Actualidad Ambiental, 23 de octubre, 2014.- El martes 21 el INDECOPI declaró inaplicable el aporte por regulación (APR), uno de los ingresos más importantes que percibe actualmente el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para realizar sus funciones a nivel nacional.
Según la resolución del INDECOPI, el pago del APR es una “barrera burocrática ” y por tanto el OEFA estaría recibiendo dichos ingresos ilegalmente por este concepto.
Esta determinación se dio en respuesta a la demanda de la minera Pampa de Cobre S.A. que, junto a otras cuatro empresas, presentó sus argumentos para dejar de pagar al ente fiscalizador del Ministerio del Ambiente (MINAM).
Con esta decisión, la situación económica del OEFA quedaría en una situación de gravedad pues días atrás el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) habría desconocido y eliminado -en el presupuesto para el año 2015- los ingresos por concepto de multas que habían sido proyectados en 36 millones de nuevos soles.
El APR representa para el OEFA 130 millones, lo cual significa que para el 2015 solo contaría con un presupuesto de menos de 25 millones (24 750 000 nuevos soles), por concepto de recursos ordinarios para ejercer sus labores.
Aún la decisión de INDECOPI tiene que ser revisada en otra instancia, pero ya otras empresas van por el mismo camino de la minera Pampa de Cobre.
¿Contradicciones del INDECOPI?
Cabe resaltar que luego de declarar al aporte por regulación como una “barrera burocrática ilegal”, el INDECOPI detalla líneas más abajo que “la presente resolución no desconoce la obligación de las empresas privadas de cumplir con el pago del aporte por regulación”.
Esta es una abierta contradicción de dicho organismo que luego de debilitar al ente fiscalizador del Minam, agrega: “El pronunciamiento no constituye un desconocimiento de la importante labor de fiscalización ambiental que desarrolla el OEFA”.
Ver la resolución:
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Fuente: Actualidad Ambiental: http://www.actualidadambiental.pe/?p=26042