- Ley 30230 y proyectos de ley 3940 y 3941 debilitan normativa ambiental.
Servindi, 30 de abril, 2015.- Diversas organizaciones civiles firmaron una carta colectiva advirtiendo al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) que la Ley 30230 y los Proyectos de Ley 3940 y 3941 trasgreden los Tratados de Libre Comercio (TLC) celebrados con Estados Unidos (EEUU) y la Unión Europea (UE).
Siendo estas normas nacionales contradictorias en su contenido a los compromisos internacionales asumidos por el país la carta de la sociedad civil solicita al gobierno saber cuáles serán las medidas a tomar para corregir las infracciones observadas.
En el documento se explica que las mencionadas iniciativas legales favorecen a las inversiones simplificando procedimientos y permisos; pero también debilitan la normativa ambiental que regula y fiscaliza a las empresas extractivas y desprotegen los derechos de los pueblos indígenas.
De esta manera se estaría contraviniendo algunos apartados de los tratados internacionales. Por ejemplo en el Capítulo 18 del TLC Perú – EEUU referido al Medio Ambiente se vulneraría el artículo 18.3.2 que refiere:
“Las Partes (Perú y EEUU) reconocen que es inapropiado promover el comercio o la inversión mediante el debilitamiento o reducción de la protecciones contempladas en sus respectivas legislaciones ambientales”.
Mientras que el artículo 268 del Título IX del TLC Perú – UE establece que “cada Parte (Perú - UE) procurará asegurar que sus leyes y políticas pertinentes contemplen e incentiven altos niveles de protección ambiental y laboral”.
La misiva puntualiza que las medidas anti ambientales y que desprotegen los derechos de los pueblos indígenas "atraerá un tipo de inversión irresponsable e insostenible (...) y que conllevará a impactos ambientales y sociales negativos, convirtiéndose en un retroceso para el Perú y los peruanos, así como en la generación de mayor destrucción ambiental para el planeta".
Normas contra el derecho territorial
Asimismo, el documento manifiesta que estas normas de ‘reactivación de la economía’ amenazan directamente los derechos territoriales de indígenas y amazónicos, perjudicando así los procesos de titulación que desde ya son complicados.
En el artículo 22 del DL 30230 menciona que “la Política Nacional de Ordenamiento Territorial es aprobada mediante Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Ni la Zonificación Económica Ecológica, ni el Ordenamiento Territorial asignan usos ni exclusiones de uso”.
De esta manera se deja al Ejecutivo la decisión exclusiva de asignar los títulos de propiedad. Dejándoles sin opiniones ni consultas a los pueblos originarios que habitan estas tierras sin titular.
Y respecto al PL 3941, este propone la “reducción de plazos para la Certificación Ambiental y títulos habilitantes”, es decir agilizaría la aprobación de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) a costa de reducir la efectividad de este instrumento que prevé la disminución de impactos medioambientales, medidas para la servidumbre, derecho de vía, vulnerando los procesos de titulación iniciados o en curso.
Finalmente el PL 3940 es objetado ya que en su texto se traduce la intención de reducir el área intangible del Parque Nacional Cerros de Amotape (Tumbes - Perú), provocando el primer "precedente de desafectación de un área natural protegida con la finalidad de ejecutar proyectos extractivos".
A continuación puede leer la carta colectiva completa:
Lima, 08 de abril de 2015 Señora
Magali Silva Velarde Ministra Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR Presente.- De nuestra consideración: Las instituciones y personas firmantes trabajamos promoviendo el desarrollo sostenible en el Perú y por ello nos dirigimos a usted a fin de manifestar nuestra preocupación respecto al incumplimiento de los compromisos asumidos por el Perú en el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Perú y los Estados Unidos de América, así como en el TLC entre el Perú y la Unión Europea; dada la aprobación de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; así como el conjunto de medidas legislativas que viene promoviendo el Ejecutivo, con la finalidad de reactivar la economía nacional, con las cuales se debilitaría aún más la institucionalidad ambiental. Sostenemos que la Ley N°30230 debilita a las instituciones y los estándares ambientales establecidos por la legislación peruana bajo el argumento de atraer inversión. Además, su Título III, establece “procedimientos especiales para el saneamiento físico legal de predios para proyectos de inversión pública y privada”, que constituyen una amenaza directa a los derechos territoriales indígenas y de comunidades locales. Es importante resaltar que mientras el Congreso Peruano cuenta con 130 miembros, la Ley N° 30230 no fue debatida por el Pleno de la representación nacional y solo fue aprobada por la Comisión Permanente del Congreso de la República con tan sólo 11 votos a favor, lo que debilita la legitimidad de la norma. Dado el carácter vinculante del Capítulo Ambiental del TLC Perú – EEUU, sostenemos que la aprobación y aplicación de la Ley N° 30230 estaría violando el artículo 18.3.2 del citado tratado, que señala que “Las Partes reconocen que es inapropiado promover el comercio o la inversión mediante el debilitamiento o reducción de la protecciones contempladas en sus respectivas legislaciones ambientales. En consecuencia, una Parte no dejará sin efecto o derogará, ni ofrecerá dejar sin efecto o