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México: Presidenta de la COP 16 abogará porque acuerdos reconozcan derechos indígenas

Servindi, 30 de noviembre, 2010.- La canciller mexicana, Patricia Espinosa Cantellano, presidenta de la XVI Conferencia de las Partes (COP 16) de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, declaró hoy que su gobierno continúa comprometido con incluir una referencia específica a los instrumentos internacionales de derechos humanos en el documento sobre Visión Compartida que se está negociando.

Espinosa, expresó su compromiso para que el mismo documento haga una mención específica a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

La importante declaración de la presidente de la Cumbre de Cancún se efectuó en la tarde del día de hoy, durante un diálogo con las organizaciones no gubernamentales (ONG) acreditadas en el conclave mundial.

Delegados indígenas que participan del Foro Internacional Indígena sobre Cambio Climático expresaron su gran satisfacción por este alentador mensaje que corrobora lo que el presidente de México, Felipe Calderón, expuso ayer en su discurso de inauguración.

En esa ocasión el mandatario mexicano señaló que el derecho a un ambiente sano forma parte de los derechos humanos de todas las personas, incluyendo los pueblos indígenas.

Cabe destacar que en la misma ceremonia de apertura Simona Gonzáles, una indígena mexicana, tuvo la oportunidad histórica de dirigirse a todas las delegaciones presentes en la cumbre.

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Propuesta indígena para incluir en el texto de negociación elaborado por el Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a largo plazo en el marco de la Convención:

La propuesta del Foro Internacional Indígena sobre Cambio Climático propone que en el preámbulo del documento se incorpore el siguiente texto:

Comprometidos a desarrollar e implementar todas las decisiones, programas y acciones relativas al cambio climático, de conformidad con las normas y estándares internacionales de derechos humanos, incluyendo la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indigenas.

En el capítulo 1, sección: A. Una visión común de la cooperación a largo plazo, se propone una nueva redacción de 1 bis:

1 bis. Las Partes, en todas sus acciones relacionadas con el cambio climático, deberán velar por que se respeten plenamente los derechos humanos en coherencia con los instrumentos internacionales de rechos humanos, incluidos los derechos inherentes de los Pueblos Indígenas reconocidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI), así como de las mujeres, los niños, los migrantes y todos los sectores vulnerables, y también reconocer y defender los derechos de la Madre Tierra, para asegurar la armonñia entre la humanidad y la naturaleza.

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