Servindi, 4 de diciembre, 2012.- El Comité contra la Tortura (CAT) de las Naciones Unidas expresó su preocupación por el uso de estados de emergencia y fuerza excesiva durante las protestas sociales. Asimismo, recomendó al Gobierno modificar la definición de tortura en el Código Penal, enjuiciar a los autores de tortura en el conflicto interno y cerrar dos penales.
Al finalizar su 49º periodo de sesiones el CAT elaboró una lista de recomendaciones al Gobierno peruano para prevenir y sancionar la tortura, así como reparar y rehabilitar a las víctimas.
Las recomendaciones se efectuaron a raíz de los informes presentados por el Gobierno peruano e instituciones civiles sobre la aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes.
En el documento elaborado a fines de noviembre el CAT manifestó su preocupación por "las alegaciones sobre uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, incluyendo armas de fuego, por la Policía y las FF.AA" durante los conflictos sociales.
Otro tema de preocupación fue "el arresto de defensores, abogados representantes de la Defensoría del Pueblo e integrantes de los pueblos indígenas en estas situaciones", señaló en el documento.
Asimismo, afirmó estar preocupado porque "hasta el momento no existan detenciones relacionadas con los incidentes de Bagua, Celendín o Bambamarca", indicó.
Por otra parte, el CAT expresó su preocupación por el frecuente uso de estados de emergencia "durante los cuales las restricciones de derechos humanos podrían incrementar las vulneraciones de la Convención, teniendo en cuenta que el estado de emergencia se emplea en relación con protestas sociales pacíficas", señaló.
Entre las recomendaciones, el CAT pide “Modificar el Código Penal para incluir una definición de tortura que abarque todos los elementos contenidos en el artículo 1º de la Convención contra la Tortura, que establece como finalidad del delito cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación”.
El organismo sugirió también la elaboración de un "registro específico para los casos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes así como de su castigo" y que las fuerzas del orden cuenten con un entrenamiento profesional "que reduzca al mínimo el riesgo de daños de las personas detenidas".
Del mismo modo, recomendó adoptar medidas para “conducir pronta, imparcial y efectivamente todas las denuncias de tortura y malos tratos, así como enjuiciar a los autores y castigarlos con penas adecuadas”.
Igualmente, el CAT sugirió considerar el cierre de los centros penitenciarios de Challapalca y Yanamayo.
Por su parte, la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) saludó las recomendaciones del organismo internacional y afirmó la necesidad de su cumplimiento.
“Consideramos que materializar estas recomendaciones por parte del Estado peruano, tendrán como objetivo afrontar la delicada situación de la tortura en el país, y lograr las acciones pertinentes en materia de prevención y sanción a fin de lograr su erradicación”, señaló COMISEDH en un comunicado.
Gobierno expresó disconformidad
El Gobierno peruano, se mostró disconforme con la recomendación del CAT acerca del cierre de los penales de Yanamayo y Challapalca.
“Conforme se aclaró por la delegación nacional durante la sustentación del Informe en Ginebra, el penal de Yanamayo está a la misma altura y a cinco minutos respecto de la ciudad de Puno. No se trata, por tanto, de un lugar cuya altura afecta la salud de los internos, o inhóspito o de difícil acceso”, señaló una respuesta enviada por el Perú a la comisión.
Asimismo, arguyó que el penal se encuentra en un entorno urbano que facilitaría los medios de transporte adecuados y hospedaje para los familiares de los internos.
Respecto al penal de Challapalca, el Gobierno señaló que se trata de un penal imprescindible de máxima seguridad para presos de alta peligrosidad. Y que su ubicación a 4,500 metros sobre el nivel del mar no lo hace un lugar inhóspito o inhabitable donde no sea posible una permanencia adecuada sin riesgos para la salud.
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