Por Víctor Toledo Llancaqueo*
Convertido en objeto de una insólita disputa en el Senado de Chile. Un grupo de senadores de derecha exigió la anulación del acuerdo la derogación del cuestionado Decreto 124 que reglamenta las Consultas. La legitimidad y validez de las consultas se mide de acuerdo al cumplimiento de los estándares internacionales. ¿Se cumplen los estándares? No, no se cumplen...
Mapuexpress, 16 agosto de 2011 - El Senado aprobó recientemente un correcto Acuerdo en que solicita al Ejecutivo se cumplan las normas internacionales sobre consulta previa y, por tanto, pide suspender la irregular "consulta indígena" y la derogación inmediata del arbitrario Decreto 124 -2009 que reglamenta las Consultas.
El documento apunta a contribuir a corregir un proceso anómalo que de proseguir como está, puede derivar en mayores conflictos. Sin embargo, un grupo de senadores de derecha exigió la anulación de aquel Acuerdo y propone un nuevo texto para que el Senado otorgue un cerrado respaldo a la cuestionada "consulta indígena" gubernamental.
Cuestionamiento a la "Consulta Indígena" de Mideplan
El proyecto de acuerdo original fue propuesto por senadores de oposición, acogiendo el llamado de decenas de organizaciones de pueblos indígenas y las recomendaciones del Instituto Nacional de Derechos Humanos, respecto al imperativo de que el estado de Chile cumpla con las normas internacionales sobre consulta previa a los pueblos indígenas, y la constatación empírica de que tales normas no se respetan en la denominada "gran consulta indígena" que impulsa el Ministerio de Planificación, Mideplan, ni en ningún otro caso. (Ver Declaración Encuentro de Autoridades Indigenas).
Los cuestionamientos no son nuevos. Diversas organizaciones indígenas han emitido fundadas declaraciones al respecto y la propia Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT publicó en febrero de 2011 un extenso cuestionario a Chile con observaciones críticas respecto al Decreto 124 de Mideplan, y el cumplimiento de estándares de consulta.
El proyecto de Acuerdo del Senado fue aprobado el dia 3 de agosto. El documento fue remitido al Presidente de la República, y ya fue enviado a la OIT y al Relator Especial de Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y distribuido ampliamente en el país e internacionalmente.
El ardid para anular la votación
La votación oficial fue 12 votos a favor y 6 en contra. Sin embargo, en el recuento oficial figura un voto en contra del Acuerdo, correspondiente a un Senador que no se encontraba presente en la Sala. En otras palabras, sólo hubo 5 votos en contra y no 6. ¡Alguien apretó el botón de votaciones de un senador ausente!
El voto cuestionado no altera el resultado, más bien lo reafirma, sin embargo, basándose en aquel incidente, y a exigencia de senadores de derecha, los comités parlamentarios han acordado anular la votación del día 3 de agosto. La votación del Proyecto de Acuerdo que cuestiona la "consulta" se repetirá el día martes 16 de agosto. Además, se votará un segundo proyecto que apoya la "consulta". Será un "super martes", de cara y sello.
El nuevo proyecto de acuerdo de la derecha
Un grupo de senadores de derecha ha presentado un nuevo Proyecto de Acuerdo sobre la “consulta indígena”, de contenido sustantivamente distinto al anterior, en que proponen al Senado entregar un cerrado respaldo a la irregular "consulta" de Mideplan. (Ver texto del nuevo proyecto)
A diferencia del primer proyecto de acuerdo, la propuesta de los senadores de derecha no se basa en ningún planteamiento de organizaciones indígenas ni busca mejorar un proceso. Por si y ante sí, los honorables senadores hacen una apología de una política de Gobierno, y plantean convertir al Senado en un publicista de la "gran consulta".
El texto del proyecto de Acuerdo contiene párrafos sorprendentes. Por ejemplo, la falaz alteración del orden de la agenda de la "gran consulta" (ver punto 4 del proyecto) pretendiendo encubrir una de las falencias - o trampas- de Mideplan: que ha dejado para el final de la "gran consulta", nada menos que la definición de los procedimientos de consulta... O la incongruencia de decir que el Decreto 124 no se aplica (punto 5), y sostener, en el siguiente punto, que no se puede derogar de inmediato porque...se aplica.
Por otro lado, el proyecto de acuerdo concibe a las consultas como meros actos de recabar opinión de los indígenas, concepción que ha sido objetada reiteradas veces por la Comisión de Expertos de la OIT. Sin embargo, los senadores dictaminan que la "consulta indígena" de Mideplan se ajusta a las normas del Convenio 169 de la OIT . Más aun, se afirma que la "consulta" de Mideplan se basa en "los más altos estándares internacionales" (sic).
