Así lo señala en su más reciente informe Pedro Arrojo Agudo, Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento de las Naciones Unidas.
Servindi, 5 de agosto, 2022.- Las cosmovisiones de pueblos indígenas vinculadas a la gestión de ecosistemas acuáticos deben ser reconocidas y valoradas como formas de resolver las dificultades frente a la actual crisis mundial del agua.
Esto porque su concepción del agua como bien común ofrece valiosas enseñanzas sobre la gestión sostenible de los ecosistemas acuáticos y la gobernanza democrática del agua potable y el saneamiento
Así lo consideró en su más reciente informe el Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento de las Naciones Unidas, Pedro Arrojo Agudo.
El documento aborda la situación desfavorable en que se encuentran los pueblos indígenas frente a su derecho al acceso al agua potable y brinda recomendaciones al respecto.
Situación desfavorable
Según el informe, los pueblos indígenas “afrontan mayores obstáculos en el acceso al agua potable y al saneamiento, con independencia del lugar geográfico en el que se encuentren”.
Esto, a consecuencia de múltiples factores derivados de los procesos de colonización y descolonización, como la discriminación sistémica, la marginación, la expropiación y el desplazamiento.
La falta de infraestructuras, la financiación inadecuada o insuficiente y la falta de recursos para apoyar la gestión del agua son algunas de las carencias que complican la situación, según indígenas.
Factores externos, como la falta de reconocimiento de sus derechos, la implantación de proyectos a gran escala, la falta de consulta y participación en tomas de decisiones, también influyen en la obstaculización a ese derecho.
Foto: Fundación Aquae
Recomendaciones
Frente a esa situación, el Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento de las Naciones Unidas, Pedro Arrojo Agudo, hace una serie de recomendaciones.
En principio, considera primordial que los Estados den reconocimiento jurídico a la condición de los pueblos indígenas y sus derechos a la tierra, el territorio y los recursos, incluidos los ecosistemas acuáticos.
Esto, como una como condición previa para garantizar la realización de sus derechos humanos al agua potable y al saneamiento, que debe ser reconocida por toda legislación nacional.
También propone reconocer y apoyar la concepción de los pueblos indígenas sobre el agua como bien común y sus sistemas de gestión comunitaria del agua potable y el saneamiento en sus territorios.
Así como su utilización de los ecosistemas acuáticos con arreglo a sus cosmovisiones y prácticas y costumbres ancestrales;
A los organismos de Naciones Unidas y comunidad internacional, sugiere apoyar y supervisar el ejercicio efectivo de los derechos indígenas en los programas relacionados al agua potable y saneamiento.
Mientras que, a las empresas e inversionistas, pide que se adhieran públicamente a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos y actúen con la debida diligencia en materia de derechos humanos.
Esto, con el fin de detectar, prevenir, mitigar y dar cuenta de cualquier impacto adverso o potencialmente adverso de sus actividades en los derechos humanos de los pueblos indígenas.
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