Servindi, 21 de febrero, 2017.- La Corte Constitucional falló a favor de comunidades indígenas del Putumayo en una acción de tutela interpuesta contra las licencias otorgadas para el inicio de un proyecto petrolero.
La acción fue interpuesta por el Resguardo Indígena Alto Lorenzo de Puerto Asís y la Asociación del Consejo Regional del Pueblo Nasa del Putumayo contra el Ministerio de Minas y Energía, Ingeominas, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), Ecopetrol S.A., entre otras instituciones.
Según la parte indígena estas entidades son los responsables de vulnerar varios derechos como la integridad personal, la consulta previa, la participación y la libre determinación de los pueblos indígenas.
La Corte ordena al Ministerio del Interior realizar dentro de 15 días hábiles la consulta previa que deberá ser completada en máximo cuatro meses.
También dictamina que el mismo ministerio adelante reuniones con las empresas e instituciones implicadas en el proyecto petrolero, para tomar medidas inmediatas que logren subsanar y compensar lo más pronto posible los daños causados a las comunidades indígenas.
Específicamente ordena a la ANLA verificar las afectaciones que estos proyectos han causado en el territorio, al ambiente y a los recursos naturales, daños que han sido denunciados por los órganos de control y “de estimarlo procedente adopte las medidas preventivas” agrega la sentencia.
De igual modo, la Corte insta al Ministerio de Hacienda adelantar estudios técnicos que permitan establecer los impactos ambientales de los proyectos petroleros en Putumayo.
Por último, ordena que la ANLA y Corpoamazonía informen cada cuatro meses al Tribunal Superior de Mocoa, donde dé cuenta de las actividades que se están desarrollando en el territorio, las afectaciones y las medidas de control y prevención tomadas.
De esta manera la Corte Constitucional avaló la protección de los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, la integridad personal, la consulta previa, la participación y libre determinación de estas dos entidades indígenas, y que se verían afectados por la actividad petrolera.
Como lo destaca un reporte informativo de Contagio Radio el fallo de la corte envía un claro mensaje a las instituciones gubernamentales y empresas petroleras para que respeten el entorno de las comunidades que se verían afectadas por la explotación de hidrocarburos.
Según la sentencia este tipo de actividades estaría generando “contaminación ambiental, comprometiéndose el derecho al medio ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico, el desarrollo sostenible, entre otros”.
Información relacionada publicada por Contagio Radio:
- Comunidad indígena en Putumayo dijo NO a actividad petrolera de Amerisur.
- Comunidades índigenas y campesinas de Guzman y Caicedo rechazan explotación minera en Putumayo.