Por José Gabriel Cubur*
11 de abril, 2017.- Hablar de despojo de tierra en Guatemala, es sin querer, hacer memoria de los distintos acontecimientos históricos en que militares, terratenientes y empresarios nacionales y extranjeros robaron tierra a los pueblos originarios.
- En la época colonial los “criollos” se repartieron las tierras de los pueblos originarios de nuestro país, aduciendo tener el aval de la Corona española.
- Durante el periodo de gobierno de Justo Rufino Barrios en la década de 1870, se legalizó el despojo de tierras comunales a los campesinos.
- De 1954 a finales de 1980 se puso en práctica la distribución de tierras vírgenes nacionales, en donde militares y terratenientes fueron beneficiados con grandes extensiones de tierra y de buena calidad, su base legal fue el Estatuto Agrario de 1956, Decreto 559. También encontraron respaldo legal en la Ley de Transformación Agraria, Decreto 1551.
- En el periodo de “paz” (1996-2017) se practica la reconcentración de tierras de parte de la agro-industria, la minería y el sector hidroeléctrico.
Aunque, con distinto nombre y procedimiento en los periodos mencionados con anterioridad hubo despojo de tierras a los pueblos indígenas y campesinos.
Con la iniciativa de ley número 5188 denominada Ley de Regularización de la Tenencia de la Tierra el Congreso de la República intenta legalizar nuevamente otro proceso de despojo, esta vez a familias indígenas y campesinas que poseen tierras comunales.
De acuerdo con un comunicado de prensa difundido por el Comité de Unidad Campesina (CUC), el 6 de abril de 2017, esta iniciativa de Ley legalizaría excesos de tierra en favor de finqueros y empresarios en áreas de población indígena y rural. Asimismo legaliza los excesos de fincas urbanas, hasta un 50% del terreno original, lo que significa despojar de sus tierras a comunidades indígenas y campesinas.
El CUC afirma, que de aprobarse la Ley de Regularización de la Tenencia de la Tierra se abriría las puertas para que con la expansión de monocultivos y la instalación de empresas mineras o hidroeléctricas se pueda despojar a las comunidades de sus tierras y territorios que ancestralmente han poseído.
Quién elaboró la iniciativa 51-88
La propuesta de esa iniciativa fue elaborada por la institucionalidad agraria del país, entre ellas está la Secretaría de Asuntos Agrarios de la Presidencia, quién la presentó al Congreso de la República el año pasado.
Pocos días más tarde dicha iniciativa fue aprobada “de forma acelerada”, según el CUC, por la desaparecida Comisión Extraordinaria de Catastro y Ordenamiento Territorial.
De acuerdo con el artículo 6 de dicha iniciativa, los fines son ordenar la tenencia de la tierra de conformidad con la Ley. Otorgar certeza y seguridad jurídica sobre la tenencia de la tierra. Apoyar la actualización y mantenimiento de la información catastral. Y contribuir al ordenamiento territorial.
“Quieren desaparecer el derecho colectivo de los pueblos sobre la tierra”
El abogado Juan Carlos Peláez, aclaró que de aprobarse esa iniciativa de ley afectará negativamente a las familias indígenas y campesinas que están posesionadas en tierras comunales, porque cualquier persona, sea militar, finquero, criminal o político puede reclamar el predio como suyo, simplemente con hacer un trámite administrativo y sostener que es el legítimo poseedor.
A criterio de Peláez, en el contenido de la iniciativa 51-88 no existe el concepto de tierras comunales, sino que se reconoce las posesiones y trabajaderos individuales, manteniendo la administración tradicional de la tierra. “La tendencia es que desaparecer todo derecho colectivo de los pueblos sobre la tierra y territorio”, añadió el abogado.
En nuestro país hay cientos de casos en donde miles de familias indígenas y campesinas habitan y trabajan en tierras comunales haciendo valer su derecho ancestral de la tierra. Uno de los casos es Santa María Xalapán, en Jalapa, en donde más de 60 mil familias reclaman como suya más de la mitad de la cabecera departamental, ya que poseen una Cédula Real que los acredita como históricos propietarios de la tierra.
Santa María Xalapan sería afectada si el Congreso de la República aprueba la iniciativa 51-88 ya que los finqueros que han invadido su territorio podrían reclamar como suya la tierra con el simple hecho de presentar un memorial ante el ente competente.
También se podrían ver afectadas familias indígenas y campesinas que habitan en tierras sobre las cuales tienen interés municipalidades o cualquier otro ente del Gobierno, central o municipal.
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*José Gabriel Cubur, es comunicador del Comité de Unidad Campesina (CUC).