Servindi, 27 de julio, 2010.- "El Desafío de la Declaración. Historia y Futuro de la Declaración de la ONU sobre Pueblos Indígenas" se presentará el miércoles 04 de agosto a las 8:00 p.m. en la Feria Internacional del Libro de Lima.
El volumen será presentado por Rodolfo Stavenhagen (México), ex Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los Derechos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas, quién es editor del mismo texto junto con Claire Charters.
También estará en la presentación el eximio jurista Bartolomé Clavero (España), vicepresidente del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas y el antropólogo peruano Alberto Chirif, experto en temas amazónicos.
El "Desafio de la Declaración..." es la más reciente publicación del Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (IWGIA, por su sigla en inglés), con sede en Copenhague, Dinamarca.
La publicación tiene 414 páginas y se encuentra en la feria por medio del stand 257 perteneciente a Colibrí Cultura.
El día de la presentación los asistentes recibirán gratuitamente un ejemplar de bolsillo y un afiche conteniendo la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, editado por Servindi.
La presentación se realizará en el auditorio César Vallejo de la Feria Internacional del Libro, la que se realiza en el Parque de Los Próceres, distrito de Jesús María, a la altura de la cuadra 17 de la Av. Salaverry.
Contenido de un libro esencial
El libro narra el trabajo de diplomáticos, dirigentes indígenas, y líderes gubernamentales y no gubernamentales que batallaron por más de 25 años para hacer realidad la aprobación de la Declaración, un aporte de gran significado en materia de los derecho humanos.
Además, los autores cuentan la historia desde dentro, reuniendo los detalles de su evolución, la negociación, su contenido y su significación social, cultural más amplia, de cara al futuro
Las contribuciones proceden de distintas regiones del mundo y abarcan a activistas indígenas, miembros del Consejo de Derechos Humanos y sus numerosos grupos de trabajo y mecanismos, así como de funcionarios gubernamentales o de la ONU, que gestionan el proceso desde sus comienzos hasta el final.
Se trata de más de veinte artículos escritos por connotados especialistas como Erica-Irene A. Daes, James Anaya, Andrea Carmen. Adelfo Regino, Luis Enrique Chávez, Chandra Roy, Naomi Kipuri, Julian Burger, Henriette Rasmussen, entre otros.
Introducción
La Declaración de la ON U sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: como se hizo realidad y qué nos anuncia
Por Claire Charters y Rodolfo Stavenhagen
La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas adoptada por la Asamblea General de la ONU (AG) en septiembre de 2007, es el instrumento internacional más completo y avanzado sobre los derechos de los pueblos indígenas y la última incorporación a un creciente corpus de derecho internacional de los derechos humanos. Por primera vez en el derecho internacional, los titulares de los derechos, los pueblos indígenas, jugaron un papel central en las negociaciones sobre su contenido y algunos de ellos se cuentan entre los autores de este libro.
Los derechos de los pueblos indígenas se incorporaron tarde al proceso de construcción del edificio internacional para el reconocimiento, protección y promoción de los derechos humanos. Durante mucho tiempo se consideró que la situación de los pueblos indígenas concernía tan solo a los estados y que, siempre que estos se adhirieran a los principios generales de los derechos humanos individuales universales, la ONU no tenía que asumir ningún papel o responsabilidad. Durante las décadas en las que la ONU se ocupó de la descolonización se pensaba que los indígenas que vivían en antiguas colonias europeas se beneficiarían de la liberación nacional. En muchos casos, todos los pueblos de las colonias se consideraban “indígenas”. Solo más adelante los estados reconocieron colectivamente la existencia de pueblos “indígenas y tribales” en algunos países independientes. En el nivel internacional, los pueblos indígenas se vieron amparados por la Organización Internacional del Trabajo, que adoptó el Convenio 107 sobre “pueblos indígenas y tribales en países independientes” en 1957.
La Comisión de Derechos Humanos de la ONU prestó escasa atención a la cuestión de las minorías y prácticamente ninguna a los pueblos indígenas. Esto cambió en los años 70, cuando los pueblos indígenas, algunos delegados gubernamentales y los expertos de la ONU llamaron la atención sobre los continuados problemas de derechos humanos a los que se enfrentaban los pueblos indígenas en varios países. En aquel entonces, los pueblos indígenas luchaban por su reconocimiento en el nivel nacional y, cada vez más, iban articulando sus preocupaciones en el lenguaje de los derechos humanos. Por esta razón, varias delegaciones de los pueblos indígenas de diversos lugares del mundo, apoyadas por organizaciones simpatizantes de la sociedad civil, fueron a visitar la sede de la ONU en Ginebra para presentar sus reclamaciones y demandar atención a sus problemas. Estas acciones condujeron al establecimiento, dentro de la Comisión de Derechos Humanos, del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas, que elaboró el primer proyecto de la Declaración. Esta intrincada historia, en la que se mezclaron cuestiones psicológicas, políticas, legales y culturales con los intereses nacionales y la diplomacia internacional, es la que narran con competencia en este libro algunos de los participantes que desempeñaron papeles especialmente importantes en el desarrollo de la agenda de los derechos de los pueblos indígenas en la ONU durante más de un cuarto de siglo.
