Servindi, 11 de abril, 2011.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo un llamado a los estados a respetar el “ejercicio de la jurisdicción indígena” porque “constituye una manifestación del derecho a la autonomía de los pueblos indígenas”.
La exhortación se efectuó en un comunicado público donde resumen las conclusiones del 141 período de sesiones de la CIDH, llevado a cabo del 21 de marzo al 1 de abril 2011 en la ciudad de Washington (Ver anexo del Comunicado N° 28/11 del 1-4-2011).
La CIDH destacó la falta de respeto de la aplicación de los sistemas jurídicos indígenas, a pesar de que se trata de un “derecho reconocido en el derecho internacional de los derechos humanos”.
La audiencia temática regional sobre “Jurisdicción indígena y derechos humanos”, tuvo lugar el 25 de marzo y se efectuó a pedido del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS).
Estuvo presidida por Dinah Shelton, a su vez presidenta de la CIDH y relatora encargada de pueblos indígenas.
Fundamento de la jurisdicción indígena
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Denuncian falta de respeto a jurisdicción indígena
La abogada peruana Raquel Yrigoyen Fajardo -miembro fundador del IIDS-, sostuvo que la mayor parte de estados de la región ha ratificado el Convenio 169 y sus constituciones reconocen el derecho de los pueblos a ejercer funciones jurisdiccionales en sus territorios.
Sin embargo, tal reconocimiento constitucional "no se refleja en las leyes ni en las prácticas judiciales, las cuales buscan limitar la jurisdicción indígena a 'casos menores entre indios', como ocurría en era colonial" señaló Yrigoyen.
La abogada denunció algunas acciones que pretenden retornar el modelo colonial como sucede con la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas de Venezuela, la reciente Ley de Deslinde Jurisdiccional de Bolivia y un proyecto de ley en el Perú, que recortan las materias que puede conocer la jurisdicción indígena.
También mencionó la arbitraria criminalización de autoridades indígenas y ronderas cuando éstas administran justicia o cuando toman decisiones autónomas para proteger su integridad.
Esto sucede cuando la jurisdicción indígena pretende resolver casos graves como homicidios, o cuando interviene respecto de terceros que entran en los territorios indígenas y dañan sus bienes jurídicos."En esos casos la jurisdicción ordinaria penaliza a las autoridades indígenas y sustrae los casos de la jurisdicción indígena" señaló Yrigoyen.
Tres casos ilustrativos
El IIDS presentó en la audiencia dos casos de Perú y uno de Venezuela.
Las rondas campesinas del Perú
Magdiel Carrión Pintado, presidente de las rondas campesinas de Ayabaca, Piura, y actual presidente de la Coordinadora Nacional de Comunidades Afectadas por la Minería (CONACAMI) presentó el caso de las rondas campesinas del Perú.
Magdiel indicó que las rondas son denunciadas por los delitos de secuestro, usurpación de funciones y otros, por aplicar “cadena ronderil”, esto es, hacer trabajar de día y rondar de noche a los ladrones o malhechores.
Existen más de 1,000 autoridades ronderas y miembros de comunidades procesados a pesar que las rondas resuelven problemas y administran justicia en todo tipo de materias, como conflictos de familia, alimentos, robo, abigeato, homicidios, contaminación ambiental, entre otras.
El caso de la Comunidad nativa “Tres Islas”
Un segundo caso fue presentado por Juana Payaba Cachique, presidente de la Comunidad nativa “Tres Islas”, ubicada en la provincia de Tambopata, en el departamento de Madre de Dios, en Perú.
Payaba denunció la persecución penal de toda la junta directiva comunal por el presunto delito contra las comunicaciones por ejercer su autoridad y controlar el ingreso de terceros a su territorio.
La comunidad se vio obligada a ejercer dicho control debido a la continua invasión de taladores ilegales y mineros informales, que destruyen su medio ambiente e instalan prostíbulos que perturban su paz y tranquilidad.
La comunidad -con población de las etnias Shipibo y Ese´eja- espera que el Tribunal Constitucional rebate un recurso de hábeas corpus por daño a la libertad de tránsito presentada por los transportistas que trasladan a la población informal al territorio comunal y que ha sido amparado por el poder judicial.
El caso de los caciques Yukpa de Venezuela
Un tercer caso fue presentado por Ricardo Colmenares, juez jubilado y profesor de la Universidad del Zulia, y por el antropólogo Lusbi Portillo, Coordinador de la asociación Homo et Natura , Lusbi Portillo.
El caso se refiere a un conflicto entre indígenas que deriva en homicidio y lesiones. A pesar que los hechos tuvieron lugar en territorio indígena y que tanto agraviados como denunciados han solicitado que el caso sea visto por la jurisdicción indígena, la jurisdicción ordinaria ha sustraído el caso de la jurisdicción indígena.
Entre otras irregularidades, los indígenas acusados sufrieron más de 10 meses de reclusión en un cuartel militar, sometidos, ellos y sus familiares, a todo tipo de maltratos y vejámenes.
La defensa ha reclamado la aplicación de la jurisdicción indígena, cuestionado tanto en la vía ordinaria como en la constitucional la competencia de la jurisdicción ordinaria, sin éxito a la fecha, y con peligro de la condena de los caciques Yukpa por la justicia ordinaria.
Peticiones
La abogada peruana Zulma Villa Vílchez, también miembro del IIDS, pidió a la CIDH realizar un informe sobre el tema de la jurisdicción indígena, que incluya visitas a los países de la región.
Asimismo, que recomiende a los estados el respeto de la jurisdicción indígena y el cese de la persecución de autoridades indígenas por ejercer su autoridad y funciones jurisdiccionales.
Por un error de conducción la presidenta de la CIDH, culminó la audiencia unos 15 minutos antes. Pero, al darse cuenta, pidió disculpas a los peticionarios y, reinició la audiencia posteriormente.
Esa situación explica el por qué la parte final de la audiencia no aparece en el video, aunque sí en el audio. En esta el profesor Lusbi Portillo explicó los detalles de la violación de los derechos de los caciques Yukpa en la prisión militar y la presidenta efectuó preguntas aclaratorias.
Acceda a los materiales de la audiencia:
(Ruta: buscar por “participantes”: Instituto Internacional de Derecho y Sociedad-IIDS, "Jurisdicción indígena y derechos humanos")
- Video: http://www.oas.org/OASPage/videosasf/2011/03/CIDH_032511_RubenDario_JurisdiccionIndigenayDDHH.wmv.
- Audio: http://www.cidh.org/audiencias/141/5.mp3
- Comunicado de prensa: http://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2011/28-11sp.htm
- Anexo al comunicado de prensa N°28/11: http://www.cidh.org/Comunicados/Spanish/2011/28A-11sp.htm
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