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Perú: ¿La captura “pública” de la consulta previa?

Foto: Andina.

Por César Gamboa Balvín

La semana pasada se aprobó el Reglamento de la Ley de Consulta. No fue una sorpresa que se produjeran cambios entre el borrador minimalista del Viceministerio de Interculturalidad, la propuesta de reglamento de la Comisión Multisectorial (CONAP, CCP y el Estado) y este reglamento, puesto que finalmente quien decidió su contenido fue la Presidencia del Consejo de Ministros y no la autoridad formal, el Ministerio de Cultura.

Voces a favor y en contra de este reglamento se han escuchado. Las organizaciones sociales, el Pacto de Unidad, CNDDHH se han pronunciado en contra o preocupadas por esta norma. A favor, algunos legisladores, medios de comunicación y hasta la Sociedad Nacional de Minería, Energía y Petróleo, que finalmente aceptó este derecho –antes rechazaba y consideraba discrecional su aplicación-, han saludado esta nueva norma.

Si bien se genera una nueva normativa para la implementación de la consulta, esta misma norma solo busca instrumentalizar este derecho para facilitar la inversión y no recoger la visión de estos pueblos en el proceso de uso de recursos naturales, uno de los temas más complejos de nuestro país, puesto que la falta de gobernanza es el origen de muchos de los conflictos socioambientales.

Podemos identificar hasta 4 contradicciones en esta norma: la consulta no se produce antes del otorgamiento de la concesión, se coloca como opcional (art. 3 lit. i y 6); no se mencionan claramente los necesarios casos de consentimiento que el Estado debería respetar; son pocas facultades del Viceministerio de Interculturalidad para intervenir en los procesos de consulta que desarrollen los sectores, y más bien la aprobación de procesos de consulta a nivel regional o local por parte del Viceministerio (art. 2.3) es una facultad inconstitucional puesto que no es un ente rector –no existe un sistema de políticas públicas- ni la Ley de Consulta lo faculta a ello; y se pretende limitar la presencia de organizaciones indígenas de carácter nacional para ciertos casos (p.e. art. 27.6).

En cuanto a la institucionalidad, el Ministerio de Cultura no garantiza un correcto cumplimiento de esta norma. No solo por la experiencia de diálogo que produjo este reglamento meses atrás, sino porque queda claro que la autoridad en este tema será la PCM y no este ministerio, que podrá cumplir un papel técnico, pero no garante del diálogo con las organizaciones y pueblos indígenas.

No queda más que prever que se vienen tiempos complicados para el desarrollo de los EIA de proyectos en nuestro país. No podremos alimentar más soluciones con peritajes especiales, y un magro proceso de aprobación de Estudios de Impacto Ambiental, con una ineficiente participación ciudadana ambiental, ahora se sumarán procesos de consulta ad hoc para pueblos indígenas, que será más de lo mismo, hasta su posible realización por los propios concesionarios. En realidad no es una captura pública de la consulta, sino la privatización de la misma.

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Comentarios

Una Ley de 2da categoría para ciudadanos de 2da categoría, que solo garantiza el derecho y los intereses de las transnacionales, quienes ven con buenos ojos dicha Ley, porque les permite continuar apropiándose de los recursos naturales teniendo como facilitadores y operadores a los funcionarios del Estado convertida en simples testaferros. A ningún Pueblo se le consultará sobre el uso y el destino de los recursos existentes en sus tierras, solo les informarán que recursos serán explotados y les conminarán a dar acceso a las empresas en sus territorios. Ningún Pueblo podrá negarse, ni tomar un decisión soberana, so pena de sufrir la represión del Estado. Toda entidad, gremio, u organización civil vinculada a los pueblos donde se realiza la farsa de la Consulta, no podrá intervenir ni para abogar, ni para observar o fiscalizar los procesos.

CONAP y CCP, son sólo nombres. Para vivir utilizando el nombre de los excluidos. Por eso, cuando habrán cobrado al gobierno por apoyar y tomarse foto para la prensa. Mis respetos a otras organizaciones como: AIDESEP, CONACAMI, por no dejarse comprar su conciencia.

!!!!!! CONAP DONDE ESTAS, ...!!!!!, QUIEN ES EL PRESIDENTE DE CONAP, ALGUIEN LO CONECE, ALGUIEN SABE SI ESTA VIVO O MUERTO, ESTE SIN VERGUENZA BRILLA POR SU AUSENCIA, LAS BASES Y LAS COMUNIDADES NATIVAS ESTAN ESTAN TOTALMENTE ABANDONADAS Y ESTE SEÑOR SE HA DESAPARECIDO EN LIMA, QUE HACE CON TODO EL DINERO DE LOS APORTES Y LOS CONVENIOS CON LAS EMPRESAS PETROLERAS, PLUSPETROL, REPSOL, PETROBRAS, ...ETC .

A ESTE LO HEMOS RE-RE-ELEEGIDO PARA QUE TRABAJE POR LAS CC.NN Y NO PARA QUE SE VAYA A ESCONDER A LIMA.

Seudolideres indigenas actuan como mediadores del explotador de turno en situacion de traidores de sus propios pueblos indigenas.

Adquieren poder propio de la sociedad no indigena y someten a sus propios hermanos al hambre y al abandono.

En el cause del saqueo de sus recursos naturales y ancestrales y luego se identifican como los luchadores sociales de las demandas indígenas en el Peru y el Mundo,

Cuando en verdad son solo eso TRAIDORES.

SI ALGUIEN SABE ALGO QUE PASE LA VOZ. POR ESTE MEDIO...

SALUDOS,

PEDRO.

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