanismo financiero que brinde acceso directo a los pueblos indígenas para que podamos mejorar y continuar desarrollando nuestras capacidades de adaptación, fortaleciendo los conocimientos y medios de vida tradicionales.
El reconocimiento de nuestros sistemas de saberes tradicionales, instituciones ancestrales y mejores prácticas en todas las acciones de adaptación y mitigación del cambio climático, incluyendo los mecanismos de "pérdida y daño", como informó en Grupo de Trabajo II del Quinto Informe de Evaluación del IPCC, que señala: "los sistemas de conocimientos y prácticas indígenas, locales y tradicionales, incluyendo su concepción holística de la comunidad y el medioambiente, son un gran recurso para la adaptación, aunque no haya sido utilizado de forma consistente por los diversos esfuerzos de adaptación actuales. La integración de esas formas de conocimiento con las prácticas existentes aumentará la efectividad de la adaptación."
Muchas gracias.
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Declaración del Foro Internacional de los Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático (IIPFCC) ante la Sesión de Clausura del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (OSACT 40), el 15 de junio de 2014 en Bonn, Alemania
Gracias co-presidentes y distinguidos delegados de las partes por esta oportunidad de hablar en representación del Foro Internacional de los Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático.
Los pueblos indígenas expresamos graves preocupaciones por la determinación de algunas de las partes de debilitar la posición de los pueblos indígenas relativa a los beneficios no-carbono, que es contar con estos beneficios como pre-requisito para pagos basados en resultados.
El texto borrador de SBSTA fechado el 10 de junio permite a las partes determinar nacionalmente los beneficios no-carbono, lo que acelerará el desembolso de pagos basados en resultados sin considerar cuestiones de tenencia de la tierra, precisamente uno de los beneficios no-carbono de los pueblos indígenas. Este tipo de desarrollo en los beneficios no-carbono es inaceptable para nosotros. Aunque el borrador del SBSTA fechado el 14 de junio eliminó el texto que reconocía los beneficios no-carbono como específicamente nacionales, requerimos a las partes dirigir sus energías y discusiones hacia marcos internacionales sobre las cuestiones metodológicas de los beneficios no-carbono. Nuestros beneficios no-carbono están anclados a nuestros derechos fundamentales - como reconocen la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y otras obligaciones e instrumentos, que no pueden asegurarse sin la gobernanza y formas legales necesarias. Modos de vida, biodiversidad, derechos de los pueblos indígenas y seguridad alimentaria están intrínsecamente relacionados. Los beneficios no-carbono deben ser valorados adecuadamente y definidos dentro del marco de los derechos humanos.
La guía metodológica sobre Sistemas de Información sobre Salvaguardas (SIS) debe respetar, reconocer y promover los sistemas de monitoreo e información comunitarios participativos basándose en el conocimiento tradicional, las leyes consuetudinarias, el manejo de bosques y las prácticas de los pueblos indígenas.
Reconocemos la presencia de provisiones para Salvaguardas y Mecanismos de Queja en el Instrumento de Gobierno del Fondo Verde para el Clima (FVC). Solicitamos a las partes apoyar nuestro llamado a la representación de las organizaciones indígenas como observadores activos en la Junta Directiva del FVC y nuestro acceso directo al fondo.
Por último, toda política de adaptación y mitigación, estrategias, acciones y programas deben respetar los derechos colectivos y la propiedad de los pueblos indígenas sobre los bosques, tierras, territorios y recursos, en línea con los estándares internacionales e instrumentos como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Gracias.
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Declaración del Foro Internacional de los Pueblos Indígenas sobre Cambio Climático (IIPFCC) ante el Grupo de Trabajo Especial sobre la Plataforma de Durban para una acción reforzada (GPD) durante la 5ta parte de su segunda sesión el 4 de junio de 2014 en Bonn, Alemania.
Alentamos a todas las partes nacionales a adoptar modelos de desarrollo consistentes con los objetivos de la convención sobre reducción de emisiones, guiados por los principios de responsabilidad histórica pero diferenciada, para mantener el aumento de la temperatura global por debajo de los 1.5 grados Celsius.
El enfoque general de los derechos humanos debe integrarse al régimen del cambio climático. Los derechos de los pueblos indígenas reconocidos por la DNUDPI e incluidos en las salvaguardas de REDD, junto a la afirmación de los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas, como reflejan la Decisión de Varsovia del Programa de Trabajo de Nairobi y el más reciente informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, deben ser cabalmente reflejados y elaborados en el nuevo acuerdo climático.
Por lo tanto llamamos a una acción urgente que tome en cuenta y respete los derechos de nuestros pueblos, el valor de la cosmovisión indígena y el conocimiento tradicional, tecnologías, prácticas, instituciones y gobernanza consuetudinaria, a lo largo de un proceso del cambio climático que priorice las actividades de adaptación en los territorios de los pueblos indígenas.
El documento resultante de la Plataforma de Durban debe operacionalizar el Acuerdo Cancún, ya que reconoce explícitamente que las partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) tienen obligaciones relativas a los derechos humanos, y que deberían respetarlos plenamente en todas las decisiones relacionadas con el cambio climático, incluyendo los derechos de los pueblos indígenas. Debe garantizar completa y efectiva participación de los pueblos indígenas en todos los procesos, programas y acciones en todos los niveles, incluyendo el acceso inter alia a mecanismos de financiamiento, financiamiento, MRV y salvaguardas vinculantes y todo otro mecanismo en desarrollo relacionado con el cambio climático.
Muchas gracias presidente.
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Traducido al español para IWGIA y SERVINDI por Luis Manuel Claps.
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