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Los EIA con enfoque de género e interculturalidad

​Río Marañón, sustento de comunidades Indígenas. amenazado por los derrames de petróleo y proyectos de hidroeléctricas. Foto: IDLADS PERÚ 

La gestión ambiental y por consiguiente los estudios de impacto ambiental, deben tener un enfoque de género e intercultural. Así lo destaca un artículo de IDLADS PERÚ a propósito de la huella que dejan las actividades extractivas en el cuerpo y en el alma de las mujeres indígenas. El tema viene a colación de la denuncia efectuada en la audiencia de la CIDH y el compromiso de la ministra de Justicia de abrir las puertas al tema.

Los estudios de impacto ambiental con enfoque de género e interculturalidad

A propósito de la huella de las empresas extractivas en el cuerpo de las mujeres indígenas

Por Equipo del Instituto IDLADS PERÚ*

1. Introducción

La selva peruana está llena de historias terribles y tristes silenciadas por la falta de interés de los gobiernos por reconocer las décadas de exclusión y discriminación que desde la era del caucho produjo esclavitud y genocidio a miles de indígenas, ante vista y paciencia de nuestras autoridades, lo que dio lugar al éxodo indígena hacia lo más profundo de nuestra patria, donde intentaron aislarse del mundo.

Luego vinieron los movimientos subversivos y narcotraficantes que esclavizaron a grupos asháninkas en la Selva Central, y más recientemente los petroleros, mineros, madereros, traficantes de tierras y empresas de palma aceitera que degradan y contaminan sus territorios ancestrales, y no solo enferman a generaciones enteras sino que hasta asesinaron impunemente a líderes indígenas como es el caso de Edwin Chota.

2. El derecho a la memoria de las afectaciones por actividades extractivas

El derecho a la verdad en las actividades extractivas implica reconocer que la Nación y las poblaciones indígenas tienen el derecho de conocer la verdad sobre los hechos o acontecimientos injustos y dolorosos provocados por las múltiples formas del desarrollo de las actividades extractivas.

Tal derecho se traduce en la posibilidad de conocer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las cuales ellas ocurrieron, así como los motivos que impulsaron a sus autores. El derecho a la verdad es un bien jurídico colectivo inalienable. Al lado de la dimensión colectiva, el derecho a la verdad tiene una dimensión individual, cuyos titulares son las víctimas, sus familias y sus allegados (ver considerandos 8 y 9 de la STC 2488-2002-HC/TC).

Sin embargo, esta tarea estatal es especialmente importante en el caso de las afectaciones a las mujeres indígenas cuya compleja identidad cultural hace que sean quienes soporten los peores impactos de las actividades extractivas.

En esa línea, saludamos las recomendaciones formuladas por el Ministerio de Cultura (MINCU) en la lógica de investigar y esclarecer lo que ha ocurrido con los derrames de petróleo en el Oleoducto Norperuano, que sugirió se elabore un informe estatal con los siguientes datos:

Sobre la población: 

-   Listado de comunidades ubicadas en el paso del oleoducto.
-   Padrón de personas que habitan en dichas comunidades.
-   Padrón de damnificados.

Sobre los derrames:

-  La cronología de derrames producidos en el Oleoducto Norperuano desde su construcción hasta la actualidad. En 2016 se produjo un alto número de derrames, por lo que debe identificarse las causas de estos problemas.
-  Listado de empresas petroleras que han usado el Oleoducto.
-  Clasificación de los derrames: provocados por terceros, accidentes y/o desgaste del oleoducto.
-  Identificar las pruebas que tienen OSINERGMIN y OEFA cuando señala que los daños encontrados en el ducto han sido realizados por terceros.
-  Las sanciones que se han impuesto a las empresas luego de los derrames.
-  Información sobre los pagos provenientes de sanciones a las empresas petroleras que han usado el oleoducto.
-  Información sobre si el Plan de Contingencia de Petroperú ha sido compartido con los pueblos indígenas así como de la forma en que ello se hubiese realizado.

3. La memoria de los cuerpos de las madres indígenas


Madre Indígena en valiente testimonio en Saramurillo, el 29 de noviembre. Fuente: Foto IDLADS PERÚ

El 29 de noviembre se produjo un hecho sin precedentes en nuestra historia reciente. Dos madres indígenas levantaron su voz, y protestaron públicamente frente a la Ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, y evidenciaron que luego de 40 años de contaminación de petróleo en la Amazonia peruana, una de ellas había visto morir a uno de sus hijos botando sangre y a otro lo internaron en la cárcel por protestar.

Así entendimos que la historia del petróleo se halla impresa en el cuerpo de las mujeres a través de las enfermedades, las violaciones sexuales, la seducción, el engaño y la alimentación contaminada.  La conclusión de ellas fue clara cuando violan y contaminan su territorio ancestral. Lo siguiente que vienen son las violaciones de sus cuerpos tanto físicas y sexuales como psicológicas.

