Servindi, 20 de setiembre, 2011.- La Sexta Sala Especializada en lo Penal para procesos con Reos Libres de Lima, archivó la investigación judicial contra el dirigente Marcial Mudarra Taki al declarar fundada la excepción de naturaleza de acción planteada por la Comisión de Derechos Humanos (Comisedh).
Por su parte Cristian Solís, representante de la COMISEDH, señaló que “desde un inicio, la defensa consideró que no puede constituir delito de apología las simples opiniones o declaraciones que puedan dar los ciudadanos, sin que ello implique exaltar algún delito o al condenado por algún delito".
"El delito de apología se configura cuando se alaba o ensalza actos o a personas que han sido procesadas y condenados por esos actos, cosa que no se dan en el presente caso” precisó.
Mudarra fue acusado por el delito contra la Tranquilidad Pública en su modalidad de apología. Estas acusaciones se hicieron a raíz de la difusión de noticias través de la web y declaraciones en las conferencias de prensa.