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Chile: Solicitan intervención de Relator de la ONU ante fraudulentos reglamentos de consulta

Tomado de El Ciudadano

- Consideran que transgreden derechos fundamentales de los pueblos indígenas.

Servindi, 1 de abril, 2014.- A fin de lograr la derogación de dos reglamentos inconsultos, representantes de organizaciones mapuches del centro y sur del país solicitaron al Relator de la ONU de los Pueblos Indígenas, James Anaya, su intermediación ante el Estado chileno y en particular ante el gobierno de Michelle Bachelet.

Mediante una carta, las organizaciones solicitaron a Anaya sus buenos oficios a fin de conminar al Estado para que avance en la implementación objetiva del Convenio núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Y de igual modo, en las directrices que se encuentran en la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Entre los que firman la misiva se cuentan Jorge Hueque, werken del Parlamento Mapuche de Koz Koz de Panguipulli; Iván Reyes Alcaman, de la Asociación Mapuche Ayun Mapu de Quepe; Pablo Huaiquilao y Sandra Quiñenao del Lof Mapu Karilafken de Pitrufquen e Isabel Cañet Caniulen del partido autonomista Mapuche “Wallmapuwen”.

Asimismo, Alfredo Seguel, del Grupo de trabajo Mapuche por derechos colectivos; Francisco Vera Millaquen, werken de la Comunidad Mapuche Huilliche "PEPIUKELEN"; y Héctor Nahuelpan de la Comunidad de Historia Mapuche.

Ellos consideran que ambos reglamentos transgreden derechos fundamentales de los pueblos indígenas.

Mala fe en el gobierno de Piñera

La referida carta denuncia  que “el ex gobierno que encabezó Sebastián Piñera, dejó impuesto como últimas gestiones en la materia, dos reglamentos de consulta que recogen dos Decretos Supremos, uno es el N° 66 (15 de Noviembre del 2013) relativo a la consulta en general; el otro es el relativo a proyectos de inversión y de impacto ambiental o Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental N° 40 (30 de Octubre del 2013)".

La misiva señala que "ambos reglamentos se impusieron sin considerar el consentimiento de los pueblos indígenas, con el agravamiento de que no cumplen con los estándares mínimos del derecho internacional ni con la finalidad de la consulta, cual es salvaguardar derechos de los pueblos indígenas; por el contrario, son instrumentos que vulneran abiertamente esos derechos”.

Para las organizaciones, los aspectos del procedimiento previo a su dictación evidencian graves vicios, falencias e ilegitimidad, extendiendo una serie de antecedentes que lo evidencian.

Asimismo, uno de los principales puntos de preocupación de las organizaciones Mapuche es que la consulta con respecto a los proyectos de inversión está sujeta a una doble regulación.

Esto toda vez que se establece que deben ajustarse a los plazos del Reglamento del Sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA), pero cumpliendo con las etapas dispuestas en este nuevo reglamento, sobreponiéndose al Convenio 169 de la OIT a la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos indígenas y a las normas sobre autonomía, desarrollo y participación de las Comunidades.

En esta línea, argumentan que tanto el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, como la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otros, establecen un estándar específico sobre la obligación de los Estados.

En esta línea, argumentan que tanto el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, como la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otros, establecen un estándar específico sobre la obligación de los Estados.

Estas obligaciones son derivadas del deber estatal de protección de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y recursos y que deben ser atendidas e implementadas en toda iniciativa administrativa y legislativa que se quiera aplicar en el País, recordando que la Presidenta Bachelet se comprometió en su programa de gobierno a revisar el reglamento decreto 66 y reglamento decreto 40 (SEIA).

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