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Gobierno aplica "populismo legal" frente a los derrames

Tuberías parchadas es la constante en el Oleoducto Nor Peruano que tiene más de 40 años de actividad sin un adecuado mantenimiento

Servindi, 8 de noviembre,  2016.- De "populismo penal" fue calificado el Decreto Legislativo 1245 que criminaliza los atentados contra el oleoducto y que fue publicado el domingo último en el diario oficial El Peruano.

El abogado constitucionalista Juan Carlos Ruiz Molleda observa que la medida no ataca la raíz y la complejidad del problema. Además, que el 63 por ciento del total de derrames ocurridos entre 1997 y el año 2016 no fueron causados por atentado alguno. 

En vez de asumir su responsabilidad el gobierno deriva el problema al sistema penal a pesar que no se conoce que existan personas investigadas o sancionadas por atentados a los oleoductos en el Poder Judicial y lo difícil que es identificar responsables debido a la vulnerabilidad del oleoducto.

Una pregunta que queda latente es si serán procesados los funcionarios responsables de la falta de mantenimiento y control del oleoducto cuya corrosión es una de las causas más evidentes de los derrames de petróleo.

No se pierda a continuación el artículo sobre el tema de Ruiz Molleda:  

¿La criminalización de los atentados del oleoducto soluciona el problema de los constantes derrames?

Por Juan Carlos Ruiz Molleda*

El Gobierno acaba de promulgar una norma para sancionar penalmente a aquellas personas que atentan contra el oleoducto norperuano. Todos los peruanos queremos que se sancione a los responsable de estas delictivas actividades, sin  embargo, nos preguntamos si esta es la respuesta idónea, para dar solución a los constantes derrames de petróleo. El problema es que otra vez se da palo de ciego. El Gobierno no se ha hecho preguntas elementales como son: a) ¿cuál es la principal causa de los derrames?, ¿Tiene realmente la justicia penal capacidad de sancionar las nuevas conductas delictivas? ¿Soluciona el derecho penal los constantes derrames?

1. ¿Qué dice el DL 1245?

El día domingo pasado se publicó el Decreto Legislativo 1245, el cual incorpora el atentado del oleoducto como un supuesto de hurto simple y grave, y como un supuesto del delito de entorpecimiento de servicios públicos. Según los considerandos de la propia norma, el objetivo de ella es “dictar disposiciones tendientes a modificar el Código Penal con el objeto de garantizar la seguridad en las actividades de hidrocarburos y el abastecimiento de hidrocarburos al mercado interno, ello con la finalidad de contribuir al desarrollo nacional”.

Link a la norma: http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/decreto-legislativo-que-modifica-el-codigo-penal-para-garant-decreto-legislativo-n-1245-1450260-1/)

2. ¿Cuáles son las principales causas de los derrames petroleros?

Según información proporcionada por ONISERGMIN el 12 de agosto del 2016 a un pedido de información de IDL, de los 190 derrames de petróleo que ha habido en el Perú en todos los ductos de petróleo entre los años 1997 y 2016, 67 derrames fueron por atentando. Es decir, solo el 37% de los derrames son por atentados. Esto significa que el 63% del total de derrames no son por atentado.

3. ¿Y los otros culpables de los otros derrames petroleros?

Asimismo, resulta interesante que 62 de los 190 derrames ocurridos entre 1997 y 2016, son por corrosión, es decir, el 32% del total de los derrames es imputable a la inexcusable negligencia de los directivos de Petroperú, por no darle mantenimiento al oleoducto norperuano, tal como lo ha establecido OEFA en su resolución 844-2015-OEFA.

Nos preguntamos si también se sancionará a los irresponsables funcionarios de Petroperú, que omitieron darle mantenimiento al oleoducto norperuano, generando derrames por corrosión. Según OEFA, si se habría hecho mantenimiento se habría identificado las zonas de corrosión, y se hubiera adoptado las medidas oportunas. Menos aún se sancionará a los ineptos funcionarios de OSINERGMIN que no fiscalizaron el oleoducto, a pesar que el DS 81-2007-Minem los obligaba a ello.

4. ¿Es posible investigar y encontrar a los causantes de los derrames?

Es casi imposible en la espesura del bosque detectar a los que atenten. Se trata de cerca de 854 km de ducto. Hay posibilidad real de implementar este tipo de normas penales. Como dice mi amigo César Reyna,

“Siendo realistas, ¿qué posibilidad habría de atrapar a los supuestos saboteadores en un región tan densa como extensa? ¿Aumentando las penas lograra disuadir a esos delincuentes, quienes operan en total impunidad en la actualidad? ¿No es mejor crear sistemas de control dado que son inexistentes?”

Es evidente que estas normas son parte de un populismo penal. De lo contrario habría que preguntarse cuantas personas han sido investigadas y sancionadas por atentados a los oleoductos por el Poder Judicial. Que ha hecho el Ministerio Público hasta la fecha, frente a los que han atentado contra el oleoducto y con los directivos del Petroperú responsables de la falta de mantenimiento.

5. ¿Soluciona la criminalización de los saboteadores los constantes derrames de petroleros?

El Gobierno en vez de asumir su responsabilidad está pasando la papa caliente al sistema penal, es decir al Ministerio Público, a la Policía Nacional y a los jueces. Ciertamente, no estamos en contra de que combata la delincuencia y la violencia, todo lo contrario, deseamos que se enfrente el problema, pero con medidas inmediatas y eficaces, y que se sancione a todos los responsables, sean autores directos o indirectos.

Y es que el problema no se reduce a crear nuevos tipos penales o aumentar la penalidad en una serie de delitos, o en crear otra figuras delictivas, el problema es más complejo, y tiene explicaciones en el campo social y económico, y que en consecuencia, su solución demanda medidas más integrales, que ataquen a las causas del problema, y no sus consecuencias.

Lo que no se entiende es que el problema de los derrames, sin dejar de ser un problema policial, es un problema mucho más complejo que tiene que ver con una estructura social excluyente de la mayoría de la población de las comunidades nativas de los servicios básicos y de condiciones dignas, así como de falta de oportunidades.

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*Juan Carlos Ruiz Molleda es abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL). 

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