Con la finalidad de garantizar la subsistencia de los pueblos indígenas en aislamiento y en contacto inicial, la Mesa de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos recomienda la aprobación del Proyecto de Ley Nº 1032, presentado a iniciativa de la Congresista Gloria Ramos Prudencio.
El proyecto modifica la Ley Nº 28736, Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, al suprimir la posibilidad de explotación de los recursos naturales de los pueblos indígenas en aislamiento por parte de personas ajenas a ellos.
La Ley Nº 28736 permite la realización de actividades extractivas dentro de las reservas territoriales para estos pueblos, lo cual terminaba generando serios riesgos para su seguridad y su sobrevivencia, debido a que el simple contacto con personas foráneas puede ocasionarles la muerte.
El proyecto establece que dentro de las reservas territoriales –llamadas ahora reservas indígenas- sólo los pueblos aislados podrán ejercer sus derechos al aprovechamiento de los recursos naturales sin injerencia externa, según sus usos y costumbres.
Los pueblos indígenas, y en especial, los que se encuentran en situación de aislamiento o contacto inicial, son un grupo humano de alta vulnerabilidad histórica y social, por lo que se les reconoce internacionalmente derechos colectivos.
En los países vecinos como Ecuador, Bolivia y Brasil ya se ha reconocido públicamente la intangibilidad de los territorios habitados por pueblos indígenas en aislamiento y en contacto inicial. En contraste, actualmente en el Perú, muchas reservas territoriales para estos pueblos indígenas aislados tienen superposiciones con lotes de hidrocarburos, concesiones mineras y sufren de la presión de actividades ilícitas como la tala ilegal de madera y el narcotráfico por lo cual urge su protección estricta.
En tal sentido, creemos necesario que se apruebe esta modificación a la Ley Nº 28736 lo más rápido posible para que nuestro ordenamiento jurídico se adecue a normas internacionales de derechos humanos como el Convenio Nº 169 de la OIT, protegiendo los derechos humanos de los peruanos más vulnerables.
Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la CNDDHH
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