La irrupción de los derechos de la naturaleza en el debate constituyente en Chile
Por Eduardo Gudynas*
22 de agosto, 2021.- Apenas se instaló la Convención Constituyente en Chile, se inició un debate sobre el ambiente y las estrategias de desarrollo que ofrece muchas enseñanzas para todos los países, incluido Perú. Lo más llamativo es que a poco más de un mes de instalada, la idea de los derechos de la Naturaleza sea uno de los principales focos de atención. No sólo eso, sino que quienes históricamente han reflejado las miradas convencionales y de los actores empresariales sobre el manejo de los recursos naturales, han dejado en claro el temor que les despierta la mera posibilidad que se reconozca a la Naturaleza como un sujeto con derechos.
El más claro ejemplo de ese ánimo son dos editoriales publicados por el periódico El Mercurio en Santiago de Chile, que es muy conocido por transmitir las voces de sectores políticos conservadores y empresas nacionales y extranjeras. En el primero, publicado el 8 de agosto, un domingo, y por lo tanto buscando el máximo impacto, cuestiona que los constituyentes aborden las ideas de plurinacionalidad y derechos de la Naturaleza (1). Alude que ello violaría un espíritu democrático y que todo eso terminaría en la interpretación de tribunales, lo que se rechaza.
Apenas cuatro días después publicó un segundo editorial, enfocado en criticar el concepto de una Naturaleza con derechos (2). En esa entrega se argumentaba que la Naturaleza es solamente un agregado físico y químico, y que su gestión debía ser resuelta técnica y económicamente. Es importante examinar con detalle esos postulados ya que se están volviendo cada vez más comunes en la región.
La Naturaleza que describe El Mercurio carece de seres vivos, no hay plantas ni animales, ya que sería únicamente un agregado físico-químico. Como esa condición es cambiante, no habría guías para proteger derechos. Esta es una ceguera ecológica impactante ya que se anula toda la riqueza en fauna y flora que se encuentra en cualquiera de nuestros países. La Naturaleza es también un conglomerado de seres vivos con toda clase de interacciones ecológicas entre ellos. Sin embargo, ese texto es un reduccionismo extremo al concebir una Naturaleza como un conglomerado de objetos propios de la física y la química.
ese texto es un reduccionismo extremo al concebir una Naturaleza como un conglomerado de objetos propios de la física y la química.
El editorial incurre en otro error varias veces repetido, al vincular los derechos de la Naturaleza con la hipótesis Gaia. Esta última es concebida a escala planetaria; es una condición de la biósfera. Pero la Naturaleza es siempre local, por lo tanto su reconocimiento y aplicación también es local. Los conglomerados de vida en un sitio, como pueden ser los bosques del sur de Chile son muy distintos a los desiertos en el norte, y los derechos son específicos para cada comunidad de vida, cada una con sus particulares procesos ecológicos y evolutivos.
Para El Mercurio, la Naturaleza no podría tener derechos porque es un conglomerado de objetos, estos pueden ser propiedad de alguien (personas o empresas), y son ellos los que ostentan los derechos sobre aquellos objetos. La gestión del ambiente, de los territorios o de los recursos naturales, sería una cuestión de instrumentos económicos y relaciones de mercado.
En esa perspectiva, El Mercurio sostiene que se debe seguir al llamado “reporte Dasgupta”, que es una evaluación organizada por el tesoro del Reino Unido (3). A tono con ese reporte, denominado de ese modo por el apellido de su coordinador, el diario chileno sostiene que lo que se debe preservar son los servicios de los ecosistemas y aplicar análisis de costo beneficio. Ese marco teórico y ese tipo de políticas son conocidos, y tanto ese reporte como otros de su tipo han sido muy criticados ya que reconvierten a la Naturaleza bajo categorías de mercado, tales como Capital Natural o bienes ecosistémicos, y lo que dentro de ella se manifiesta no es la vida sino que es la provisión de servicios útiles para el ser humano.
Por lo tanto, se deberían comparar los costos y beneficios económicos, por ejemplo entre preservar un cerro, con sus manantiales, sus animales y sus plantas, o convertirlo en un tajo a cielo abierto para extraer minerales. Como ese cálculo lo hace una economía que no es capaz de contabilizar la vida de la flora y fauna, siempre pierde la Naturaleza que ocupa el cerro y son más rentables los minerales, ya que sí sabe contar el dinero de inversiones y exportaciones.
Bajo esa perspectiva, algo similar ocurre con el agua y las cuencas. El agua deja de ser un elemento central de la Naturaleza y de sostén de la vida vegetal y animal, y es reconvertida en un servicio ambiental, y por ello puede ser transada en el mercado y estar bajo derechos de propiedad o uso exclusivo.
La irrupción, aquí en el sur, de ese tipo de políticas ambientales, como el “reporte Dasgupta”, no puede sorprender. Su coordinador, Partha Dasgupta, visitó recientemente Chile, invitado por el Consejo Nacional de Innovación para el Desarrollo, con amplia difusión en círculos académicos, el apoyo gubernamental y la difusión en los medios (4). Al mismo tiempo, CEPAL también está considerando esas ideas.
La mercantilización de la Naturaleza que resulta de las ideas de El Mercurio también explicaría su rechazo a la plurinacionalidad. Como ésta admite otras culturas, cosmovisiones u ontologías, obliga a una interculturalidad que respeta a quienes conciben que la Naturaleza, como puede ser un cerro o un río, son sujetos en sí mismos. En tanto sujetos, inmediatamente se les debe reconocer derechos. Como el periódico chileno rechaza a una Naturaleza como sujeto, también debe oponerse a la interculturalidad que le pueda dar cobijo, y así considera inaceptable la plurinacionalidad.
