Por Área de PPII y Litigio Constitucional del Instituto de Defensa Legal (IDL)
13 de septiembre, 2016.- El Gobierno Regional de Amazonas (GRA) acaba de emitir la resolución que anula la autorización de explotación de la Compañía Minera Afrodita en la Cordillera del Cóndor, distrito El Cenepa, provincia de Condorcanqui, argumentando que no se consultó a los pueblos indígenas afectados.
Cabe recordar que en noviembre del 2015, el mismo Gobierno Regional rechazó la petición de consulta con la justificación que:
“Por lo expuesto, no habiendo ninguna comunidad nativa en el área de influencia directa social y ambiental del Proyecto de Explotación "Afrodita"- Declaración de Impacto Ambiental y, siendo el predio terreno eriazo de propiedad del Estado, la suscrita es de opinión que la medida administrativa de inicio de actividad del Proyecto de Explotación "Afrodita", no sería materia de consulta previa.”
El conflicto en torno a la Cordillera del Cóndor empieza cuando el Estado incumple el acuerdo alcanzado en un largo proceso de consulta previa y recorta el Parque Nacional Ichigkat Muja – Cordillera del Cóndor a la hora de su creación en 2007, entregando a los mineros aquella zona que fue arbitrariamente excluida del parque. En esta zona muy rica en biodiversidad, pero a la vez extremadamente vulnerable y frágil en términos ecológicos y humanos, Afrodita ha realizado dos proyectos de exploración minera. Todo ello ha provocado una alta conflictividad social y ambiental en la zona, incertidumbre y la pérdida de confianza en el Estado de Derecho que perdura hasta hoy en día.
Es por eso que la anulación del permiso de explotación es una muestra importante que el Estado reconoce su falta: la omisión de la consulta previa. Sin embargo, todavía no se restituye todos los derechos vulnerados de los pueblos Awajún y Wampis.
Primero, porque en la resolución que anula el permiso de explotación, no se menciona otro vicio: La empresa Afrodita no cuenta con el derecho sobre el terreno superficial donde opera. Por lo tanto, se encuentra ilegalmente instalada en la Cordillera del Cóndor que es territorio ancestral de los pueblos Awajún y Wampis. En mayo de 2016 , la Superintendencia de Bienes Nacionales SBN informó al GRA y a Afrodita que dejó sin efecto la servidumbre que entregó provisionalmente a Afrodita y que no procede la servidumbre según las normas vigentes actuales, por encontrarse en zona de selva. Y la SBN señaló la obligación de devolver el predio en un plazo de 10 días.
Mientras que el GRA no reconozca el incumplimiento de este requisito (el derecho sobre el terreno superficial que tiene que obtener la empresa) y no cumpla con su obligación de exigir y verificar el retiro inmediato de Afrodita, sigue violando las normas vigentes.
Segundo, porque el plan de minado de la empresa Afrodita sigue vigente. El GRA nunca debió aprobar el plan de minado, porque la servidumbre de carácter provisional no constituía el requisito legal para la autorización del plan de minado y del inicio de sus operaciones. Por lo tanto, tiene un vicio de nulidad. Ahora, que la SBN dejó sin efecto la servidumbre provisional, este vicio es más evidente. Por lo tanto, el GRA debería inmediatamente declarar nulo el plan de minado.
Tercero, porque el GRA no ha anulado hasta la fecha la Resolución Ejecutiva Regional 209-2016-GRAmazonas/GR , que lleva la firma del Vicegobernador Carlos Navas. Mediante esta resolución, el GRA dispone la inscripción en registros públicos como tierra eriaza del Estado, de un predio de aprox. 57 hectáreas, denominado “El Tambo”, ubicado en la Cordillera del Cóndor, distrito El Cenepa, provincia de Condorcanqui. Se trata del mismo predio que le fue denegado a Afrodita como servidumbre. Recordamos que este terreno forma parte del territorio ancestral de los Awajún y Wampis.
Presionado por fuertes críticas de la población y del propio Consejo Regional que acordó por unanimidad recomendar que “el Gobierno Regional de Amazonas deje sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 209-2016-Gobierno Regional Amazonas/GR por ser nula de pleno derecho”, el GRA aprobó el 01 de agosto una nueva resolución que todavía no se está publicada. Esta nueva resolución también lleva la firma de Carlos Navas. En ella pretende ‘rectificar’ la resolución 209-2016, y dispone sustituir el nombre “terreno eriazo” por “terreno”. Sin embargo, todavía se trata de la Primera inscripción de Dominio a favor del Estado administrado para el GRA; en otras palabras, se trata del mismo despojo del territorio indígena, sólo con otro nombre. De lo que se sabe, el GRA todavía no ha descartado esta nueva resolución. Ambas violan el derecho de los pueblos Awajún y Wampis a su territorio ancestral y el uso y goce de sus recursos naturales.
