La implementación y ejercicio de la autonomía, o libre determinación de los pueblos indígenas, todavía es un tema pendiente por parte de los Estados. Este fue uno de los puntos discutidos en un foro virtual, en la que participaron miembros de organismos internacionales, como el de la ONU.
Servindi, 5 de noviembre, 2020.- La implementación de la autonomía o libre determinación de los pueblos indígenas, con un reconocimiento político, constitucional y legal, aún es un tema pendiente por parte de los Estados.
Esta fue una de las conclusiones del evento virtual Avanzando en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas a la autonomía y autogobierno: Construyendo autonomías, realizado en la presente fecha.
Este seminario (organizado por IWGIA) profundizó sobre la importancia de seguir avanzando –a través de diálogos y mecanismos nacionales e internacionales– en el reconocimiento y ejercicio de la autonomía de los pueblos indígenas.
El foro fue motivado en base al libro Construyendo autonomías, que aporta al proceso de legitimización sobre el reconocimiento y ejercicio de este derecho.
Acceda a la publicación mediante el siguiente enlace:
- Construyendo Autonomías (PDF, 72 páginas).
Debemos entender la autonomía o libre determinación como el derecho que tiene esta población a decidir sus propias formas de gobierno en defensa de su desarrollo social, económico, educativo, entre otros.
Francisco Cali, relatador especial de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas y quien expuso en el evento, precisó que la autonomía no solo se puede ver como una cuestión de identificación étnica:
“La libre determinación debe estar basada en el reconocimiento de las tierras o territorio del pueblo indígena”, mencionó.
Antonia Urrejola, vicepresidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tiene el mismo parecer.
Afirma que una de las obligaciones de los Estados es reconocer la libre determinación con el uso del territorio.
Shapiom Noningo, secretario técnico del Gobierno Territorial Autónomo de la Nación Wampís (Perú), participó del foro y argumentó en defensa de esa facultad.
Adujo que las autonomías que promueven las organizaciones indígenas en el mundo deben ser tomadas como una fortaleza de las naciones y una ayuda al Estado nacional.
Pues la intención de la libre determinación no es destruir la sociedad civil, sino más bien contribuir al progreso de la democracia de los países, explicó.
Implementación de la autonomía
Jens Dahl, ex miembro del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas, señaló en el evento virtual que se requiere esclarecer tres puntos para la implementación de la autonomía.
La primera es que los indígenas deben y/o necesitan ser reconocidos como tal en sus países; la segunda comprende estar organizados; y la tercera implica negociar con los respectivos Estados nacionales a los cuales pertenezcan.
Sobre este último punto, se resalta la importancia de que los pueblos indígenas tengan representantes electos, por ejemplo, en los parlamentos para facilitar el ‘diálogo’.
Noningo manifiesta que, para llevar a cabo la libre determinación, se necesita de una facilitación de acompañamiento técnico por parte del Estado, sin embargo, existen obstáculos por parte de este.
Cuando se solicita o se practica la libre determinación de los pueblos indígenas, esta se cuestiona por parte del Estado e, incluso, no se respeta.
Cali explica de este modo sobre la situación real del caso, que se refleja en América Latina.
Al respecto, Victoria Tauli-Corpus, ex relatadora especial de la ONU para los derechos de los pueblos indígenas, menciona el caso de México.
En este país hay grupos indígenas que se han declarado autónomos y están a cargo de varias municipalidades.
No obstante, el Gobierno puso en tela de juicio está acción, a pesar de que es un derecho en la constitución mexicana, refiere Tauli-Corpus.
Por esta situación, la especialista resalta que “la autonomía y la libre determinación es algo esencial que los Estados deben hacer” y que se debe defender.
Jurisprudencia internacional con poco antecedente
Antonia Urrejola, en materia jurisprudencial, sostuvo que la libre determinación es un derecho que no se ha desarrollado profundamente por parte de los organismos internacionales de derechos humanos.
Urrejola reconoce que recién en el 2019 –como parte de los informes temáticos de la CIDH– se abordó de manera explícita los derechos a la libre autodeterminación de los pueblos indígenas.
Esto como parte de una evolución jurisprudencial en la CIDH, ya que en el 2013 se trató la libre determinación, pero en relación con pueblos indígenas en aislamiento o de contacto inicial.
En años precedentes a estos hubo omisión de este tema, aunque puntos vinculantes como la consulta previa.
La conclusión de la vicepresidenta de la CIDH es que existen problemas estructurales por parte de los Estados y órganos internacionales para tratar la implementación de la autoderminación indígena.
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El derecho a la autodeterminación de los pueblos indígenas tiene más de tres décadas ¿Por qué no hemos avanzado lo suficiente, incluso en países con mayoría demográfica indígena? pic.twitter.com/jwhhgIM3LI
— Servindi (@Servindi) October 13, 2020