El texto de los senadores de derecha plantea, de paso y como letra chica, una radical reinterpretación del Convenio 169,entendiéndolo como un estatuto colonial que regula relaciones jerárquicas entre los estados y "sus" pueblos indígenas, realizando un uso impropio e impertinente del posesivo "sus" para referirse a pueblos sujetos de derecho. Acota el marco normativo de las consultas al Convenio así entendido, y omite todas las otras fuentes de obligaciones estatales y derechos humanos de los pueblos indígenas. Un documento que trata de consulta previa y evita hablar de derechos de pueblos y obligaciones estatales correlativas. Un texto de antología.
Cabe aclarar que un "Acuerdo" del Senado no tiene efectos vinculantes y su valor es ser una opinión corporativa, pero no sería extraño, considerando las prácticas jurídicas chilenas, que un algún día algún juez constitucional lo considere "fuente del derecho" que "ilumina" la interpretación de jurisconsultos criollos. Tal vez por eso el esmero en la "letra chica" y los implícitos del nuevo proyecto de Acuerdo.
Chile ¿Un país un 'país serio'?
El texto del nuevo proyecto de Acuerdo es insólito. Y aun asi, proponen enviar el documento a la OIT y al Relator, James Anaya, del Consejo de Derechos Humanos, "para dejar constancia".
Más allá de la falta de fundamentos e inconsistencias de sus contenidos, al parecer sus autores no han reparado en que exponen al Senado y al Estado de Chile a ser el hazmerreír internacional con dos documentos radicalmente opuestos. Más aun, cuando en el segundo texto el Senado de Chile se autoerige en instancia autorizada para certificar, sin más prueba que sus votos, el cumplimiento y alcance de normas de derechos humanos.
Los hechos en torno al Acuerdo del Senado y la "consulta indígena" recuerdan una anécdota que contaba un antiguo miembro chileno del Consejo de Administración de la OIT, el ex Rector de la UDP, Manuel Montt. Durante una Conferencia de la OIT en Ginebra, 1978 -tiempos de dictadura en Chile- otro miembro del Consejo, espantado ante las declaraciones de la delegación chilena que intentaba justificar lo injustificable, le pasó un papel por debajo de la mesa: "Ton pays n'est pas sérieux, Manuel".
En 2011 al leer el proyecto de Acuerdo presentado por el oficialismo, en Ginebra, tanto en la OIT como en el Consejo de derechos Humanos de Naciones Unidas, podrán decir algo incómodos "Ton pays n'est pas sérieux".
La consulta y “los más altos estándares internacionales”
Organizaciones de los pueblos indígenas han llamado a escribir a los honorables Senadores para que mantengan el Acuerdo original y que se cumplan las normas internacionales. Y concurrir al Senado para la sesión del martes 16 de agosto.
Con todo, hay un punto a rescatar. Existe coincidencia entre los planteamientos del senado, el gobierno y la dirigencia indígena: que la legitimidad y validez de las consultas se mide de acuerdo al cumplimiento de los estándares internacionales. El asunto es serio. ¿Se cumplen los estándares? No, no se cumplen. Es un desafío pendiente.
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Documentos relacionados:
- Senado acuerda solicitar derogación del Decreto 124 y suspender cuestionada "Consulta" Mideplan.
Fecha: 3 de agosto de 2010. Ver en: http://www.politicaspublicas.net/panel/consulta/1510-proy-acuerdo-senado-d124.html
- Instituto de DDHH Chile: “Decreto 124 sobre consultas indígenas no satisface obligaciones internacionales”.
Ver en. http://www.politicaspublicas.net/panel/consulta/734-indh-decreto124.html
- Aplicación del Convenio 169 en Chile. Solicitud Directa de la Comisión de Expertos OIT, Desafíos y Oportunidades.
Ver en: http://www.politicaspublicas.net/panel/chile-oit/736-oit-ceacr-solicitud-directachile-2011.html
- Declaración. Encuentro de Autoridades tradicionales y dirigentes de los Pueblos Indígenas
Fecha: mayo de 2011. Ver en: http://www.politicaspublicas.net/panel/c169noticias/742-declaracion-encuentro-mayo2011.html
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* Víctor Toledo Llancaqueo es Director de Centro de Políticas Públicas de la Universidad Arcis www.politicaspublicas.net
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Fuente: Mapuexpress
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