- Un caso insólito que demuestra cómo la justicia ordinaria no opera con la misma eficacia y celeridad cuando se trata de cautelar los derechos de las comunidades.
Servindi, 17 de mayo, 2013.- La juez Mabel Luna Hurtado del Primer Juzgado Penal de Investigación de Tambopata será denunciada por el delito de prevaricato, al no ejecutar la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró fundada una acción de hábeas corpus interpuesta por la comunidad nativa Tres Islas.
El delito de prevaricato se configura cuando los funcionarios, autoridades, jueces, entre otros, faltan, ya sea, a sabiendas o por ignorancia inexcusable, a las obligaciones y deberes inherentes al cargo que desempeñan.
Así lo informó Zulma Villa, abogada del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS) y asesora de dicha comunidad, que decidió instalar una caseta de control para controlar el ingreso de transportistas, taladores y mineros ilegales a su territorio en ejercicio de su derecho a la autonomía.
Villa observó que la situación es inusual pues son pocos los casos en que funcionarios de menor rango se niegan a aplicar una sentencia del máximo órgano de justicia como es el TC.
Las empresas de transporte Pioneros y Mineros estarían detrás de la obstrucción de la justicia. Estas denunciaron el 2010 a los dirigentes comuneros por instalar la caseta de control e impedir su ingreso. El proceso terminó en setiembre de 2012 con la sentencia del TC favorable a Tres Islas.
Cuando la comunidad volvió a colocar el pasado 21 de abril un portón de ingreso en ejecución de la sentencia del TC los transportistas denunciaron a Vilma Payaba, jefa comunal, por el delito contra los medios de comunicación, transporte y otros servicios públicos.
El fiscal de Prevención del Delito ha pasado el caso al fiscal penal quien debe tipificar el supuesto delito.
Zulma Villa informó que ante la inacción de la juez ha recurrido a la figura jurídica per saltum para que el mismo TC se pronuncie nuevamente sobre el caso de Tres Islas.
Per saltum es una especie de puente por medio del cual una causa pasa del tribunal inferior al máximo organismo sin recorrer una o más instancias intermedias, como una excepción al trámite procesal normal.
La acción se justifica debido a que la juez ejecutor no ejecuta la sentencia tomando como pretexto una apelación nuestra y que el expediente se ha enviado a Lima, indicó Villa.
"La juez ejecutor se lava las manos. Señala que como hemos apelado, el expediente lo ha enviado a Lima y ahora no puede hacer nada”, explicó la abogada.
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