- Ya es hora de reconocer sus derechos y adquirir compromisos.
Por Ismael Vega*
17 de enero, 2011.- Una de las debilidades históricas de los partidos políticos en el Perú, ha sido y sigue siendo la invisibilidad y ausencia de los pueblos indígenas amazónicos; en su comprensión del proceso de construcción del país, en los espacios de deliberación política y en sus propuestas de desarrollo.
Las referencias a la Amazonía no sólo son superficiales y generales, están además cargadas de estereotipos e imaginarios que se han expresado siempre en la idea de “conquistar” la Amazonía, en vez de promover su desarrollo con la participación activa de los que han vivido y viven en esta región tan importante del país.
Sin embargo, no estamos ante algo nuevo. Como veremos más adelante, esta incapacidad, se ha manifestado a lo largo de historia, en la forma de relación que el Estado ha mantenido y mantiene aún con estos pueblos. Los partidos políticos de principios de la República en el siglo XIX y los del siglo XXI, tienen en común que al llegar al poder no han sido capaces de incluir a los pueblos indígenas como sujetos activos en sus programas y agendas políticas.
Historia de un antiguo y aún vigente desencuentro
Desde los inicios de la Republica, el Estado procuró la colonización de la Amazonía, como una estrategia que consistió en la apertura de caminos y rutas de navegación para facilitar la colonización extranjera. Con esta finalidad, desde las primeras décadas del siglo XIX, se crearon los instrumentos legales que además de facilitar la colonización buscaban someter a los pueblos indígenas, al modelo jurídico general y mono étnico del Estado. El modelo de tenencia y control del territorio, la organización política y la identidad étnica cultural siempre fueron entendidos como obstáculos que se buscó resolver con la aprobación de decretos y leyes (1).
Este proceso colonizador no se detuvo, y a fines del siglo XIX e inicios del siglo XX, se aprobó la primera Ley Orgánica de Terrenos y Montaña, que continuó facilitando la penetración hacia la Amazonía por parte de colonos, que en esta época fueron los caucheros, que no sólo explotaron el caucho hasta agotarlo, sino también acabaron con la vida de decenas de miles de indígenas (2).
El reconocimiento constitucional de la existencia legal de las “comunidades indígenas” y de un sistema de protección de sus derechos recién se produce con la aprobación de las Constituciones políticas de 1920 y de 1933. Sin embargo, este reconocimiento se produce dentro de una concepción de Estado Nación mono étnico. De todos modos, nada impidió que en la década del 60, el gobierno de Belaunde, continuara promoviendo la colonización como una estrategia de desarrollo para la Amazonía (3).
Con la promulgación de la Ley de Comunidades Nativas y de Promoción agropecuaria de las regiones de la Selva y Ceja de Selva, Ley 20653(1974) y luego la ley 22175 (1978), se reconoce por primera vez la existencia legal y la personería jurídica de las Comunidades Nativas y la Constitución Política de 1979, reconoce la propiedad de la tierra declarándola inembargable, imprescriptible e inalienable; la autonomía comunal, educación bilingüe etc. Sin embargo, se mantuvo el afán integracionista del Estado, al implantar una forma de organización cuyas características responden a criterios y valoraciones propias de las democracias representativas sin tomar en cuenta los valores y prácticas de los pueblos indígenas.
La crisis de las democracia en el Perú que se agudizó a fines de los 80 y comienzos de los 90, generó un escenario caracterizado por la inestabilidad económica e inseguridad jurídica, falta de participación ciudadana y excesiva burocratización. En este contexto, se implementaron las reformas estructurales del Estado que buscaron desregular y achicar el Estado y dejar en manos del mercado y el sector privado el crecimiento y el desarrollo del país.
