Por Instituto de Defensa Legal
IDL, 13 de febrero, 2012.- El Reglamento de la Ley de Consulta Previa podría aprobarse sin una adecuada evaluación, debido a la actuación de algunos integrantes del Poder Ejecutivo, quienes buscarían aprobar la norma en forma rápida y sin los estándares internacionales adecuados. Esa es la información recogida por el Instituto de Defensa Legal (IDL) en los talleres en donde se discute la aprobación del reglamento.
Dichos talleres se vienen realizando desde enero pasado con las organizaciones indígenas del país. Si bien el Ejecutivo ha resaltado el éxito de estas reuniones, en realidad otros serían los resultados.
Según se ha podido conocer, el borrador del reglamento casi no se ha discutido; por el contrario, se ha desarrollado una corriente de opinión mayoritaria para modificar la Ley de Consulta Previa.
Además, los problemas logísticos y de desorganización han sido la pauta de los encuentros, y ello ha generado malentendidos y maltratos que no ayudan a crear un contexto adecuado y de confianza para lograr el diálogo que el Poder Ejecutivo pretende promover.
También se sabe que varias organizaciones amazónicas y aymaras han protestado por haber sido excluidas de estas discusiones, como el caso de Unión de Comunidades Aymaras (UNCA). Al respecto, el gobierno ha indicado que fueron las propias organizaciones las que señalaron que la participación de otros gremios debía efectuarse a través de ellos. Sin embargo, algunos de los dirigentes han sostenido que esto no sería tan exacto.
Otro cuestionamiento tiene que ver con la poca difusión de la Ley de Consulta Previa en los lugares donde se han realizado los encuentros. Esta situación podría haber incidido en muchos de los participantes, especialmente los de las zonas andinas, quienes han planteado la modificación de la Ley por ser restrictiva de derechos o por no ajustarse a los estándares mínimos del derecho internacional de los pueblos indígenas.
El reclamo de andinos y amazónicos, sin embargo, no deja de tener razón. La propuesta de borrador de reglamento es una propuesta no sólo débil sino que varios de sus artículos son claramente contrarios a la propia ley, al Convenio 169 de la OIT y a las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Esta situación viene generando un clima inadecuado, de desconfianza y de pérdida de legitimidad de este proceso. Es por ello que el IDL lamenta que se esté llegando al final de la evaluación interna de este modo, con el riesgo de truncar lo que podría ser una distinta forma de relacionar al Estado con las organizaciones andinas y amazónicas.
Cabe recordar que la Ley de Consulta Previa (Ley N° 29785) entró en vigencia el 7 de diciembre del 2011, mientras que el Convenio 169 de la OI T ya lo estaba desde 1995 en el Perú. Asimismo, en noviembre pasado el Poder Ejecutivo publicó la propuesta borrador del reglamento de la Ley de Consulta Previa y conformó una Comisión Multisectorial Temporal que elaborase el citado reglamento.
----
Fuente: Instituto de Defensa Legal (IDL): http://www.idl.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=252