Este es un libro sobre la Declaración cuyos autores estuvieron, durante muchos años, directamente implicados en el proceso de su elaboración y adopción por el Consejo de Derechos Humanos y la AG: la Declaración es el resultado de años de trabajo de los pueblos indígenas y sus dirigentes en la ONU, y también de representantes de los estados y de la sociedad civil. Cuenta, por tanto, la historia desde dentro, reuniendo los detalles de su evolución, su negociación, su contenido y su significación social, cultural y política más amplia de cara al futuro. Las perspectivas de los autores combinan diversas disciplinas, desde lo legal y político a lo histórico y antropológico reflejando, dado que proceden de las diversas regiones del mundo, distintos enfoques para el análisis de la importancia e implicaciones de la Declaración. Aunque muchos tratan del mismo tema en términos de contenido, cada uno lo hace desde su propia y única visión.
Este libro está pensado para ser accesible al público en general, incluidos académicos, activistas de los derechos humanos, diplomáticos, funcionarios gubernamentales, profesionales, periodistas, estudiantes o cualquier persona que desee entender mejor el proceso y contenido de la Declaración. Es también una lección sobre cómo se introducen ciertos temas de derechos humanos en la agenda de la ONU.
Los comienzos
La historia comienza cuando un joven abogado de Guatemala interesado en los derechos humanos consiguió un trabajo en la ONU en los años 50. Augusto Willemsen Díaz narra en el primero capítulo cómo trabajó en el Estudio sobre el problema de la discriminación contra las poblaciones indígenas con José R. Martínez Cobo, de Ecuador, por aquel entonces relator de la Subcomisión de la ONU sobre la Prevención de la Discriminación y la Protección de las Minorías (la Subcomisión), y cómo sus esfuerzos contribuyeron al establecimiento del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas (GTPI).En su capítulo, Willemsen Díaz describe con detalle cómo se fue introduciendo, paso a paso, la idea de crear un mecanismo de la ONU que se ocupara de los derechos de los pueblos indígenas dentro de las labores de la Secretaría de la ONU y de la agenda de la Comisión de Derechos Humanos.
El primer Presidente del GTPI, Asbjørn Eide de Noruega, examina en el capítulo dos la importancia del GTPI en el contexto de la ONU en su momento y cómo se las ingenió, junto con los propios pueblos indígenas, para apoyar la participación de representantes de los pueblos indígenas en las distintas sesiones del GTPI en Ginebra. Eide repasa el desarrollo de los derechos de los pueblos indígenas desde 1982 hasta nuestros días. Después Erica-Irene Daes se convirtió en la Presidenta del GTPI, un cargo que ocupó durante veinte años. Profesora de derecho internacional procedente de Grecia, Daes describe, en el capítulo tres, la evolución del proyecto de Declaración en el GTPI hasta la adopción de un borrador por parte de la Subcomisión de la ONU en 1993.
