Representantes del Parlamento Europeo enviaron carta abierta a Pedro Pablo Kuczynski para que reconsidere decisión. Perdón humanitario no pueden aplicarse en casos de graves violaciones de DDHH, señalan. Parlamentarios también indicaron que "existen graves indicios de que el indulto fue concedido como resultado de un acuerdo político hecho a espaldas de la ciudadanía".
Servindi, 30 de enero, 2018.- Representantes del Parlamento Europeo de Francia, España, Alemania, Inglaterra y otros países deploraron el indulto otorgado por Pedro Pablo Kuczynski a Alberto Fujimori.
En una carta abierta al mandatario no solo lo exhortan a reconsiderar la decisión del indulto sino también señalaron que, de acuerdo a la Corte IDH "el perdón humanitario y otro tipo de indultos no pueden aplicarse en casos de graves violaciones de los derechos humanos porque conllevan la impunidad para crímenes de máxima gravedad."
De igual forma, indicaron que "existen graves indicios de que el indulto fue concedido como resultado de un acuerdo político hecho a espaldas de la ciudadanía", entre otras irregularidades para su otorgamiento como las graves implicancias de esta decisión.
A continuación la reproducción completa de la a carta abierta.
Carta abierta al Presidente de la República del Perú
Señor Presidente,
Nosotros, diputados y diputadas del Parlamento Europeo, estamos consternados por su reciente decisión de conceder un indulto al antiguo Presidente de la República del Perú, Alberto Fujimori, quien fue condenado por las más graves violaciones de los derechos humanos por la judicatura peruana.
En 2009 la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú sentenció a Alberto Fujimori por graves violaciones de los derechos humanos en relación a los asesinatos cometidos en Barrios Altos y la Cantuta por los que el antiguo máximo dirigente del país fue condenado a cumplir veinticinco años de prisión. Otros procesos están pendientes.
Como la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reconocido en múltiples ocasiones, el perdón humanitario y otro tipo de indultos no pueden aplicarse en casos de graves violaciones de los derechos humanos porque conllevan la impunidad para crímenes de máxima gravedad. Su decisión de conceder un indulto a Alberto Fujimori no toma en consideración el principio de proporcionalidad entre la anulación de la pena y la gravedad de los hechos de los que es responsable el antiguo Presidente de la República. Además, existen informaciones preocupantes sobre la naturaleza del informe médico que sirvió de base para conceder el indulto humanitario. Parece que este no se realizó conforme a los requerimientos legales establecidos ya que el médico tratante de Alberto Fujimori fue miembro del equipo médico responsable de dicha evaluación. Este informe por lo tanto entra en contradicción con los principios de independencia y objetividad. Por otro lado, existen graves indicios de que el indulto fue concedido como resultado de un acuerdo político hecho a espaldas de la ciudadanía, de forma que este se asemejaría más a una recompensa política que a un acto humanitario.
El indulto presidencial por los casos de Barrios Altos y la Cantuta, que se acompaña por el derecho de gracia para el caso Pativilca, sabotea las investigaciones criminales pasadas y futuras contra Alberto Fujimori. Es por eso que creemos que representa un paso atrás en la lucha contra la impunidad por los graves crímenes contra los derechos humanos acaecidos en Perú y constituye una violación de las obligaciones de la República en materia de derecho internacional. Además, entra en desacato con la sentencia de 2009 de la Corte Suprema y deniega el acceso a la justicia y reparación para las víctimas.
Por lo tanto deploramos profundamente el indulto a Alberto Fujimori y su puesta en libertad. Compartimos las conclusiones de la evaluación normativa y jurisprudencial sobre el indulto y el derecho de gracia otorgados al expresidente Alberto Fujimori, que acaba de ser publicada por la Defensoría del Pueblo del Perú, y hacemos un llamado para que reconsidere esta decisión que entra en conflicto con los estándares legales domésticos e internacionales.
Bruselas, 25 enero 2018
Firman los siguientes Miembros del Parlamento Europeo:
Marina ALBIOL, España
Martina ANDERSON, Irlanda
José BOVE, Francia
Lynn BOYLAN, Irlanda
Matt CARTHY, Irlanda
Jakop DALUNDE, Suecia
Tania GONZALEZ PENAS, España
Maria HEUBUCH, Alemania
Stelios KOULOGLOU, Grecia
Florent MARCELLESI, España
Estefanía MARTINEZ TORRES, España
Liadh NI RIADA, Irlanda
Lola SANCHEZ CALDENTEY, España
Helmut SCHOLZ, Alemania
Molly SCOTT CATO, Inglaterra
Lídia SENRA, Galiza – Estado español
Jordi SOLE, España
Igor SOLTES, Slovenia
Bart STAES, Bélgica
Keith TAYLOR, Inglaterra
Josep-María TERRICABRAS, España
Miguel URBAN CRESPO, España
Ernest URTASUN, España
Bodil VALERO, Suecia
Tatjana ZDANOKA, Letonia
Gabi ZIMMER, Alemania