Simultáneamente, por estos años surgen AIDESEP y posteriormente CONAP y se intensificó el proceso de fortalecimiento de las organizaciones indígenas y la maduración de sus propuestas basadas en el reconocimiento de su existencia como pueblos, la defensa de sus territorios y su derecho a la autonomía. Desde este momento, los pueblos indígenas irrumpen más claramente, como actores políticos en al ámbito nacional e internacional logrando poner en primer plano el problema de la relación entre pueblos indígenas y el Estado.
Con el gobierno de Fujimori y la aprobación de la Constitución Política de 1993, se produce un serio retroceso en relación al derecho al territorio, porque se abandona el carácter inembargable e inalienable y se restringe el carácter imprescriptible de las tierras de las comunidades nativas.
Esta nueva situación se agrava más, cuando las tierras de las comunidades campesinas y nativas se incorporan al mercado de la oferta y la demanda mediante la aprobación de la Ley de Tierras en 1995 que busca promover la libre disposición de las tierras. Paradójicamente, en este contexto tan desfavorable para los derechos de los pueblos indígenas, se suscribe y ratifica el Convenio 169 de la OIT, que reconoce los derechos de los pueblos indígenas.
Tuvo que terminar el gobierno de Fujimori el año 2000, para que se presenten condiciones favorables para el diálogo entre los pueblos indígenas y el Estado. El gobierno transitorio de Valentín Paniagua, creó la Comisión Especial Multisectorial que dio lugar a la Mesa de Diálogo entre los pueblos indígenas y el Estado, que formuló un Plan de Acción para Asuntos Prioritarios. Lamentablemente estos avances no fueron tomados en cuenta y no se implementaron durante el gobierno de Toledo.
En los últimos años y especialmente durante el gobierno de Alan García, las tensiones entre los pueblos indígenas y Estado se han incrementado y se ha configurado un escenario de confrontación y conflictividad social. Todo indica, que para el gobierno actual el desarrollo le resulta incompatible con los derechos de los pueblos indígenas. En este escenario de agudización de los conflictos, los indígenas surgen nuevamente como activos actores políticos en alianza con otros sectores de la sociedad peruana y del ámbito internacional para exigir el respeto a sus derechos y hacer conocer sus propuestas respaldándose en el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las NNUU.
Los pueblos indígenas en las agendas de los partidos políticos
Sin duda, estamos ante un escenario distinto, con un proceso de diálogo Estado-Pueblos Indígenas, que se inició después de los lamentables sucesos de Bagua del 2009, pero que ha truncado. La no aprobación de la Ley sobre el Derecho a la Consulta (4) y la desaparición del INDEPA como instancia estatal en materia de pueblos indígenas, muestran la poca importancia que el Estado y particularmente el gobierno actual le otorga al diálogo con los pueblos indígenas.
Entonces, aún estamos a tiempo de aprovechar creativamente estas elecciones para avanzar en la democratización de los espacios de deliberación política, la inculturación de la cultura política y la construcción de una sociedad intercultural que supere el obsoleto Estado Nación aún vigente.
El proceso electoral en marcha que culminará con la realización de las elecciones generales en abril del 2011, constituye sin duda, un momento propicio para que los partidos comiencen a hablar en serio y con responsabilidad de los pueblos indígenas, de sus problemáticas y sus derechos pero sobre todo para que se comprometan a implementar políticas y programas con su participación activa.
Consideramos que los partidos políticos que pretenden llegar al poder y participan en las elecciones que se llevarán a cabo en abril del 2011, deberían considerar en sus agendas y programas, los doce puntos relacionados con los derechos de los pueblos indígenas, que ahora pasamos a mencionar:
a.Construir en forma consensuada, un modelo de desarrollo alternativo, integral, solidario e intercultural, basado en una ética y responsabilidad por la ecología natural y humana que supere la lógica utilitarista e individualista del actual modelo.
