Por Vito Verna*
El adjetivo sostenible es utilizado para calificar términos como crecimiento, desarrollo y gestión. Sin embargo, en el caso de desarrollo y gestión alude a la idea de equilibrio, racionalidad y mesura. ¿Pero qué diferencia exactamente una gestión sostenible de una que no lo es? ¿Qué criterios objetivos, verificables y mensurables convierten a la gestión del agua en sostenible?
Partamos del consenso y digamos que la sostenibilidad de los recursos hídricos aborda tres dimensiones: social, ambiental y económica.
La sostenibilidad social deriva de considerar el agua como un elemento esencial para la vida humana; esto es, un derecho. Una gestión socialmente sostenible debería garantizar que la provisión del agua se sujete a tarifas accesibles para todos.
La sostenibilidad ambiental se fundamenta en una noción sistémica, que enfoca su atención en la función que cumple el agua dentro del ecosistema, y en la manera en que este posibilita un suministro constante y de calidad. En pocas palabras, sin agua no son viables muchos ecosistemas y sin ecosistemas funcionales no tendríamos agua. En consecuencia, una gestión ambientalmente sostenible deberá velar tanto por la salud de los sistemas naturales como por los servicios ambientales que nos permiten acceder al recurso hídrico en cantidad y calidad adecuadas.
Por su parte, la sostenibilidad económica implica concebir al agua como un recurso escaso y necesario para la actividad productiva. En ese orden de ideas, la inversión que se requiere para llevar el agua hasta el ámbito de las actividades económicas debe ser financiada por los usuarios. Asimismo, se debe prever que el endeudamiento en que se incurra para procurar el suministro no sea íntegramente transferido a las generaciones siguientes.
Una gestión económica y financieramente sostenible del agua garantiza inversiones con sentido de eficiencia económica, y previene la indiscriminada e irracional transferencia de costos hacia el futuro.
En el Perú, en lugar de ser un concepto inspirador, verificable y finalmente mensurable de las políticas, planes y proyectos públicos, la sostenibilidad continúa siendo un término que todos repiten, pero que nadie define concretamente desde el Estado.
Para la Defensoría del Pueblo, la real vigencia de muchos derechos fundamentales depende de la elaboración, implementación y evaluación de políticas que apunten a una gestión integral y sostenible de los recursos hídricos, en las que confluyan técnica y equilibradamente las necesidades vitales de la población, la eficiencia de las inversiones y la preocupación por los ecosistemas.
Definir técnicamente -y con indicadores de medición y evaluación de desempeño- la gestión sostenible de los recursos hídricos constituye una tarea que no puede permanecer pendiente durante más tiempo, máxime en contextos como el que plantea al país, dramáticamente, el cambio climático.
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*Vito Verna es asesor de la Defensoría del Pueblo