Los beneficiarios incluyen a los integrantes de la Comunidad Nativa Tres Islas y la comunidad como sujeto colectivo
Servindi, 22 de setiembre, 2017.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó una medida cautelar por riesgo grave y urgente de vida e integridad a la Comunidad Nativa Tres Islas debido a los impactos que sufre su población por la contaminación de mercurio debido a las actividades de la minería ilegal en su territorio.
De la medida cautelar se deriva directamente la obligación estatal de no seguir otorgando concesiones o vigencia a las concesiones mineras existentes; y por el contrario, se genera el deber de anular las concesiones otorgadas sin consulta y que generan el riesgo de vida e integridad de Tres Islas, advierte el IIDS.
El Estado tiene 15 días para informar a la CIDH sobre las medidas concretas que adoptará.
El triunfo legal se suma a otro obtenido por la Comunidad Nativa Tres Islas al lograr la primera sentencia donde el Tribunal Constitucional reconoce el derecho a la autonomía y la propiedad territorial (Expediente 1126-2011-HC/TC).
La medida cautelar se produce en un contexto en que la comunidad se estaba defendiendo por sí sola frente a terceros que realizaban actividades de minería, tala y prostitución, mientras que los dirigentes sufrían amenazas sin que la gobernación les otorgue las garantías solicitadas hace meses.
La medida adoptada por la CIDH fue comunicada a la comunidad nativa Tres Islas, ubicada en la región amazónica de Madre de Dios y sus representantes legales, el Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS).
Más de dos tercios del territorio de la comunidad nativa Tres Islas se encuentran superpuestos por concesiones mineras otorgadas por el Gobierno Regional, y que es la principal fuente de contaminacipon por mercurio.
A pesar que la comunidad solicitó la nulidad de dichas concesiones, el Gobierno Regional representado por Luis Otsuka Salazar, ha desestimado este pedido.
La CIDH concluye que la vida e integridad de los pobladores de Tres Islas, especialmente los niños y mujeres embarazadas y niños, está en riesgo porque el mercurio contamina las fuentes de agua y alimentación.
El pescado es la principal fuente de alimentación de esta comunidad así como de otros pueblos amazónicos. Este alimento, al estar afectado por la minería, genera una contaminación crónica de metilmercurio en el ser humano, indicó una nota informativa de IIDS.
¿Qué ordena la CIDH al Estado peruano?La Comisión Interamericana ordena lo siguiente: 1. Adoptar las medidas necesarias para preservarla vida e integridad personal de los miembros de la Comunidad Nativa Tres Islas de Madre de Dios, lo cual incluye: a. realizar los diagnósticos necesarios para determinar los niveles de contaminación por mercurio u otras sustancias que tendrían los beneficiarios, b. garantizar que los miembros de la comunidad tengan acceso a una alimentación adecuada en términos nutricionales y culturales y dentro de los niveles considerados aceptables por la organizaciones internacional como la Organización Mundial de la Salud (OMS) o la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y c. tomar medidas de protección a los miembros de la comunidad frente a posibles agresiones de terceros, en concierto con la comunidad y sus representantes legales. 2. Concertar las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes. 3. Informar sobre las medidas adoptadas para mitigar, reducir y eliminar las fuentes de riesgo identificadas y sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la medida cautelar para evitar la repetición de estos. |
Poder Judicial desatiende ejecución de sentencia del Tribunal Constitucional
El Instituto Internacional Derecho y Sociedad lamentó una vez más que hasta la fecha, el Poder Judicial no ejecuta una sentencia del Tribunal Constitucional que ampara sus derechos de propiedad territorial, autonomía y autodeterminación, garantizando así que ningún tercero ingrese a su territorio sin su autorización.
La situación obligó a la comunidad a construir una reja para evitar el ingreso de los mineros informales y taladores ilegales a su territorio comunal.
El caso cuenta con el apoyo de los estudiantes del «Curso de Clínica Jurídica de Litigio estratégico en derechos indígenas» y del «Grupo de Investigación-Acción en Descolonización, pueblos originarios y afrodescendientes, y Pluralismo Jurídico Igualitario» de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP).
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