b.Plantear una reforma constitucional que permita incorporar derechos colectivos de los pueblos indígenas, de acuerdo con los tratados internacionales ratificados por el Estado peruano, especialmente el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las NNUU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
c.Aprobar la Ley sobre Derecho a la Consulta, retomando el proyecto aprobado por el Congreso de la República en mayo del 2010 que permita la implementación de mecanismos de consulta, asegurando la participación y consulta de los pueblos indígenas a través de sus organizaciones representativas, de conformidad con el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas de Derechos de Pueblos Indígenas.
d.Suspender nuevos contratos para exploración y explotación de recursos naturales, leyes y medidas administrativas que afectan los derechos de los pueblos indígenas hasta que no se apruebe la ley mencionada en el punto anterior.
e.Crear los marcos jurídicos que brinden seguridad para los pueblos indígenas, especialmente en relación a su territorio como hábitat para vivir de acuerdo a su cultura.
f.Resolver con la participación de las organizaciones indígenas, el tema de la institucionalidad estatal en materia de pueblos indígenas, que defina su relación con el Estado y el rol de esta instancia en la formulación e implementación de políticas públicas.
g.Fortalecer las capacidades de los pueblos indígenas y sus organizaciones para participar activamente en los procesos de consulta, incidencia y negociación.
h.Fortalecer las capacidades de los pueblos indígenas, sus organizaciones y sus autoridades para la gestión pública.
i.Concluir los procesos de titulación de territorios y las solicitudes de ampliación de los territorios de las comunidades.
j.Promover y fortalecer procesos de ordenamiento territorial y zonificación ecológica y económica en los territorios indígenas de acuerdo a su cultura.
k.Implementar políticas públicas en salud y educación que respondan a las realidades culturales de los pueblos indígenas y que prioricen a los niños y niñas indígenas.
l.Adecuar los marcos normativos que permitan asegurar e incrementar la participación política de los pueblos indígenas en las diversas instancias de gobierno.
En los 90 días que quedan de la campaña electoral, el país y especialmente los pueblos indígenas y sus organizaciones estarán atentos a las propuestas que los candidatos de los partidos políticos, harán en relación a sus derechos. Pasar del discurso, a las propuestas y las realizaciones concretas en relación con estos importantes temas, no ha sido parte de la tradición de los partidos políticos.
Las elecciones de abril de este año, sin duda, constituyen una oportunidad para responder a la urgente necesidad de cambiar las históricas relaciones de conflicto entre el Estado, la clase política y los pueblos indígenas amazónicos. Finalmente, la construcción de una sociedad intercultural es una tarea que requiere de verdaderos esfuerzos democráticos por desplazar la interculturalidad a la política. Acabar con la invisibilidad de los derechos indígenas e incluirlos en las agendas de los partidos políticos, sería un avance importante en esta dirección y en camino al bicentenario de la República.
Notas:
(1) En 1824, se aprobó el decreto sobre “venta de tierras” que marcó el inicio de la privatización de las tierras comunales. En: La Amazonía en la norma oficial peruana 1821-1990. Tomo I (1821-1990). Introducción de Macera Pablo. Ballón Francisco, CIPA, 1991, Lima.
(2) La explotación del caucho y sus terribles consecuencias para los indígenas se explica de un modo muy serio y detallado en: Imaginario e imágenes de la época del caucho: Los sucesos del Putumayo. Chirif, A. y Cornejo, M. CAAAP-IWGIA-UCP, 2009, Lima,
(3) El primer y segundo gobierno de Fernando Belaunde, se caracterizaron por darle un nuevo impulso a la colonización de la Amazonía con el lema: “La conquista del Perú por los peruanos”.
(4) Actualmente la Ley se encuentra encarpetada en el Congreso de la República, luego de que el Presidente García la observara con argumentos insostenibles. Una lectura de las observaciones y el análisis técnico completo de las mismas, se puede encontrar en: Análisis de las observaciones del Poder Ejecutivo sobre la Ley de Consulta Previa aprobada por el Congreso de la República; Coronado H.; Ortega M.; Vega I. CAAAP, 2010, Lima.
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* Ismael Vega es investigador del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP) y profesor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM).