Servindi, 28 de febrero, 2021.- La persecución emprendida por el régimen de Daniel Ortega en Nicaragua contra la sociedad civil y los "agentes extranjeros" fue rechazada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La calificación de "agente extranjero" a cualquier entidad física o jurídica que sea beneficiaria o tenga vínculos de cooperación internacional es un pretexto para buscar silenciar a las personas y organizaciones indicó la CIDH.
La Comisión señala que el Acuerdo Ministerial 03-2021 es contrario a los estándares internacionales al disponer sanciones desproporcionadas como la cancelación de la personalidad jurídica de instituciones de la sociedad civil.
Establece multas que pueden llegar a casi 500 mil dólares a las organizaciones identificadas como agentes extranjeros y abre canales de persecución penal por la presunta comisión de delitos contra la "seguridad del Estado".
Varias organizaciones civiles de Nicaragua han expresado que no se someterán al referido registro y regulación, pues rechazan ser identificadas como "agentes extranjeros".
Tal es el caso de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro y de PEN Nicaragua, que anunciaron en febrero que, suspenden indefinidamente sus actividades en el país.
Otras organizaciones expresaron que continuarán funcionando sin registrarse, asumiendo las sanciones que se deriven de esta conducta.
La Comisión Permanente de Derechos Humanos en Nicaragua indica que fueron obstaculizados por el propio Ministerio de Gobernación, al exigírsele nuevos requisitos o documentos no contemplados en la normativa.
El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) expresó su total rechazo y preocupación ante la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, con la que el gobierno pretende ejercer un control absoluto y totalitario.
No solo amenaza a la ciudadanía en general, sino también a los medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil, de derechos humanos y movimientos sociales.
Se trata de controlar todas sus actividades con énfasis en el ámbito político, laboral y económico, estableciendo un sistema de espionaje contra las personas que a su arbitrio considere de oposición al gobierno.
La Comisión Interamericana puntualiza que se busca restringir el ejercicio de libertades públicas, como la de expresión, asociación, participar en la dirección de los asuntos públicos, el derecho de protesta y el derecho a defender derechos, entre otros.
El contexto de falta de independencia y actuar arbitrario e ilegal de los órganos administrativos y judiciales en el país, hace prever el uso de esta normativa con el objetivo de producir un efecto inhibitorio del debate público y de la participación democrática.
Esto es especialmente preocupante, advierte la CIDH, cuando se inicia el año en que se producirán en el país elecciones nacionales para decidir las más altas investiduras del Estado.
La ley se implementa junto con otras recientemente aprobadas que son materia de preocupación de la CIDH como la Ley Especial de Ciberdelitos, la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo y la Reforma al Código Procesal Penal.
El paquete normativo tiene los mismos fines: generar un efecto de amedrentamiento que limita la libertad de expresión contrarios a los estándares interamericanos en derechos humanos:
La Comisión llama al Estado de Nicaragua, a derogar esta normativa, y dejar sin efecto las leyes que impiden ejercer las libertades públicas, obstaculizan el debate democrático e impiden el funcionamiento regular de las organizaciones de la sociedad civil.
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