Servindi, 26 de marzo, 2012.- Ante la situación de extrema vulnerabilidad y elevado riesgo de desaparición en que se encuentran los pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial, la Oficina del Alto Comisionado de la ONU (ACNUDH) hizo pública las directrices que guiarán a los diferentes organismos a trabajar por el respeto y protección de los derechos de las pueblos indígenas.
El documento es resultado de las cinco consultas realizadas por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en colaboración con organismos internacionales y Estados, pueblos indígenas y organizaciones no gubernamentales, en países como Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Venezuela.
Las consultas forman parte de la recomendación hecha en 2007 por el Foro Permanente para Cuestiones Indígenas de la ONU que busca elaborar y consolidar políticas, mecanismos y procedimientos mantenidos a largo plazo que puedan garantizar la seguridad de los pueblos y los medios de vida que han elegido.
Según las directrices publicadas en febrero de este año cerca de 200 pueblos y alrededor de 10 mil personas constituyen los pueblos indígenas en aislamiento y en contacto inicial de la Amazonía y el Gran Chaco. Y para muchos de ellos, señala el texto, el aislamiento no ha sido una opción voluntaria sino una estrategia de supervivencia.
El documento explica además de manera clara las razones por las que los Estados deben velar por la protección de los pueblos en aislamiento y precisa los marcos normativos generales y específicos del derecho internacional que reconocen los derechos de los pueblos indígenas.
Asimismo da a conocer una serie de mecanismos que podrían implementar los Estados concernientes a la identificación de pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial y el establecimiento de reservas indígenas a su favor.
El texto incide en el rol que en adelante deben asumir las instituciones públicas en pro de garantizar los derechos humanos de las poblaciones indígenas.
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