Servindi, 10 de noviembre, 2011.- La comisión multisectorial encargada de elaborar el reglamento de la Ley de Consulta Previa estará conformada por seis organizaciones indígenas nacionales y catorce viceministros.
Así lo señaló ayer 9 de noviembre Iván Lanegra, viceministro de Interculturalidad, ante la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso.
Señaló que se espera que la elaboración del reglamento se cumpla en el plazo establecido para su publicación, el 10 de enero del 2012.
Asimismo, anuncio la creación de un Sistema Nacional de Políticas Públicas para Pueblos indígenas que tendrá que ser aprobado por el Congreso de la República.
Lanegra informó que las organizaciones que participarán en el proceso de elaboración del mencionado reglamento son las del Pacto de Unidad y la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP).
Como se sabe, el Pacto de Unidad está conformado por la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep), la Confederación Campesina del Perú (CCP), y la Confederación Nacional Agraria (CNA).
Además, por la Confederación Nacional de Comunidades Afectadas por la Minería (CONACAMI), y la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP).
Cada una de las seis organizaciones indígenas contará con dos representantes, entre un titular y un suplente, que sumarían un total de 12 representantes indígenas.
En una reunión en el Ministerio de Cultura, el viceministro indicó que el próximo martes 15 de noviembre se presentará la propuesta del reglamento de la Ley de Consulta que ha elaborado su viceministerio.
En el lapso de seis semanas el reglamento será consultado con las organizaciones indígenas quienes a su vez realizarán consultas con sus bases para consensuar el documento.
El viceministro indicó que se apoyará financieramente a las organizaciones para que organicen sus consultas, mas no intervendrá en el desarrollo de las mismas.
Además, el vice ministerio convocará a diferentes instituciones públicas y privadas para recoger las opiniones.
La norma reconoce el derecho de los indígenas a ser consultados de manera previa sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos, identidad cultural, o desarrollo.
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