Negociando la Declaración
Este proyecto de Declaración fue después presentado a la Comisión de Derechos Humanos que, en 1995, estableció el Grupo de Trabajo sobre el Proyecto de Declaración (GTPD). En este marco es donde las negociaciones de los pueblos indígenas con los estados, de los estados entre sí y también entre los pueblos indígenas mismos, se hicieron especialmente prolongadas e intensas, como describen los autores en la segunda parte del libro. John Henriksen, sami de Noruega, describe en el capítulo cuarto algunas de las dinámicas del caucus (cónclave) indígena durante el periodo en el que los pueblos indígenas comenzaron a aceptar cambios en el proyecto de texto adoptado por la Subcomisión. Andrea Carmen, líder indígena yaqui, narra después sus recuerdos, refiriéndose a veces a incidentes similares pero con una perspectiva distinta a la de Henriksen, y concluye describiendo cómo la Declaración puede tener una utilidad real para las comunidades indígenas (capítulo 5). Luis Enrique Chávez, de Perú, fue el último y muy capaz Presidente del GTPD. En 2006 presentó ante el Consejo de Derechos Humanos su propio proyecto de texto que recogía, en gran parte, el consenso alcanzado sobre el borrador de la Declaración entre los pueblos indígenas y los estados pero que también contenía un intento de compromiso. En su artículo, en el capítulo 6, describe cómo llevó esto a cabo y los obstáculos que tuvieron que superarse. El Embajador Luis Alfonso de Alba Góngora, de México, fue elegido primer Presidente del Consejo de Derechos Humanos, una posición privilegiada desde la que guió al proyecto de Declaración hasta su adopción por el Consejo en 2006. Adelfo Regino Montes y Gustavo Torres, dirigente indígena y funcionario estatal sobre cuestiones indígenas respectivamente, ambos de México, narran en el capítulo octavo el periodo durante el que se produjeron las intensas negociaciones entre los delegados gubernamentales y los representantes indígenas para que la Declaración avanzara a través los complejos mecanismos de la ONU. La siguiente etapa llegó cuando la Declaración fue enviada a la AG, donde se encontró con la inesperada oposición de los estados africanos. En el capítulo 9 Albert Barume, defensor de los derechos humanos de la República Democrática del Congo y consultor de la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, analiza el proceso seguido en la AG y el modo en que se respondió a las preocupaciones de los estados africanos.
Los derechos de los pueblos indígenas
La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas es muy completa ya que cubre toda la gama de derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales. Además, reconoce los derechos de los pueblos indígenas como inherentes. Es innovadora porque expresa los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas lo que no hace, por ejemplo, la Declaración de la ONU sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías. La Declaración no solo profundiza en estos derechos sino que también impone obligaciones a los estados y a las organizaciones internacionales y los organismos intergubernamentales.
En la tercera parte del libro, varios dirigentes indígenas comentan la significación del contenido de los derechos expresados en la Declaración desde la perspectiva de sus respectivas regiones indígenas. Esta sección se inicia con el capítulo 10, escrito por James Anaya, Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y libertades fundamentales de los indígenas desde 2007, que sitúa el reconocimiento del derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas en su contexto legal internacional.
Mattias Åhrén, de la zona sueca de Sápmi, Presidente del Consejo Saami, examina el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas a las tierras, territorios y recursos en la Declaración en el capítulo 11. Chandra Roy, chakma de las colinas de Chittagong en Bangladesh, y actual directora de la iniciativa regional sobre derechos y desarrollo de los pueblos indígenas en Asia del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, examina los derechos y los obstáculos para el desarrollo para los pueblos indígenas de esa región (capítulo 12). Henriette Rasmussen, inuk de Groenlandia quien fuera ministra en el gobierno autónomo groenlandés, realiza en el capítulo 13 un análisis de la Declaración desde la perspectiva de la educación y los derechos culturales. En el capítulo 14, el Primer Ministro de Groenlandia, Kuupik Kleist, discute la operacionalización de la Declaración bajo la Autonomía de Groenlandia en su discurso ante el Mecanismo de Expertos de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en 2009. En el capítulo 15 Naomi Kipuri, antropóloga masai de Kenia y miembro del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones/Comunidades Indígenas de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos analiza también la Declaración y su adopción desde su punto de vista.
Aplicación de la Declaración
Los últimos capítulos de este libro examinan la importancia futura de la Declaración y, en particular, su aplicación. Dalee Sambo Dorough, inuk de Alaska que ha ocupado diversos cargos en el gobierno indígena y que estuvo muy implicada en el desarrollo y negociación de la Declaración desde los años 90, ofrece su visión sobre la significación de la Declaración para los pueblos indígenas en general (capítulo 16). Claire Charters, una abogada internacionalista maorí de Nueva Zelanda, aplica la teoría general de las relaciones internacionales y del derecho internacional para evaluar la legitimidad de la Declaración en el capítulo 17. Julian Burger, en el capítulo 18, utiliza su experiencia de largos años como director de la Unidad de Indígenasy Minorías de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos en Ginebra, para evaluar el papel de la Secretaría de la ONU en la promoción de la Declaración. Después, Luis Rodríguez-Piñero, que también trabajó varios años en la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, examina los problemas derivados de la Declaración en relación con la supervisión de los derechos de los pueblos indígenas en el capítulo 19. En el capítulo 20, Bartolomé Clavero, miembro español del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas y profesor de Derecho de la Universidad de Sevilla, debate el marco constitucional de la legislación de América Latina en relación con los derechos de los pueblos indígenas tal como se establecen en la Declaración. Por último, en el capítulo 21, Rodolfo Stavenhagen, anterior Relator Especial sobre los derechos humanos y libertades fundamentales de los indígenas entre 2001 y 2007, proporciona algunas ideas sobre cómo hacer que la Declaración sea un instrumento útil para la protección de los derechos indígenas.
