Por SPDA
Actualidad Ambiental, 9 de febrero, 2011.- El diario español El Mundo expuso las discrepancias y cuestionamientos generados por los decretos de urgencia 001 y 002, impulsados por el actual Gobierno para acelerar los trámites de proyectos ligados a gaseoductos, carreteras, centrales hidroeléctricas, entre otros, exonerando de las certificaciones ambientales como requisito para lograr las concesiones.
En el informe difundido el último fin de semana, el diario señala que en nuestro país:
Para poder obtener la concesión de proyectos de inversión en Perú ya no es requisito previo el contar con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). El gobierno peruano ha sentado este peligroso precedente a través de dos Decretos de Urgencia (001-2011 y 002-2011), que aceleran la licitación de 33 proyectos de inversión flexibilizando la normativa ambiental.
(…) Según el artículo 5.3 de estas disposiciones extraordinarias, las certificaciones ambientales “ya no serán requisito para la obtención de las autorizaciones administrativas de carácter sectorial, necesarias para el ejercicio de actividades económicas que son materia de estos proyectos”.
El diario también se refirió a los impactos que se generarían en nuestra Amazonía, ya sea por la contaminación o por los conflictos sociales que ocasionarían estas normas, sobre todo porque señalan claramente 33 obras pero no mencionan las referidas a las centrales hidroeléctricas, por lo que algunos especialistas han advertido que la Central Hidroeléctrica Inambari puede estar incluida.
Perú construirá en su Amazonía centrales hidroeléctricas que durante 30 años comprometerán para su exportación a Brasil una capacidad de más de 6000 MW. Es decir, grandes centrales, cuya ubicación y número es hoy todavía un misterio, inundarían miles de hectáreas de una biodiversidad única, convirtiendo en desplazados a los pueblos indígenas que las habitan.
Para Mariano Castro, de la SPDA, los decretos de urgencia podrían servir de trampolín para la concesión de las hidroeléctricas sin medir previamente su impacto ambiental. Sobre todo teniendo en cuenta que no es la primera iniciativa del Ejecutivo al respecto. El año pasado, a través del proyecto de ley 4335-2010, el Consejo de Ministros intentó acelerar la ejecución de actividades eléctricas flexibilizando normas ambientales. Sin embargo, este proyecto no ha prosperado en el Pleno.
Sobre la inconstitucionalidad de las normas, denunciada por el Instituto de Defensa Legal y la Defensoría del Pueblo, El Mundo citó el artículo 118 de la Constitución, donde se señala que “los decretos de urgencia sólo pueden ser expedidos bajo condiciones de excepcionalidad y urgente necesidad para legislar en materia económica y financiera, no ambiental”.
Para la Defensora, estos decretos convierten a los EIA en una “mera formalidad administrativa” y, en consecuencia, las concesiones serían otorgadas sin tener en cuenta las consideraciones ambientales y sociales de los proyectos.
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Fuente: SPD Actualidad Ambiental: http://www.actualidadambiental.pe/?p=9165
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