Fotos: FUNAI / Survival
Servindi, 28 de marzo, 2011.- Ante la grave problemática que afecta a los pueblos indígenas en aislamiento, el Comité Indígena Internacional para la Protección de los Pueblos en Aislamiento y Contacto Inicial de la Amazonía, el Gran Chaco y la Región Oriental de Paraguay (CIPIACI) propuso establecer un mecanismo de prevención y monitoreo regional de la situación de los derechos de esta población.
Planteó además, agilizar el otorgamiento de medidas cautelares solicitadas con fines de protección; y promover medidas concretas a nivel de los estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a fin de garantizar los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento.
Estas fueron algunas de las medidas expuestas por Jaime Corisepa, Coordinador General del CIPIACI, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en una audiencia pública realizada el pasado viernes, en el marco del 141° periodo de sesiones de esta entidad.
Jaime Corisepa, también preside la Federación Nativa del Río Madre de Dios y afluentes (FENAMAD)
El líder indígena resaltó también la necesidad de efectuar acciones concretas para frenar los procesos de genocidio que están sufriendo estos pueblos a través de los contactos forzados, invasión territorial y asesinatos.
Agregó, que desde la CIDH se debe promover la aplicación de políticas transfronterizas para la protección de los pueblos en aislamiento que habitan esas zonas. E instó a los estados a que paralicen inmediatamente las acciones que afectan de forma directa o indirecta la integridad territorial de los pueblos en aislamiento.
Asimismo, recomendó elaborar un informe especial sobre la problemática y situación de los derechos fundamentales de los pueblos en aislamiento y contacto inicial, en el que se incluyan recomendaciones a los gobiernos para frenar las agresiones que vienen sufriendo.
“Dentro del estudio, sería importante que la comisión realice una interpretación de cómo aplicar los derechos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en la situación específica de los que están en aislamiento”.
Corisepa manifestó que es necesario informar y sensibilizar a los estados miembros de la OEA respecto a la vulnerabilidad y los derechos humanos de estas comunidades. Y sugirió a la CIDH, entre otros aspectos, visitar los países con presencia de indígenas en aislamiento para conocer la problemática en situ.
Por su parte, la CIDH señaló que estudiará introducir un artículo específico sobre los pueblos indígenas en aislamiento voluntario en la futura declaración de los derechos de los pueblos indígenas, que se encuentra en fase de redacción.
Los derechos más vulnerados
La intensa explotación de los recursos naturales de la amazonía y la consecuente deforestación, la ejecución de megaproyectos, y la concesión de los territorios generan una situación de violación sistémica de los derechos humanos de la población indígena en aislamiento.
Mikel Berraondo
Mikel Berraondo, abogado asesor del CIPIACI, explica que los principales problemas que afectan a estas comunidades –y que se replican en Ecuador, Perú, Brasil, Colombia, Bolivia y Paraguay– se refieren a la vulneración de los derechos a la vida, salud, territorios y acceso a la justicia.
“Los pueblos indígenas en aislamiento están sufriendo una situación de exterminio paulatino, que conlleva a su desaparición física y cultural. En todos los países de la región amazónica y el gran chaco paraguayo hay una violencia sistemática a estos grupos, se les hostiga y persigue para que abandonen sus tierras. Se está produciendo procesos de genocidio”.
Añade que estos pueblos también se ven amenazados por epidemias de gripe, diarrea, hepatitis y otras enfermedades a causa de contactos forzados con madereros ilegales, misioneros y otros invasores de los territorios donde viven.
“Los estados deberían garantizar los derechos territoriales de estos pueblos, aplicando el artículo 21 de la comisión y toda la jurisprudencia, pero ninguno lo hace incluso cuando existen reservas y parque delimitados. Si no se garantiza este derecho, no se puede hablar de protección y supervivencia”.
Otro problema existente es la garantía de la tutela judicial efectiva y la situación de impunidad. En ningún país se realizan investigaciones judiciales sobre agresiones cometidas contra los pueblos en aislamiento. Tampoco se da respuesta a las acciones que distintas organizaciones intentan interponer para hacer valer los derechos de esta población.
Datos importantes:
- Ecuador es el único país que cuenta con una norma que penaliza el contacto forzado entre los pueblos en aislamiento voluntario y otras comunidades, contemplado como etnocidio (2009).
- Con la violación sistemática de los derechos humanos de la población indígenas en aislamiento se vulneran los artículos 1, 4, 5, 8, 11, 24 y 25, entre otros, de la CIDH.
- En Colombia, los Nukab Maku son una de las etnias que sufre la invasión de sus territorios en el marco de la violencia interna en Colombia. Hace diez años, agrupaba a más de 1200 personas y ahora son menos de 400.
- En Brasil, las principales amenazas a las comunidades originarias en aislamiento lo representan la construcción de hidroeléctricas –como la que se localiza en el río Madeira y Xingu– y la invasión de mineros.
- Aunque en el Perú, existen cinco reservas territoriales para pueblos en aislamiento reconocidas por el Estado, no hay ninguna voluntad política para implementar mecanismos de protección para salvaguardar a integridad física de estos pueblos.
- La delimitación de estos territorios se realizó bajo el principio de respeto del derecho de la autodeterminación. Es decir, se recabó información sobre áreas de desplazamiento en centros poblados cercanos sin ingresar a sus territorios, reconociendo el desplazamiento que efectúan los indígenas para abastecerse de alimentos.
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