En la última parte del libro hemos incluido la intervención del Jefe Wilton Littlechild ante el Consejo de Derechos Humanos con ocasión del sexagésimo aniversario de la Declaración de la ONU sobre los Derechos Humanos. Littlechild formó parte de una delegación indígena de Canadá que consiguió acceder al Palacio de las Naciones de Ginebra allá por 1977 (capítulo 22).
Como editores de este volumen, nos gustaría dar las gracias por su interés y entusiasmo a todos los que han contribuido. La idea de este libro nació durante una agradable cena en Ginebra en octubre de 2007, cuando un grupo estábamos celebrando la adopción de la Declaración y pensamos que al público podría interesarle saber cómo se produjo este hecho extraordinario y lo que podría significar para los pueblos indígenas en el futuro. Cuando hablamos con Lola García-Alix, la directora de IWGIA, se entusiasmó con la idea, y queremos expresar nuestro más sincero agradecimiento a Lola por su continuo estímulo y apoyo. También agradecemos a Kathrin Wessendorf, del programa de derechos humanos y comunicación de IWGIA, su ilimitada paciencia, profesionalismo, cuidado y buen humor durante el proceso de edición, y a Patricia Borraz y Luis Rodríguez-Piñero su ayuda en la preparación de esta edición en español.
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Contenido del libro:
Introducción
La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: cómo se hizo realidad y qué nos anuncia.
Por Claire Charters y Rodolfo Stavenhagen. Pag. 10
Primera parte: Los comienzos
Cómo llegaron los derechos de los pueblos indígenas a la ONU
Por Augusto Willemsen-Diaz. Pag. 16
Los pueblos indígenas, el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas y la adopción de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas .
Por Asbjørn Eide. Pag. 34
La contribución del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas a la génesis y evolución de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Por Erica-Irene A. Daes Pag. 50
Segunda parte : La negociación de la Declaración
La Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas: algunos temas y acontecimientos clave en el proceso.
Por John B. Henriksen. Pag. 82
Informe desde el campo de batalla del Consejo Internacional de Tratados Indios – La lucha por la Declaración
Por Andrea Carmen. Pag. 90
La Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas. Rompiendo el impasse: el punto medio
Por Luis Enrique Chávez. Pag. 102
La adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en el Consejo de Derechos Humanos.
Por Luis Alfonso De Alba. Pag. 114
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: base de la nueva relación entre los pueblos indígenas, los Estados y las sociedades.
Por Adelfo Regino Montes y Gustavo Torres Cisneros. Pag. 146
Respondiendo a las preocupaciones de los Estados africanos.
Por Albert Barume. Pag. 178
Tercera parte: Los derechos de los pueblos indígenas
El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación tras la adopción de la Declaración
Por S. James Anaya. Pag. 194
Introducción a las disposiciones sobre tierras, territorios y recursos naturales de la Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas
Por Mattias Ahrén. Pag. 210
Pueblos indígenas en Asia: derechos y obstáculos para el desarrollo
Por Chandra K. Roy. Pag. 228
Derechos culturales en Groenlandia
Por Henriette Rasmussen. Pag. 246
Declaración del señor Kuupik Kleist, primer ministro de Groenlandia, en la segunda sesión del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Ginebra, 10–14 de agosto de 2009. Pag. 264
Deeclaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en el contexto africano
Por Naomi Kipuri. Pag. 270
Cuarta parte: Implementando la Declaración
La significación de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas y su futura aplicación
Por Dalee Sambo Dorough. Pag. 284
La legitimidad de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Por Claire Charters. Pag. 300
Para que la Declaración sea efectiva como instrumento de Derechos Humanos en el sistema de la ONU
Por Julian Burger. Pag. 326
“Cuando proceda”: vigilancia y aplicación de los derechos de los pueblos indígenas según la Declaración
Por Luis Rodriguez-Piñero Royo. Pag. 336
Supremacismo Cultural, Constituciones de Estados y Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Por Bartolomé Clavero. Pag. 366
Cómo hacer para que la Declaración sea efectiva
Por Rodolfo Stavenhagen. Pag. 374
El triunfo de los pueblos indígenas es un triunfo para todo el mundo
Por Wilton Littlechild. Pag. 396
Anexo
La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Pag. 402