derogar, dicha legislación de manera que debilite o reduzca la protección otorgada por aquella legislación de manera que afecte el comercio o la inversión entre las Partes.” Asimismo, la citada Ley se contrapone con el Título IX del TLC Perú – Unión Europea, cuyo artículo 268° señala que cada Parte procurará asegurar que sus leyes y políticas pertinentes contemplen e incentiven altos niveles de protección ambiental y laboral. Además del artículo 272°, que señala que las Partes continuarán trabajando en el establecimiento y mantenimiento de un sistema nacional y regional de áreas marinas y terrestres protegidas integrado, bien administrado y ecológicamente representativo para los años 2010 y 2012 respectivamente, como herramienta fundamental para la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica. Medidas de debilitamiento de la normativa ambiental, así como debilitamiento de la protección de los derechos de los pueblos indígenas atraerá un tipo de inversión irresponsable e insostenible, que no queremos para nuestro país, y que conllevará a impactos ambientales y sociales negativos, convirtiéndose en un retroceso para el Perú y los peruanos, así como en la generación de mayor destrucción ambiental para el planeta. A esta norma se suman otras propuestas del Ejecutivo; entre ellas el Proyecto de Ley N° 3941-2014-PE, “Ley de Promoción de la inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible en las zonas de exclusión social”, que plantea la integración de la Certificación Ambiental y los títulos habilitantes en una sola Certificación Ambiental Global, la reducción significativa de plazos para dicha Certificación, obviando el establecimiento de medidas para solucionar los problemas de fondo que dificultan la ágil atención de este tipo de procedimientos, poniéndose en riesgo la efectividad d este instrumento para la reducción de impactos sobre el ambiente; además de preverse medidas para la servidumbre, derecho de vía y expropiación de tierras eriazas, sin establecer los mecanismos apropiados que eviten la vulneración del derecho al territorio de los pueblos indígenas titulados, en proceso de titulación y/o ampliación. De otro lado, el Proyecto de Ley N° 3940/2014-PE, “Ley para la implementación de Acuerdos Binacionales entre Perú y Ecuador y ejecución del Proyecto Binacional Puyando - Tumbes”, propone reducir el área intangible del Parque Nacional Cerros de Amotape (Tumbes - Perú), que es forma parte del Sistema Nacional de Área Naturales Protegidas por el Perú y de la Reserva de Biósfera del Noroeste, con la cual podría crearse precedente de desafectación de un área natural protegida con la finalidad de ejecutar proyectos productivos. Como comprenderá este eslabonamiento de acciones de debilitación de la legislación y autoridad ambiental nos preocupan de sobremanera, porque debilitan nuestro ambiente, contraviniéndose además el capítulo 18 del TLC Perú - Estados Unidos y el título IX del TLC Perú - Unión Europea. Por lo tanto, mucho agradeceremos nos informen el procedimiento y medidas que implementará su despacho para asegurar que las medidas del paquete reactivador y las propuestas que vienen siendo discutidas en el Congreso de la República no afecten los mandatos contenidos en el TLC Perú – Estados Unidos de América y el TLC Perú – Unión Europea. Finalmente, agradeceremos su atención a la presente y adjuntamos en anexos los diversos documentos que los abajo firmantes hemos elaborado manifestando nuestra preocupación con relación a la normativa antes referida y las propuestas que vienen discutiéndose actualmente. Atentamente,
Adhesiones institucionales 1. Alternativa – Centro de Investigación Social y Educación Popular 2. Amazónicos por la Amazonía - AMPA. 3. Asociación Arariwa 4. Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP 5. Asociación Nacional de Centros - ANC 6. Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH 7. Asociación Proyecto Amigo 8. Asociación Servicios Educativos Rurales – SER 9. Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica – CAAAP 10. Centro de Conservación, Investigando y Manejo de Áreas Naturales – Cordillera Azul (CIMA – Cordillera Azul) 11. Centro para el Desarrollo Indígena Amazónico – CEDIA. 12. Centro para la Sostenibilidad Ambiental de la Universidad Peruana Cayetano Heredia – CSA UPCH 13. Colegio de Biólogos del Perú 14. Colegio Médico Veterinario del Perú 15. Confederación Campesina del Perú - CCP 16. Confederación Nacional Agraria - CNA 17. Conferencia Nacional sobre Desarrollo Social - CONADES 18. CooperAcción – Acción Solidaria para el Desarrollo 19. Derecho, Ambiente y Recursos Naturales - DAR 20. Environmental Investigation Agency - EIA 21. Foro Ecológico del Perú. 22. Forum Solidaridad Perú 23. Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz - FEDEPAZ 24. Instituto de Defensa Legal - IDL 25. Instituto del Bien Común - IBC 26. Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible - IDLADS 27. Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú - ONAMIAP 28. Paz y Esperanza 29. Red Muqui – Red de Propuesta y Acción. 30. Red Peruana por una Globalización con Equidad – RedGE 31. Secretaría de Ecología y Medio Ambiente de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP. 32. Servicios en Comunicación Intercultural – SERVINDI 33. Sociedad Peruana de Ecodesarrollo - SPDE 34. Unión Nacional de Comunidades Aymaras – UNCA Adhesiones personales 1. César Ipenza. 2. David Llanos. |
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