Harto de ver violados sus derechos al territorio, a un medio ambiente sano y equilibrado, a la salud, a la libre determinación y a su propio modelo de desarrollo, ODECOFROC —la organización indígena que representa unas 60 comunidades y anexos Awajún y Wampis en el Cenepa— envió el 3 de agosto una carta notarial a la empresa Afrodita, en la que exige a la empresa que se retire del predio “El Tambo” en la Cordillera del Cóndor con todo su personal y maquinaría dentro de un plazo de 20 días calendarios, en ejercicio del derecho de los pueblos Awajún y Wampis de administrar su territorio frente a la intrusión y/o uso no autorizado de terceros.
Pasó el plazo, y Afrodita permanece en la Cordillera del Cóndor. El 26 de agosto, ODECOFROC envió la carta al GRA exigiendo que cumpla con sus obligaciones legales y exija la devolución del predio otorgado a la empresa minera Afrodita y el retiro de la empresa. La presidenta de ODECOFROC Augostina Mayan advierte en una entrevista el 24 de agosto de 2016 en el programa de IDEELE-RADIO, que “no queremos un segundo Baguazo en la Cordillera del Cóndor y por eso queremos que el Gobierno Regional de Amazonas cumpla con sacar a la minera Afrodita de la zona”.
Entre tanto, la empresa sigue avanzando con sus operaciones. Una de ella es la construcción de carretas de acceso desde Ecuador hasta los lugares de explotación. Fotos muestran el grave impacto de erosión de aquellas partes donde la carretera ya ha avanzado en la Cordillera del Cóndor.
El tema clave en cuestión es el agua: El Estado a través de INRENA admitió que es indispensable declarar la intangibilidad de las partes altas de la Cordillera porque sus montañas son cabeceras de los principales ríos tributarios de la cuenca del Marañón. Esta zona a la que se refiere INRENA comprende el lugar donde opera Afrodita. Además, aseguró que:
“5. La contaminación de las aguas de los ríos que se desprenden de la Cordillera del Cóndor por diversos agentes contaminantes o partículas sólidas pueden afectar directamente a la cadena trófica que mantiene el ecosistema en su conjunto.
…
7. Ante cualquier tipo de contaminación las poblaciones indígenas son las inmediatas víctimas del envenenamiento debido a la contaminación de los ecosistemas y a la bio-acumulación de los contaminantes principalmente en los peces que utilizan en su alimentación.”
Cabe recordar que de las quebradas que nacen en la Cordillera del Cóndor, se abastece de agua para consumo y uso doméstico todo el distrito del Cenepa con sus aprox. 10,000 habitantes.
La comunidad Antiguo Kanam es la comunidad más cercana al lugar donde opera Afrodita; además está rodeada de varias concesiones. La concesión “Rio Sabientsa” se encuentra superpuesto a su territorio titulado y encima de la quebrada Sawientsa. Hace poco, estas concesiones mineras cambiaron de dueño: pasaron de Jorge Bedoya, gerente de Afrodita, a José Clemente Contreras Centeno, ingeniero de Afrodita.
Desde enero del presente año, los comuneros de Antiguo Kanam han reportado la contaminación de sus quebradas Kanam, Sawientsa y Numpatkeim, de las cuales se abastecen de agua para consumo, uso doméstico, para bañarse y para pescar
Desde enero del presente año, los comuneros de Antiguo Kanam han reportado la contaminación de sus quebradas Kanam, Sawientsa y Numpatkeim, de las cuales se abastecen de agua para consumo, uso doméstico, para bañarse y para pescar. Han encontrado peces muertos; otros peces, todavía vivos, muestran signos de enfermedades o alteraciones. Las familias han padecido diarrea y fiebre como efecto del consumo del agua. También han reportado ronchas con ardor y comezón en la piel después de haberse bañado en estas quebradas. Hasta abril, ninguna empresa tenía el permiso de explotar en la Cordillera del Cóndor. Por ello, el presidente de Antiguo Kanam presentó denuncias por contaminación ambiental presuntamente causado por minería ilegal. Hasta la fecha, no ha habido ninguna diligencia en situ, tampoco una investigación seria que cumpla con los estándares y normas vigentes para determinar la causa y la fuente de la contaminación. Entre tanto, siguen muriendo los peces y se empeora la salud de las familias afectadas.
Nos preguntamos, ¿cómo garantizará el Estado la protección de salud y el acceso a agua limpia para la población del Cenepa, una vez que Afrodita u otra empresa explotan oro en las cabeceras de agua?
Es por eso que la gran mayoría de las comunidades del Cenepa sigue exigiendo al Estado que cumpla el acuerdo alcanzado en un proceso de consulta, y en consecuencia amplíe el Parque Nacional Ichigkat Muja – Cordillera del Cóndor a una extensión total de 152.000 hectáreas que abarca casi la totalidad de la Cordillera del Cóndor del Cenepa.