4. El informe sobre vulneraciones diferenciadas a los derechos humanos de las mujeres indígenas en contextos de actividades extractivas en el Perú de la CNDDHH.

El artículo 66 de la Ley General del Ambiente establece que la prevención de riesgos y daños a la salud de las personas es prioritaria en la gestión ambiental. Es responsabilidad del Estado, contribuir a una efectiva gestión del ambiente y de los factores que generan riesgos a la salud de las personas.

Sin embargo, dicha disposición no se traduce en estudios ambientales idóneos para proteger el ambiente de las afectaciones particularmente graves para las mujeres indígenas. Así lo podemos ver en el caso de la lideresa Amelia Pujupat de la Comunidad Nativa Nazareth, del pueblo indígena Awajún, que ha sido una de las afectadas por la contaminación petrolera a causa del derrame en la cuenca del río Chiriaco.

Ella relata:

“sentía dolores en la cabeza insoportables, fiebres y dolores estomacales. El agua que había tomado no tenía el mismo sabor que siempre y los peces olían raro. Los dolores fueron muchos y tuve que irme al hospital en Bagua, allí me quedé internada”.

El alejamiento de Amelia de su comunidad y de su familia supuso el alejamiento de sus labores y de su rol para con sus hijos.

Gladys Dávila es una mujer kukama de la región Loreto, que declaró ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que las mujeres

estamos sufriendo casi 45 años de contaminación petrolera causando malformaciones en los niños nacidos, además afecta nuestra alimentación, pues nuestros hombres son internados por las empresas, mientras nosotras sufrimos solas el dolor de nuestros hijos enfermos, porque ya no podemos conseguir plantas medicinales que ya no encontramos, están siendo vulnerados nuestros derechos como mujeres indígenas”.

Por su parte, Jacqueline Binari, mujer machiguenga y asháninka, afectada por el Proyecto Camisea indicó:

¨ya no hay participación equilibrada en los roles del hombre y la mujer para la atención de la familia, los hombres ya no van a la caza, (…)”. 

Recordó que las mujeres de la cuenca del Urubamba “tienen partos prematuros, abortos espontáneos”. 

Este es un esfuerzo de sistematización de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), con el apoyo de las asociaciones Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) e IDLADS PERÚ, que ha permitido, el 02 de diciembre, solicitar a la CIDH que:

a) Elabore un Informe temático regional sobre las afectaciones diferenciadas a los derechos humanos de las mujeres indígenas en el contexto de actividades extractivas;
b) Desarrolle un análisis diferenciado de las afectaciones a mujeres indígenas en la resolución de casos sobre vulneración del derecho a un medio ambiente sano frente a actividades extractivas.

​     
Jacqueline Binari, mujer machiguenga y asháninka, afectada por el Proyecto Camisea

​Y  al Estado peruano se le solicita que se:

a) desarrolle una Política Nacional sobre prevención y atención construida con mecanismos participativos de sociedad civil y pueblos indígenas abordando los temas de Salud, Educación, Participación y Gestión Ambiental de manera transversal e intersectorial;
b) elabore un Informe nacional sobre las afectaciones diferenciadas a los derechos humanos de las mujeres indígenas en el contexto de actividades extractivas desde 1990 hasta el 2016, como medida de reconocimiento. Y mientras elabore el informe antes citado, genere un informe cada dos años sobre esta materia;
c) Desarrolle instrumentos de gestión ambiental en las actividades extractivas que permitan incorporar un enfoque de género intercultural, no sólo en la aprobación y actualización de estudios de impacto ambiental, reglamentos de protección ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas, sino también en los procesos de consulta previa a los que estos deben ser sometidos. 

5. La promesa de la Ministra de Justicia a las mujeres indígenas


Ministra de Justicia y Derechos Humanos en Asamblea de Comunidades Indígenas. Fuente: Foto IDLADS PERÚ

La semana pasada la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, en dos ocasiones, primero en Saramurillo y luego al cierre de las audiencias de la CIDH en Panamá, no ha dudado en comprometerse a promover medidas a favor de las mujeres indígenas, y esto evidentemente se puede concretar a través de estudios ambientales con enfoque de género e intercultural.

Ella ha dicho que tendrá una política de puertas abiertas sobre el tema. Esperamos que cumpla su palabra, y, de momento, nos queda la sensación de que existen las condiciones y propuestas para avanzar hacia el reconocimiento, empoderamiento y protección de las mujeres indígenas frente a las actividades extractivas.

Lima, 05 de diciembre del 2016

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* El Equipo del Instituto IDLADS PERÚ está integrado por Henry Carhuatocto, Lilyan Delgadillo y Katherine Serrato. 

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Comentarios

Es muy bueno pero mal

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