Esto lo dice sin ambigüedades, y El Mercurio sostiene que Chile debería seguir un modelo multicultural, citando a Canadá, Noruega o Australia. Sin embargo, la apuesta multicultural está repleta de problemas, especialmente por folklorizar y guettizar a los pueblos indígenas, mientras que la experiencia sudamericana, que sin duda tiene claroscuros, aspira a otras metas ya que la plurinacionalidad es la vía para una interculturalidad que intenta respetar todas esas cosmovisiones.
Igualmente, el editorialista de El Mercurio no está muy informado porque justamente uno de sus ejemplos, Nueva Zelanda, aprobó en 2017 los derechos de un río y su cuenca, o sea, los derechos de la Naturaleza. Si una legislación como la neozelandesa se implanta en Chile, todo el debate sobre la propiedad y manejo del ambiente, y en especial del agua, cambiaría radicalmente.
La irrupción de la idea de una Naturaleza como sujeto de derechos en Chile se debe en buena medida a la acción que durante años han llevado adelante comunidades locales y organizaciones ciudadanas. La defensa de los territorios, de la calidad del ambiente, y en especial del agua, y el enfrentamiento a los extractivismos, han alimentado esas movilizaciones, como lo ejemplifica el Movimiento por el Agua y los Territorios (MAT). Muchos de ellos han participado de las demandas por una nueva constitución, e incluso cuentan ahora con sus propios convencionales. También son muchos los que conocen tanto los problemas en los países vecinos como la experiencia ecuatoriana de reconocer los derechos de la Naturaleza en su constitución de 2008. Incluso, en la Convención Constituyente chilena se acaba de aprobar una comisión temática dedicada a Derechos Humanos y Verdad Histórica en la cual explícitamente se abordará los derechos de la Naturaleza.
Esto deja en claro que la promoción de una Naturaleza con derechos no es un invento académico ni una manía de algunas ONG o consultores, sino que proviene de debates, aprendizajes y experiencias ciudadanas.
Ese tipo de vinculación, entre defensa de territorios, agua y ambiente, orientada a reclamar derechos de la Naturaleza se repite en todos los países y está presente en Perú. Uno de sus ejemplos recientes es el proyecto de ley sobre descontaminación, remediación y recuperación de cuencas hidrográficas afectadas por daños ambientales, que aprobó el anterior congreso. En su artículo 2, se listan las cuencas de prioridad para acciones ambientales, y concluye: “Reconócese que los ríos, lagos y lagunas del Perú tienen derecho a existir y a regenerar sus ciclos vitales y procesos evolutivos”. Es un claro reconocimiento de derechos de la Naturaleza enfocados en los ríos y sus cuencas. Sin embargo, el presidente Castillo acaba de observar la iniciativa, a partir de cuestionamientos del Ministerio del Ambiente, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Economía, y hasta de la propia Presidencia del Consejo de Ministros (5). Aunque posiblemente esa observación sepulte por ahora a ese proyecto de ley, deja en claro que existe en Perú la misma demanda por reconocerle derechos a la Naturaleza.
Como resulta de este breve recorrido, el debate chileno es muy ilustrativo al dejar en claro el enorme temor que se siente ante la mera idea de que los constituyentes traten la noción de los derechos de la Naturaleza. No estamos ante un cuestionamiento usual, como podría ser reclamar rebajas en los controles ambientales o la flexibilización de la normativa, lo que ha sido lo usual en Chile como en otros países. La crítica es ahora de otro tipo y se enfoca en el viraje sustancial que implicaría otorgarle derechos a la Naturaleza. El Mercurio admite que esos temas están “asomando” pero reclama “minimizarlos” y enfrentarlos desde ya. Están en juego enormes intereses económicos que dependen de la apropiación de recursos naturales y cuya rentabilidad escala contaminando el ambiente.
Pero las organizaciones ciudadanas también deben tener algo en claro, y en especial las que han batallado por años para lidiar con la problemática de los pueblos originarios y el ambiente, donde las victorias siempre son pocas y el cansancio muchas veces golpea: lo que está diciendo El Mercurio es que se ha avanzado tanto pero tanto, que están temerosos y se ven obligados a responder.
Notas:
(1) Convención: avances con dudas, El Mercurio, Santiago, 8 de agosto 2021.
(2) ¿La Naturaleza como sujeto de derechos?, El Mercurio, Santiago, 12 agosto 2021.
(3) The economics of biodiversity: the Dasgupta review; informe convocado por el Tesoro del Reino Unido, Londres, 2021.
(4) Por ejemplo: Seminario Reactivación sustentable: la economía de la biodiversidad, con Sir P. Dasgupta, Consejo Nacional de Innovación para el Desarrollo, 27 mayo 2021.
(5) Presidente Castillo observa Ley de Descontaminación de ríos, Servindi, Lima, 16 agosto 2021
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* Eduardo Gudynas es analista en el Centro Latino Americano de Ecología Social (CLAES) e investigador asociado del Observatorio Latino Americano de Conflictos Ambientales (OLCA). El presente texto resume ideas publicadas por OLCA.
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Fuente: CooperAccion: https://cooperaccion.org.pe/la-irrupcion-de-los-derechos-de-la-naturaleza-en-el-debate-constituyente-en-chile/
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